4El azúcar fraccionado: ‘azúcar, jarabe de glucosa, fructosa y jarabe de glucosa-fructosa’ repartidos en cuatro líneas
La lista de ingredientes se ordena de mayor a menor peso, tal como se incorporan a la receta (artículo 18.1 del Reglamento (UE) 1169/2011), y cada ingrediente debe figurar con su denominación específica. Esa doble regla es la que abre la puerta al fraccionamiento. La normativa sobre determinados azúcares (Directiva 2001/111/CE, traspuesta en España por el Real Decreto 1052/2003) reserva nombres legales distintos para la sacarosa («azúcar»), el jarabe de glucosa —solución obtenida de almidón o fécula con al menos un 70% de materia seca—, la fructosa cristalizada y el «jarabe de glucosa y fructosa», nombre obligatorio cuando el jarabe de glucosa supera el 5% de fructosa sobre materia seca. Con esas cuatro piezas, un fabricante puede endulzar con cuatro azúcares distintos y escribir cuatro líneas separadas, cada una con su peso propio.
El resultado es que ninguno de los cuatro, por separado, pesa más que la fruta: la fruta se queda en el primer puesto y cada edulcorante cae más abajo, camuflado entre la pectina, el ácido cítrico o el aroma. La suma no aparece en el listado, y la tabla nutricional tampoco la despeja, porque declara un único dato de «azúcares» que agrupa todos los monosacáridos y disacáridos (Anexo I del Reglamento 1169/2011) sin separar los añadidos de los que ya traía la fruta. Lo que sí ayuda es la mención obligatoria del envase: «preparado con X gramos de fruta por 100 gramos» y «contenido total en azúcares: X gramos por 100 gramos». Ahí se ve la distancia entre una mermelada corriente, que solo garantiza 300 gramos de fruta por kilo (el 30% legal), y una extra, con 500. Y aun sumando las cuatro líneas, solo hay sacarosa, glucosa y fructosa: azúcares libres, el grupo que la OMS pide reducir.

