El hermano de Antonio Anglés ha sido condenado a 17 años y 9 meses de prisión por secuestrar y torturar a un hombre. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia notificó el fallo este miércoles 23 de septiembre, que declara probados unos hechos ocurridos el 29 de noviembre de 2021. Junto a Mauricio Anglés han sido condenados otros cinco hombres con penas similares. La resolución no es firme.
Mauricio Anglés es uno de los hermanos de Antonio Anglés, principal sospechoso del triple crimen de Alcàsser y en paradero desconocido desde 1993. El ahora condenado cambió de identidad hace años.
Los delitos que declara probados la sentencia
El tribunal impone a Mauricio Anglés 17 años y 9 meses de prisión por cinco delitos cometidos en noviembre de 2021:
- Detención ilegal (privar a una persona de su libertad sin amparo legal).
- Lesiones.
- Amenazas.
- Robo con violencia.
- Un delito de daños.
Otros cinco hombres han sido condenados por los mismos hechos con penas similares, según la sentencia. La Audiencia sostiene que las pruebas practicadas en el juicio han sido ‘plurales, objetivas e idóneas’ para desvirtuar el principio de presunción de inocencia (el derecho a no ser considerado culpable sin una sentencia firme).
El acusado negó los hechos y defendió que la tarde del suceso estuvo en una bolera y, después, en una discoteca. El juicio quedó visto para sentencia (pendiente solo de que el tribunal dictara resolución) el pasado mes de julio.
La Audiencia da por acreditado que los condenados se concertaron para capturar a la víctima y exigirle 200.000 euros.
Cómo se produjo el secuestro, según la sentencia
Según recoge el fallo, los condenados se pusieron de acuerdo con terceras personas no identificadas en esta causa para capturar a la víctima y exigirle dinero. Durante los días previos al 29 de noviembre de 2021 hicieron seguimientos al hombre y prepararon dos furgonetas. En la tarde de esa jornada le esperaron en el Camí Canyada de Roquet, junto a los vehículos.
Cuando pasó por la zona, le cortaron el paso: una furgoneta se colocó delante y otra detrás. Bajaron entre cinco y seis personas con ropas oscuras, pasamontañas y guantes y le apuntaron con dos armas de fuego que no han sido intervenidas. Uno de ellos fracturó el cristal de la ventanilla del conductor y le obligaron a salir a la fuerza. Ya en la calle, le golpearon por todo el cuerpo.
Después le subieron a una de las furgonetas y le esposaron. Le trasladaron a una nave en Catarroja, identificada en la causa como ‘cuadra’. Sin sacarlo del vehículo, engrilletado y herido, le arrancaron la ropa y todas sus pertenencias y lo dejaron desnudo. Así permaneció varias horas, golpeado de forma continua, mientras le exigían 200.000 euros como condición para liberarle.
La sentencia describe latigazos con cadenas, cortes con unas tenazas en un dedo de la mano y en una oreja, y una navaja clavada en uno de los muslos. También que fue quemado con brasas y que los condenados arrojaron un líquido sobre su cuerpo para comprobar si reaccionaba. La víctima llegó a quedar en estado de semiinconsciencia.
Los asaltantes le amenazaron con secuestrar a su hijo y causar daños a su mujer. Ante su negativa a pagar, dos de los condenados fueron rebajando la cantidad exigida. Finalmente le liberaron en Paiporta, cerca de las 22:00 horas.
Las pruebas en las que se apoya el tribunal
El fallo se apoya en los datos extraídos de los dispositivos de telefonía móvil, las grabaciones de cámaras de seguridad, y los registros de la DGT, que condujeron a la identificación de los teléfonos atribuidos a los condenados. El tribunal da peso también a la geolocalización de una de las furgonetas empleadas en los seguimientos.
La Audiencia califica de ‘curioso’ que los condenados se conocieran entre sí y estuvieran vinculados a los vehículos utilizados. Añade que varios tuvieron relación con una cuadra que reúne las características de la empleada en los hechos por su ubicación y sus accesos, y subraya que ninguno justificó su actividad previa al secuestro.
Una sentencia no firme y recurrible
La resolución no es firme. Contra ella cabe recurso de apelación, el mecanismo para revisar una resolución que aún no es definitiva, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. La defensa puede impugnar los hechos declarados probados, la calificación jurídica y las penas.
Por el momento, el fallo se sostiene sobre la prueba documental y pericial practicada en el juicio oral (la fase en la que las partes exponen sus conclusiones ante el tribunal). Mientras no adquiera firmeza, la condena no es definitiva.

