La juez de la Audiencia Nacional que investiga la entrada masiva irregular en Ceuta desde Marruecos a finales de julio, María Tardón, ha acordado elevar una exposición razonada al Consejo de Ministros en la que solicita la desclasificación de una serie documentos e informes relacionados con esta investigación.
Entre otros documentos, la magistrada pide las notas e informes realizados por el CNI y difundidos a autoridades a partir del 30 de julio relativos a las investigaciones sobre los hechos acaecidos los días 30 y 31 de julio. En particular, todas las notas e informes clasificados relativos a la actuación de las autoridades de Marruecos hasta el día de la fecha.
Además, el listado concreto de autoridades que recibieron las notas ya desclasificadas de 27 y 30 de julio de 2026 (C/10266/27-07-2026 y C/10481/30-07-2026), así como cualesquiera otras remitidas con posterioridad al 30 de julio, con indicación de la fecha y hora del envío, lo cual debe ir acompañado de certificación de su efectiva recepción por dichas autoridades.
La juez subraya que en el presente caso, la información solicitada es relevante para la investigación y no afecta a la seguridad del Estado, pues la misma se ha visto vulnerada precisamente en el marco de los hechos objeto del procedimiento y la autoría de ese ataque a la seguridad del Estado es lo que pretende averiguarse con la investigación en curso.
Añade que, en el presente caso, la información interesada es indispensable para el esclarecimiento de los hechos y permitirá determinar qué autoridades conocían, y desde qué momento, la convocatoria de entrada masiva prevista para el 30 de julio de 2026. “Permitirá también saber qué decisiones se adoptaron o dejaron de adoptarse a la vista de esa información y cuál fue la actuación de las autoridades del Reino de Marruecos”, dice la juez.
Desclasificación urgente y en un plazo máximo de 15 días
La magistrada hace constar que la desclasificación debe llevarse a cabo con carácter urgente y, en todo caso, en el plazo de 15 días naturales e indica que todo el material que resulte desclasificado se incorporará en la pieza separada que está declarada secreta.
Toda esta documentación, según Tardón, resulta indispensable para el esclarecimiento de los hechos objeto de investigación e imprescindible para la averiguación de la verdad material y el ejercicio efectivo de la potestad jurisdiccional atribuida a jueces y tribunales.
En consecuencia, señala la instructora, cuando la información interesada presenta una relación directa, objetiva y relevante con los hechos investigados, y cuando además no existen fuentes alternativas que permitan alcanzar el mismo resultado probatorio, el deber constitucional de colaboración con la Administración de Justicia adquiere su máxima intensidad, legitimando que el órgano instructor promueva los mecanismos legalmente previstos para hacer posible el acceso jurisdiccional a dicha información.
“La eventual clasificación de la información solicitada como materia secreta o reservada no constituye un obstáculo jurídico absoluto que impida a este órgano judicial promover su desclasificación cuando resulte necesaria para la investigación de hechos presuntamente delictivos”, apunta.
