Amnistía a la malversación en el TC: el Constitucional contradice al Supremo y acerca el retorno de Puigdemont a Cataluña

El nuevo borrador del Constitucional considera que el Supremo se excedió al negar la amnistía a la malversación. La ponencia se debatirá el 6 de octubre y, si prospera, abrirá la vía para amnistiar a Turull, Junqueras, Romeva, Bassa y los exiliados.

La amnistía de la malversación afronta su examen definitivo en el Tribunal Constitucional. La nueva ponencia desmonta la tesis del Supremo y acerca el regreso de Carles Puigdemont a Catalunya.

El borrador que debatirá el pleno del Tribunal Constitucional rechaza el argumento central con el que la Sala Penal del Supremo dejó fuera de la ley a los líderes independentistas. Y lo hace sin matices: los magistrados consideran que sus colegas forzaron el sentido de la norma que aprobó el Congreso.

Por qué el Constitucional contradice a Llarena y Marchena

La nueva ponencia sobre la aplicación de la amnistía a la malversación, redactada por el magistrado José María Macías, sostiene que el Supremo ‘se excedió’ al interpretar el concepto de ‘beneficio personal de carácter patrimonial’. Para rechazar la amnistía, los jueces del alto tribunal alegaron que los procesados obtuvieron ‘un ahorro mediante la obtención de bienes y servicios con cargo al erario’ público. Es decir, que financiaron con dinero público un objetivo político ilegal: la celebración del referéndum.

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El Constitucional no compra ese razonamiento. Según el texto, el Supremo ‘se apartó de la finalidad’ de la norma que aprobó el Congreso, que no era otra que amnistiar precisamente la malversación. Macías —que firmó el primer borrador avalando la tesis del Supremo y ahora rubrica el giro— habla de ‘una ruptura lógica’ y de aplicar un precepto ‘con una manifiesta falta de sintonía con lo que la misma norma pretende’. En plata: hacer decir a la ley lo que la ley no dice.

La ponencia subraya que la ley de amnistía solo quería excluir la corrupción. Cuando el texto menciona el ‘beneficio personal de carácter patrimonial’ para no amnistiar una conducta, lo hace para dejar fuera la apropiación de dinero público, un supuesto que, según los hechos probados de la sentencia de 2019, nunca existió en el procés.

El Supremo quiso cerrar la puerta de la amnistía con una interpretación; el Constitucional acaba de recordarle que esa puerta la cerró el Congreso con otras palabras.

El 6 de octubre y la cuenta atrás para Puigdemont

La nueva ponencia queda abierta a rectificaciones hasta su debate en el pleno, previsto para el 6 de octubre. Ese día el Constitucional prevé dar su visto bueno al texto, que permitirá amnistiar a Jordi Turull. La doctrina favorable abrirá la puerta al resto de condenados por el mismo delito.

El efecto dominó alcanza a Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa, además de a los exiliados Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig. Para el expresidente de la Generalitat, el pronunciamiento del TC despeja el último obstáculo penal que le impedía plantear un regreso sin riesgo de detención.

Lo que este giro cambia en el tablero catalán

Conviene recordar el itinerario. Los indultos de 2021 dejaron fuera la malversación, la reforma del Código Penal de 2022 rebajó las penas de ese delito, y la ley de amnistía de 2024 nació con el propósito explícito de cubrir lo que ninguno de los dos pasos anteriores había resuelto. La ponencia lo dice sin rodeos: la norma quería amnistiar ‘las malversaciones que habían quedado fuera de los indultos y la reforma del Código Penal’.

La lectura política es inmediata. Si el pleno del 6 de octubre confirma el borrador, Junts recupera a su líder con el expediente judicial prácticamente extinguido y ERC se quita de encima un frente que le ha condicionado desde 2017. Para Moncloa, el calendario vuelve a cruzarse con el tablero catalán: un Puigdemont habilitado reordena las mayorías y devuelve a la mesa la pregunta sobre el encaje del independentismo en la legislatura.

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El pronunciamiento llega en un momento delicado para el Govern. Illa sostiene el Ejecutivo catalán con el apoyo externo de ERC y Junts, y cualquier movimiento de Puigdemont obliga a recalibrar los equilibrios en el Parlament. No es la primera vez que una resolución judicial desordena la aritmética catalana: lo fue con la sentencia de 2019 y con la aplicación del artículo 155. La diferencia es que ahora el viento sopla en la dirección opuesta.

Eso sí, el texto aún puede cambiar. La ponencia está abierta a enmiendas hasta el pleno, y Macías ya ha dado muestra de moverse con el viento: su primer borrador respaldaba la tesis del Supremo y el actual la desautoriza. Que el mismo ponente firme dos tesis opuestas en pocos meses retrata la falta de una mayoría clara en el tribunal más que una conversión doctrinal.

Lo que observamos es que el Constitucional ha dejado de ser el último muro del procés para convertirse en su pasarela. Si el pleno no lo remedia, Puigdemont dejará de tener una fecha de caducidad penal. El próximo hito ya está marcado: el debate del pleno, el 6 de octubre, y con él la pregunta que llevan meses esquivando en el Palau: qué hace Junts con su líder de vuelta.