El Tribunal de Instancia de Montoro ha recibido el informe pericial sobre el accidente ferroviario de Adamuz, con 46 fallecidos y más de 120 heridos. El dictamen señala que un desnivel de 6,4 milímetros detectado en octubre de 2025 pudo contribuir a la rotura del carril por fatiga en una soldadura aluminotérmica. La instructora mantiene abierta la causa como instrucción penal, sin causa única identificada por ahora.
Los tres peritos judiciales que investigan el siniestro, ocurrido el 18 de enero de 2026, han remitido sus conclusiones a la titular del Tribunal de Instancia de Montoro. El informe detalla la mecánica del fallo y reclama nuevas diligencias sobre los registradores de datos y el estado de los vagones que la operadora Iryo pretende trasladar.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha resuelto el tribunal? La instructora del Tribunal de Instancia de Montoro ha recibido el informe pericial sobre el accidente ferroviario de Adamuz, sin fijar aún una causa única.
- ¿Qué base jurídica aplica? Instrucción penal conforme al artículo 456 LECrim; valoración de prueba pericial y garantía de cadena de custodia.
- ¿Qué impacto tiene? El dictamen orienta las próximas diligencias sobre registradores de datos y conservación de los vagones de Iryo.
Antecedentes procesales y alcance del dictamen pericial
La causa se sigue en el Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba) como diligencias previas por el descarrilamiento de un tren de Iryo. La instructora ordenó la práctica de una prueba pericial para determinar el origen de la rotura del carril. El encargo se centró en la vía, el material rodante y los sistemas de registro. El informe se apoya en 114 soldaduras declaradas aptas menos de un año antes del accidente.
Los peritos no afirman una causa única. Describen, en cambio, una hipótesis de fatiga: el desnivel localizado en octubre de 2025 actuó como un punto de concentración de esfuerzos. La titular del Tribunal de Instancia de Montoro deberá valorar este dictamen junto con el resto de diligencias que se practiquen. El procedimiento sigue en fase de instrucción penal, sin acusación formal.
El dictamen pericial: desnivel de 6,4 milímetros y fatiga de la soldadura
El defecto detectado consistía en un desnivel de 6,4 milímetros en uno de los carriles. Según el informe, al paso del tren una rueda podía descender ligeramente y hacer que el eje se inclinara. Al recuperar su posición, la rueda opuesta golpeaba con más fuerza el otro carril, en un movimiento comparable al de un balancín. Esa dinámica, repetida, incrementó el desgaste por fatiga en las uniones soldadas. La hipótesis pericial sitúa el origen del fallo en las soldaduras aluminotérmicas.
El informe pericial vincula el desnivel de 6,4 milímetros con la fatiga de las soldaduras, pero no determina una causa única del fallo catastrófico.
Las soldaduras aluminotérmicas funden el metal mediante una reacción química y alteran la estructura interna del acero. Si el carril contrario presentaba un defecto interno no visible —un poro, una unión incompleta o una microgrieta—, las cargas adicionales pudieron hacer crecer la grieta hasta romper la unión. La fiabilidad de la inspección por ultrasonidos ronda el 95% para fisuras de tamaño medio, pero disminuye cuanto menor es la grieta.
El dictamen pide localizar el registrador de datos Deuta y que Renfe detalle cuántos dispositivos había, dónde estaban instalados y qué información recogían. También reclama comprobar los vagones 1 a 5 antes de su traslado a la base de La Sagra, con una inspección visual previa y un plan detallado que acredite que no se alterarán pruebas. La jueza del Tribunal de Instancia de Montoro deberá resolver estas diligencias complementarias.
La lectura doctrinal
El informe pericial se integra en la instrucción penal como prueba de carácter técnico, regulada en el artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La valoración de este dictamen corresponde a la jueza instructora, sin que vincule por sí misma el sentido de la resolución que ponga fin a la fase de instrucción. La pericia puede ser objeto de contradicción posterior en el juicio oral, conforme a las reglas de la LECrim.
La ausencia de causa única obliga a extremar la cadena de custodia y la conservación de las fuentes de prueba. La petición de controlar el traslado de los vagones responde a la necesidad de garantizar la integridad de los elementos que habrán de examinarse en el plenario. La investigación penal prioriza la conservación de los indicios sobre la celeridad logística. El derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24.2 de la Constitución exige que las diligencias se practiquen con las debidas garantías.
FICHA DEL CASO
- El caso: Instrucción penal por el accidente ferroviario de Adamuz, del tren de Iryo, con 46 fallecidos y más de 120 heridos; la investigación se centra en la rotura del carril.
- Datos importantes: Informe pericial de tres peritos judiciales; desnivel de 6,4 mm; 114 soldaduras aptas; fiabilidad del 95% en ultrasonidos; sin causa única determinada.
- Fecha de los juicios: No hay fecha de juicio oral. El accidente fué el 18 de enero de 2026; el informe se remitió a la instructora el 4 de septiembre de 2026.
- Personas acusadas y por qué: N/A. No constan acusaciones formales; la causa se halla en fase de instrucción.

