El BOE publica este miércoles los decretos de vivienda que gravan con un 10% de IVA los pisos turísticos y congelan los alquileres hasta 2028. El texto, aprobado el martes por el Consejo de Ministros (el órgano colegiado del Gobierno que aprueba decretos y proyectos de ley), llega al Congreso el viernes para su convalidación.
El IVA del 10% a los pisos turísticos: desde cuándo se aplica y qué excepciones tiene
La norma publicada este miércoles somete por primera vez los alquileres vacacionales al tipo reducido del IVA. Las estancias inferiores a 30 días tributarán al 10% a partir del 1 de diciembre de 2026, según el texto que el Ejecutivo aprobó en su reunión del martes.
El tipo finalmente elegido queda por debajo del 21% que el Gobierno se había fijado como objetivo. El Ejecutivo rebajó su pretensión inicial para acercar posiciones con el resto de los grupos parlamentarios antes de la votación de convalidación. Puedes consultar el texto completo en el Boletín Oficial del Estado.
El 10% no se aplica en tres supuestos recogidos en la norma:
- Cuando el arrendador presta servicios complementarios propios de la hostelería, como restaurante o limpieza.
- Cuando la estancia del inquilino supera el mes.
- Cuando la vivienda arrendada es la residencia habitual del propietario.
La patronal Hosteltur cifraba en cerca de 2.100 millones de euros la facturación de las plataformas de alquiler turístico como Airbnb o Booking en 2022, según los datos de la propia patronal citados en la información publicada este miércoles. Esa base es la que el Ejecutivo espera aflorar con el nuevo tipo del impuesto.
La letra pequeña del decreto: socimis, vivienda protegida y recargo del IBI
El paquete fiscal va más allá del alquiler turístico. Las socimis pasan a tributar al 25% sobre sus beneficios, frente al régimen anterior. Ese tipo se puede reducir entre un 50% y un 100% si la sociedad destina parte de su cartera al alquiler asequible. En paralelo, el decreto rebaja al 4% el IVA de la construcción de vivienda protegida.
Los ayuntamientos con suelo en zonas de mercado residencial tensionado podrán aplicar un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (el IBI, el tributo municipal que grava la titularidad de inmuebles). El recargo llega hasta el 150% de la cuota líquida en el caso de los grandes tenedores: hasta el 100% si el propietario tiene dos o tres inmuebles residenciales y hasta el 150% a partir de cuatro. Su establecimiento corresponde a cada consistorio mediante ordenanza fiscal.
El recargo del IBI no es automático: depende de que cada ayuntamiento lo apruebe por ordenanza y de que el municipio esté declarado zona tensionada.
El Congreso convalida los decretos el viernes: los precedentes y el calendario
El Congreso vota la convalidación de los decretos el viernes 2 de octubre. La convalidación (el trámite por el que la Cámara ratifica o deroga un real decreto-ley, una norma con rango de ley que el Gobierno aprueba por urgencia) tiene un plazo máximo de 30 días desde su publicación. Si el texto sale adelante, la norma se mantiene; si decae, cae con él todo el paquete fiscal.
No es el primer intento del Gobierno de intervenir en este mercado. El Supremo ya tumbó un registro único de alquileres turísticos por invadir competencias autonómicas, después de un recurso de la Generalitat valenciana. La competencia sobre vivienda y turismo sigue repartida entre entre comunidades autónomas y ayuntamientos.
Barcelona ha anunciado que no concederá más licencias de alquiler turístico y que las actuales expirarán en 2028. Madrid ha empezado a intervenir con medidas más limitadas. El decreto da ahora a los consistorios una herramienta fiscal que antes no tenían.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? El BOE publica los decretos de vivienda con el IVA del 10% a los pisos turísticos, según el texto gubernamental.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? El Gobierno, los grupos parlamentarios que deben convalidarlo, los ayuntamientos y las socimis.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El Congreso vota la convalidación el viernes 2 de octubre; el IVA se aplica desde el 1 de diciembre de 2026.

