La repetición de curso sigue reglas distintas según la etapa: la LOMLOE fija los límites y los docentes deciden caso a caso.
Cuántas veces se puede repetir en Primaria, ESO y Bachillerato
En Primaria, la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, publicada en el BOE del 30 de diciembre de 2020) establece en su artículo 20 que la repetición es una medida excepcional. Solo puede adoptarse una vez durante toda la etapa, al finalizar un ciclo, y debe ir acompañada de un plan específico de refuerzo. La decisión corresponde al equipo docente y no puede sustituir a las medidas ordinarias de apoyo.
En la ESO (Educación Secundaria Obligatoria), el artículo 28 de la misma norma fija un margen más amplio. La repetición podrá adoptarse como máximo dos veces a lo largo de la enseñanza básica. Excepcionalmente, el artículo 28.6 de la LOMLOE permite una tercera repetición en la ESO cuando el alumno no haya repetido en cursos anteriores de la etapa. La promoción se decide por el equipo docente de forma colegiada y no depende únicamente del número de materias suspensas.
En Bachillerato, la LOMLOE mantiene una permanencia máxima de cuatro años en régimen ordinario, según el artículo 36.3. Como la etapa tiene dos cursos, ese límite deja un máximo de dos repeticiones posibles. El Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, establece que para promocionar de primero a segundo se podrán tener como máximo dos materias suspensas. En la práctica, un alumno puede repetir primero o segundo, o ambos, siempre que no supere los cuatro años de permanencia.
Cómo afecta la repetición a la titulación y a las familias
La repetición influye en la titulación. En la ESO, la LOMLOE vincula el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a que el equipo docente considere alcanzados los objetivos y las competencias de la etapa. En Bachillerato, la titulación exige evaluación positiva en todas las materias, conforme al Real Decreto 243/2022. Las familias pueden presentar alegaciones ante el centro y recurrir ante la administración educativa.
En Primaria solo cabe una repetición, en la ESO hasta dos veces (con una tercera excepcional) y en Bachillerato la permanencia máxima es de cuatro años.
Las comunidades autónomas no pueden ampliar los límites máximos, porque se trata de normas básicas del sistema educativo. Sí pueden concretar los planes de refuerzo, los criterios de evaluación y los calendarios de promoción. Ese margen explica que la aplicación práctica varíe entre autonomías, aunque el número de repeticiones permitidas sea el mismo en todo el Estado. En todo caso, los centros deben reflejar estas decisiones en los documentos de evaluación.
El Marco Educativo
El marco normativo básico lo forman la LOMLOE, que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y los reales decretos de enseñanzas mínimas: Real Decreto 157/2022 (Primaria), Real Decreto 217/2022 (ESO) y Real Decreto 243/2022 (Bachillerato). Todos fueron publicados en el BOE.
Las partes implicadas son los equipos docentes, que adoptan la decisión; las familias, a las que se debe oír antes de cada repetición; y las administraciones educativas, que fijan currículos y calendarios. La proyección de estas reglas se mantiene en cada evaluación ordinaria de junio y en las convocatorias extraordinarias. La Inspección educativa supervisa que las decisiones respeten los planes de refuerzo y los límites legales de la LOMLOE.
Claves de la Noticia
- Qué importa: La LOMLOE fija los límites de repetición: una vez en Primaria, dos en la enseñanza básica (con una tercera excepcional en ESO) y hasta cuatro años de permanencia en Bachillerato.
- Por qué importa: La repetición condiciona la trayectoria escolar, la titulación y los apoyos educativos; conocer los límites ayuda a las familias a entender las decisiones del centro.
- A quién le importa: A las familias con hijos en Primaria, ESO o Bachillerato, a los docentes que deciden la promoción y a los equipos directivos que aplican los planes de refuerzo.

