El juzgado archiva la causa contra Juana Rivas por sustracción de menores

La magistrada acuerda el sobreseimiento provisional al no apreciar el incumplimiento grave que exige el Código Penal. La Fiscalía respaldó el archivo de las diligencias abiertas tras la denuncia de su exmarido en marzo de 2025.

El juzgado de Granada que investigaba a Juana Rivas ha archivado la causa por sustracción de menores, según el auto judicial notificado esta semana.

La resolución, dictada por la magistrada Susana Álvarez Civantos, de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia número 4 de Granada, pone fin en esta fase a la investigación abierta tras la denuncia que presentó su exmarido, Francesco Arcuri. El auto, fechado el pasado jueves, acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, una decisión que la Fiscalía ya había reclamado.

De acuerdo con la denuncia, Rivas no había devuelto al menor a Italia pese a la resolución civil que lo ordenaba.

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Por qué el juzgado archiva la causa por sustracción de menores

El texto del auto sostiene que la actuación de Juana Rivas se desarrolló a través de los cauces legales y judiciales disponibles. Recurrió las decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo y solicitó por vía judicial la suspensión de la entrega. El tribunal no aprecia en esa conducta relevancia penal.

La resolución considera relevante que, en el momento de presentarse la denuncia, la situación se circunscribía al incumplimiento de una resolución civil italiana que estaba siendo recurrida. El juzgado concluye que ese escenario no alcanza por sí solo la gravedad necesaria para integrar el delito de sustracción de menores del artículo 225 bis del Código Penal, que exige un incumplimiento grave de la resolución judicial y una actuación dolosa, es decir, intencionada.

El juzgado concluye que no existió el incumplimiento grave que exige el Código Penal y que la entrega del menor se cumplió al ser requerida.

Cuando el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada acordó la entrega del menor para su regreso a Italia, Rivas cumplió la resolución judicial, una vez requerida, y sin incumplimientos posteriores. Así lo recoge el propio auto, que descarta incumplimientos reiterados.

La defensa de Rivas, el despacho Aránguez Abogados, apoya el archivo en tres elementos que la resolución da por acreditados:

  • Que Rivas recurrió por vía judicial las decisiones que consideraba contrarias al interés de su hijo.
  • Que solicitó la suspensión de la entrega mientras se resolvían esos recursos.
  • Que cumplió la entrega cuando existió un requerimiento efectivo.

La denuncia de Arcuri y la coincidencia con la Fiscalía

Todo arrancó con la denuncia que Francesco Arcuri presentó en marzo de 2025, después de que el hijo menor de ambos no regresara a su domicilio en Italia tras pasar las vacaciones navideñas en España. El padre tiene la custodia del menor en el país transalpino.

La Fiscalía pidió el archivo al considerar que las diligencias practicadas no aportaban elementos suficientes para formular una acusación. El juzgado ha coincidido con ese criterio. La causa queda suspendida.

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En qué fase procesal queda la causa

El sobreseimiento provisional (la resolución que suspende la causa sin declarar la culpabilidad y permite reabrirla si aparecen nuevos indicios) no cierra el asunto de forma definitiva. La causa puede reactivarse si surgen elementos nuevos, según el régimen que recoge el portal del Poder Judicial.

No hay acusación penal en España.

El equipo jurídico de Rivas sostiene que la resolución confirma que su clienta ‘no actuó al margen de la Justicia, sino utilizando los instrumentos legales y procesales disponibles’. Aránguez Abogados valora ‘muy positivamente’ una decisión que, tras una extensa investigación judicial, hace que se vaya ‘demostrando la verdad’, según el comunicado del despacho.

Los letrados recuerdan además que Francesco Arcuri sigue siendo juzgado en Italia por un presunto delito de maltrato, físico y psíquico, a sus hijos. Ese procedimiento continúa abierto.