El partido político Vox ha presentado una querella contra el expresidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero ante el Tribunal Central de Instancia, Sección Instrucción, por posibles delitos contra la Hacienda Pública y de Contrabando. Esta decisión se ha tomado tras conocerse el informe preliminar de tasación que cifra en más de 1,3 millones de uros el valor de las joyas incautadas.
La querella señala que no existe justificación alguna, documental o fiscal, de la adquisición e importación de las piezas encontradas en el registro de las oficinas de Zapatero.
Esto hace que haya indicios de delitos contra la Hacienda Pública, al no haber documentación que demuestre que el expresidente cumpliera las obligaciones tributarias para unas joyas con un valor mínimo superior a 1.3 millones de euros.
De la misma manera, podría haber incurrido en un delito de contrabando, que quedaría constatado en el informe del Instituto Gemológico de España, que establece el origen de muchas de las piezas fuera de nuestras fronteras, sin que exista ninguna documentación aduanera.
Los querellantes especifican que se hace «sin perjuicio de ulterior calificación y de dirigir la acción penal contra los que resulten responsables en la medida de competencia y/o participación en los hechos conforme quede acreditado de la instrucción que se lleve a cabo, y en atención al presente escrito, se acuerde la práctica de las diligencias necesarias para el esclarecimiento y prueba de los hechos que más adelante se relacionarán circunstanciadamente».
El escrito recoge que «en el seno de las Diligencias Previas Proc. Abreviado n.º 77/2024-S, seguidas ante la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia al que tengo el honor de dirigirme, se investiga, entre otros, a D. José Luis Rodríguez Zapatero por diversos ilícitos penales relacionados con tráfico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal».
En el curso de dichas actuaciones, la Plaza n.º 2 «dicta auto de 12.06.2026, por el que acuerda la formación de una pieza separada de investigación en relación con las joyas intervenidas en la oficina de D. José Luis Rodríguez Zapatero, al apreciar indicios de delitos autónomos de los que son objeto la causa principal».
Y añaden que la diligencia de entrada y registro en las oficinas de Zapatero «se intervinieron numerosas piezas de joyería y relojería de alto valor que fueron etiquetadas como documentos R02–Doc. 041 a 056, entre otros, constando en el acta y en el auto de 12.06.2026 una relación detallada de collares, pulseras, sortijas, pendientes y relojes, muchos de ellos de oro blanco de 18 quilates, con zafiros, esmeraldas y rubíes de alta calidad, así como relojes de marcas de lujo (Longines, Omega, Pierre Balmain, etc.)».
Presidencia del Gobierno
«Algunas de las piezas figuran en bolsas con la inscripción “Presidencia del Gobierno” y con placas grabadas con el nombre “José Luis R. Z”, lo que conecta la tenencia de dichas joyas con el querellado y permite inferir que forman parte de su patrimonio personal, sin que conste a priori que se trate de bienes inventariados o afectos a patrimonio público o a regalos oficialmente declarados», sostiene la querella.
El valor estimado del mercado tras la tasación de esas joyas, realizada por la empresa Ansorena, arrojó un resultado de 1.323.915 euros, «acreditando que se trata de joyas realizadas en oro blanco o amarillo de 18 quilates, con piedras preciosas (zafiros, esmeraldas, rubíes, diamantes) de alta calidad, con orígenes geográficos específicos (Tailandia, Zambia, etc.) y con precios unitarios que, en numerosos casos, superan individualmente los 50.000, 80.000 o incluso 200.000 euros».
La querella continúa que «en el momento actual, y de acuerdo con el auto de 12.06.2026, el origen de las joyas intervenidas no se encuentra justificado, no habiéndose aportado documentación relativa a su adquisición (facturas de compraventa, albaranes, contratos de donación o herencia, etc.), ni tampoco documentación aduanera respecto de su eventual importación a territorio español o de la Unión Europea».
Además, «la falta de justificación documental sobre la procedencia de las joyas y la ausencia de trazabilidad fiscal constituyen indicios racionales de que no se habrían satisfecho los tributos que gravan la adquisición o la obtención de dichas joyas, pudiendo la AEAT calificar el valor total de las mismas como ganancia patrimonial no justificada en el IRPF del querellado. Considerando el marginal máximo del IRPF, que el propio auto sitúa en torno al 46%, la cuota teórica asociada a una ganancia patrimonial no justificada de 1.323.915 euros superaría con creces el umbral típico de 120.000 euros previsto en el art. 305 CP para el delito contra la Hacienda Pública, incluso con hipótesis conservadoras de cálculo».
Sobre el delito de contrabando dice Vox que «varias de las gemas principales (zafiros, esmeraldas) presentan orígenes geográficos expresamente señalados por el IGE (Tailandia, Zambia, etc.), lo que revela que se trata de bienes procedentes de terceros países cuya introducción en el territorio aduanero de la Unión Europea se halla sometida a control aduanero, aranceles e impuestos indirectos. No consta documentación aduanera, facturas de importación ni justificante alguno de despacho de aduanas relativo a la entrada en España de esas joyas o de las gemas que las componen, pese a que, por su tipo y valor, no pueden considerarse dentro de franquicias de viajeros ni de regímenes simplificados de importación».
Por tanto, «los hechos descritos revelan una más que posible importación clandestina y posterior tenencia en España de joyas de lujo sin acreditar su regularización aduanera y fiscal, lo que encaja, indiciariamente, en un delito de contrabando en concurso aparente con el delito contra la Hacienda Pública».
Por todo ello, desde Vox piden «que tenga por presentado este escrito, con sus copias y documentos que se acompañan, en la pieza separada abierta en el seno de las Diligencias Previas Proc. Abreviado n.º 77/2024-S, que se admita a trámite la presente querella contra D. José Luis Rodríguez Zapatero por los delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando descritos y que se acuerde la práctica de las diligencias de investigación interesadas en el cuerpo de este escrito, así como cuantas otras el Juzgado estime oportunas».
