Ingreso mínimo vital ¿Cuánto voy a cobrar y cómo accedo al dinero?

El gobierno ha aprobado este viernes en Consejo de Ministros el ingreso mínimo vital, una prestación vital que llegará a los hogares en riesgo de pobreza a partir del próximo mes de junio. Se trata de una ayuda para todos aquellos que acrediten una situación de vulnerabilidad, y sus ingresos totales sean inferiores a la renta garantizada que les corresponde. Analizamos a continuación en detalle las particularidades de esta medida que tiene tantos defensores como detractores.

¿Cómo pedirlo?

pobreza Moncloa

El ingreso mínimo vital se podrá pedir a partir del 15 de junio a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, aunque se concederá con efectos retroactivos a 1 de junio para los que soliciten la prestación en los tres primeros meses. Es más, durante el primer mes de vigencia, se actuará de oficio así que más de 100.000 hogares podrán percibirla sin solicitarla durante junio y julio. El resto se cree que empezarán a percibirla a partir del 1 de agosto. La solicitud de ayuda será multicanal, así que además de la vía telemática también se podrá enviar la documentación por correo ordinario o a través de las entidades locales – como los Ayuntamientos o Centros de Atención de la Seguridad Social – También está previsto el funcionamiento de un teléfono 900 para consultar todas las dudas pertinentes.