El Papa reforma la ley de contratos para evitar delitos y corrupciĆ³n

El Papa ha decidido reformar la Ley de las contrataciones pĆŗblicas de la Santa Sede para asegurar mĆ”s transparencia en las operaciones y evitar asĆ­ posibles sobrecostes o delitos de desvĆ­o de fondos o corrupciĆ³n. Lo ha hecho a travĆ©s de un Motu Proprio que entrarĆ” en vigor el 30 de junio, una vez haya sido publicado en L’Osservatore Romano.

Ā«El principio que inspira el nuevo texto es la diligencia del buen padre de familia, que quiere una gestiĆ³n eficaz y Ć©tica de sus recursos, que al mismo tiempo promueva la transparencia, el control y las relaciones de justa competencia entre quienes desean establecer una relaciĆ³n econĆ³mica con las entidades involucradasĀ», seƱala el Vaticano.

La nueva legislaciĆ³n se enmarca a su vez en las reformas emprendidas por el Papa para poner orden en las cuentas de la Santa Sede, despuĆ©s del escĆ”ndalo financiero que supuso la compra de un inmueble de lujo en Londres por valor de 200 millones de dĆ³lares con fondos procedentes del Ɠbolo de San Pedro, el organismo que recauda donaciones de los feligreses.

En la rueda de prensa ante periodistas durante el vuelo de regreso de JapĆ³n, el Papa seƱalĆ³ que estaba de acuerdo con realizar inversiones con el dinero Ɠbolo de San Pedro -las donaciones que se recogen-. Ā«La buena administraciĆ³n no es recibir el Ɠbolo y ponerlo en el cajĆ³n. Hay que buscar una inversiĆ³n, asĆ­, cuando se necesita dar, se daĀ», dijo al respecto. Si bien, reconociĆ³ que la operaciĆ³n fue Ā«un escĆ”ndaloĀ», valorĆ³ que la denuncia haya llegado desde dentro del Vaticano.

De hecho fue la propia fiscalĆ­a del Vaticano la que puso en marcha la investigaciĆ³n de la compra del edificio de lujo tras los indicios de malversaciĆ³n, fraude, abuso de funciĆ³n y lavado de dinero.

En este sentido, en el artĆ­culo 71 de las nuevas disposiciones para las contrataciones pĆŗblicas de la Santa Sede se incide en que se deberĆ” hacer una pericia tĆ©cnica por parte del la AdministraciĆ³n del Patrimonio de la Sede ApostĆ³lica (APSA) cada vez que tenga lugar una operaciĆ³n de compra con el objetivo de identificar su valor real y que no haya sobrecostes.

En cuanto a la vigilancia y el control de la gestiĆ³n de los recursos econĆ³micos de la Santa Sede, en el artĆ­culo 79 del Motu Proprio se estipula la forma de prevenciĆ³n contra delitos de corrupciĆ³n a travĆ©s de la figura del revisor general, que ejercerĆ” un control exhaustivo tanto en los procedimientos de compra y como en el resto de prĆ”cticas empresariales, garantizando que se cumplan los estĆ”ndares internacionales de transparencia.

De este modo, la nueva regulaciĆ³n obliga al revisor general a presentar una denuncia ante la FiscalĆ­a del Vaticano en el caso de que en los distintos anĆ”lisis de vigilancia emergieran Ā«sospechas de los fondos, los bienes, las actividades, iniciativas o transacciones econĆ³micas estĆ©n conectadas o sean reconducibles a actividades de blanqueo de capitales o de financiaciĆ³n del terrorismoĀ».

En el artĆ­culo 75 se desgranan las medidas que toma el Vaticano para luchar contra Ā«el fraude, el clientelismo y la corrupciĆ³n, asĆ­ como las normas para la prevenciĆ³n y, en su caso, la identificaciĆ³n de conflictos de interĆ©sĀ» que puedan Ā«distorsionarĀ» las condiciones de competencia para asĆ­ Ā«garantizar la transparencia y la paridad de tratamientoĀ».

Para evitar los sobrecostes irregulares respecto al presupuesto inicial de adjudicaciĆ³n, que a veces son maquillados con la simple modificaciĆ³n del contrato de obra, el Papa ha dispuesto que cualquier variante respecto a lo acordado debe ser autorizado de forma conjunta por el APSA y la oficina de GobernaciĆ³n del Vaticano.

DURACIƓN DE CONTRATOS RESTRINGIDA

En cuanto a la duraciĆ³n de los contratos, el Papa ha dispuesto que no pueden ser estipulados por un plazo superior a tres aƱos o cinco aƱos en cuyo caso deberĆ” ser autorizado por la SecretarĆ­a de EconomĆ­a. La renovaciĆ³n de los contratos tendrĆ” lugar a partir de un concurso pĆŗblico, segĆŗn dispone el artĆ­culo 64. Por su parte, tambiĆ©n las concesiones de mĆ”s de 5 aƱos deberĆ”n pasar por la SecretarĆ­a EconĆ³mica.Para intervenciones de urgencia, que no puedan subordinarse al periodo ordinario de control, sĆ³lo podrĆ” ser erogada la suma total del 100.000 euros.

En el artĆ­culo 50 se regula la composiciĆ³n de la comisiĆ³n adjudicataria que se encargarĆ” de otorgar el contrato a la empresa externa con mejores condiciones tĆ©cnicas y econĆ³micas. AsĆ­, se establece que estarĆ” conformada de normal por tres tĆ©cnicos o cinco si son contratos de mĆ”s de 300.000 euros. En los artĆ­culos 48 y 49 se explican las bases para la presentaciĆ³n de ofertas asĆ­ como los criterios de selecciĆ³n.

El PontĆ­fice tambiĆ©n ha resuelto la creaciĆ³n de una plataforma informĆ”tica transparente para controlar y gestionar las contrataciones pĆŗblicas, asĆ­ como las razones por las que un intermediario econĆ³mico puede ser excluido de la operaciĆ³n, como por ejemplo, si tiene la sede en paraĆ­sos fiscales o ha incurrido en Ā«graves violaciones en materia ambientalĀ» tal y como establece el protocolo Laudato Si para una economĆ­a integral dispuesta por el Dicasterio para el Desarrollo Humano e Integral.