jueves, 12 diciembre 2024

Caso IVAM: Ciscar defiende que no hay pruebas en su contra

La exdirectora del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) Consuelo Ciscar ha recurrido ante la Audiencia de Valencia su procesamiento en la causa en la que se han investigado presuntas irregularidades en la etapa en la que dirigió el centro cultural, al alegar que no existen pruebas y que todas las conclusiones de la instructora «solo son elucubraciones, juicios de valor y sospechas que parten de una denuncia anónima; un informe de la Intervención General de índole administrativo que tan solo recoge meras irregularidades administrativas, informes e información hilvanada por la UDEF con un evidente sesgo acusatorio».

Así consta en el escrito de apelación contra el auto de procesamiento del Juzgado de Instrucción número 21, en la pieza principal del caso IVAM en la que, junto a Ciscar, también se ha encausado a su hijo, el artista ‘Rablaci’; a un empresario y a tres exdirectivos o empleados del IVAM: el ex director económico administrativo, Juan Carlos Lledó; el ex director de Publicaciones y Acción Exterior, Norberto Martínez; y una funcionaria.

Según el escrito, la defensa de Ciscar argumenta que los testigos, en su mayoría trabajadores del IVAM, no han podido concretar conductas de contenido penal sino «solo conjeturas y sospechas» al tiempo que considera que el auto de procesamiento de la jueza «está repleto de los prejuicios que han ido rodeando el caso durante cinco años de instrucción», que han sometido a los investigados «al escarnio público».

«No se ha obtenido la más mínima corroboración de los ilícitos penales que se recogen en el auto», mantiene la defensa de Ciscar, que considera que se ha hecho una «investigación prospectiva», que no está permitida por ley. Asimismo, se cuestiona y pide una explicación de por qué se ha sobreseído la causa contra cinco investigados que presuntamente formaban parte de la organización criminal para la promoción artística del hijo de Ciscar, Rablaci, cuando la magistrada entiende que fueron las «ejecutoras» de las directrices de Consuelo Ciscar.

La defensa admite que en el informe de la Intervención de la Generalitat que se recogen diversas irregularidades administrativas, aunque nunca hubo advertencias de ilegalidad. Y añade al respecto que para que exista la prevaricación administrativa, la conducta «ha de ser dolosa, no errónea».

NINGUNA ORDEN

Así, defiende que lo largo del procedimiento «nunca ha aparecido una orden, propuesta, sugerencia, verbal o escrita, directa o indirecta» de Ciscar a ningún empleado del IVAM proponiendo algo irregular ni «ningún correo electrónico, conversación telefónica, o escrito en este sentido». En esta línea, subraya que las normas de contratación en el museo, aún vigentes, exculpan de cualquier responsabilidad a la gerente, al igual que el ‘Circuito de gestión de propuestas de gasto’, que la exime de cualquier responsabilidad contable y económica.

De hecho, señala que la gerente «solo actúa en último lugar para la firma de la aprobación del gasto, comprobado anteriormente por un circuito de al menos, 10 personas», que no han declarado haber recibido órdenes en ese sentido.

«A mi representada se le ha endemoniado por una, en su caso, supuesta errónea gestión administrativa, que ha culminado con su procesamiento, en base a la ausencia de documentación (facturas por el pago de los transportes a título particular) para probar su inocencia. Es decir, se nos ha exigido la proscrita ‘prueba diabólica’ y bajo dicha ausencia de documentación se infieren esos supuestos indicios incriminatorios», argumenta la defensa.

EXPANSIÓN INTERNACIONAL

El letrado reconoce que eran fines de la institución la de la expansión del arte moderno y que se podía realizar una política expositiva internacional «previa aprobación del Consejo Rector», por lo que, por «mucho margen de actuación» que pudiera tener, como la de la adquisición de obras de arte y la aprobación del gasto solicitado por los técnicos del IVAM, para todo lo demás «necesitaba de la autorización del órgano de Gobierno que era el Consejo Rector.

En este sentido, asegura que la expansión internacional y la asunción de los costes derivados «fue una decisión estratégica para promocionar el IVAM», y que pasó el filtro del Consejo Rector, sin que desde la Intervención de la Generalitat, las Auditorías o los informes de la Sindicatura de Cuentas «se hiciera el más mínimo reproche».

Por tanto, señala, «alegar que se favoreció a estos artistas a cambio de favores para Rablaci, resulta de nuevo absurdo», al igual que sostener que tenía «comprado» al Consejo Rector, formado por «profesionales de reconocido prestigio», no elegidos por ella.

TFM DE RABLACI

La defensa también defiende el trabajo en el IVAM de Norberto Martínez como autónomo, y cuya tarea asegura que está justificada, aunque admite que pudo haber «un procedimiento erróneo de contratación de índole administrativo» –cuando fue contratado al no haber otro profesional con su perfil– y reconoce la realización de textos o correcciones para el TFM de Rablaci aunque «como favor personal» a Ciscar y sin relación con los servicios independientes que prestaba para el IVAM.

Asimismo, niega la existencia de organización paralela en el IVAM para promocionar la carrera artística de Rablaci y niega compras en galerías a cambio de que a futuro pudiera exponer en ellas su hijo. Como ejemplo, la defensa señala, en relación a una de estas galerías, que «resulta un tanto kafkiano tal planteamiento» e «insultante» incluso para la reputación de los galeristas.

En esta línea, defiende que pagó los transportes de las obras de su hijo, y que las exposiciones de Rablaci y las del IVAM, ni viajaron juntas ni se hicieron coincidir en el tiempo para que así Logística o el IVAM asumieran el gasto».

‘RABLACI’ Y SU «INEXPERIENCIA»

Por otro lado, ‘Rablaci’ también ha pedido a la jueza el archivo del procedimiento, solicitud a la que se ha adherido la Fiscalía Anticorrupción al considerar que no existen indicios de criminalidad contra él.

El ministerio público recalca en su escrito, que no se han obtenido indicios suficientes para considerar que ‘Rablaci’ participase, directa o indirectamente, en la organización de su carrera artística, «gestión que delegó en su madre, una profesional experta y conocedora del mundo del artemoderno, de la que dependía económicamente, atendida su corta edad y su inexperiencia».

La fiscal prosigue: «Las diligencias revelan que fue Ciscar la que encargó a distintas personas vinculadas con el IVAM la organización de las exposiciones de su hijo; la que solicitó la prestación de los servicios de viajes, transporte, seguros y montaje y desmontaje de las exposiciones; la que, aprovechando sus contactos con museos y galerías de otros países, consiguió que sus directores aceptasen organizar las muestras de su hijo».

Así, la fiscal estima que la única persona que mantiene contacto directo con ‘Rablaci’ es su madre, que en ninguno de los correos le explica ni quién, ni cómo se llevan a cabo las gestiones para que sus exposiciones se inaugurasen con éxito. «Simplemente se limitaba a darle instrucciones sobre lo que tenía que hacer como artista en las exposiciones que se iban proyectando», agrega. Por ello también reclama su sobreseimiento.

Paralelamente a esta pieza, existe en este procedimiento otra investigación por un presunto fraude millonario con la adquisición de reproducciones de obras del escultor fallecido Gerardo Rueda. Por estos hechos, que esperan fecha de juicio, fueron procesados a finales del pasado año Consuelo Ciscar –para quien Fiscalía pide seis años de prisión–, Lledí y el hijo y heredero del artista, José Luis Rueda.