La DGT avisa de la nueva multa de 200 euros por adelantar mal a los ciclistas

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Cuándo no se puede adelantar aunque se dejen 1,5 metros

Carretera vacía con vista escénica del océano en Setúbal, Portugal, flanqueada por señales de tráfico y acantilados rocosos.

Dejar metro y medio no convierte por sí solo la maniobra en legal. Desde el 1 de octubre de 2026, la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Real Decreto 518/2026 añade condiciones que se suman a esa separación lateral: fuera de poblado hay que circular al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía —70 km/h como máximo en una carretera de 90; 40 en un tramo limitado a 60— y esa velocidad reducida debe llevarse antes de iniciar el adelantamiento y mantenerse durante todo él. En calzadas con más de un carril por sentido, además, hay que ocupar por completo el carril contiguo. Tampoco cabe apurar si con ello se pone en peligro o se entorpece a quien viene de frente, aunque circule por el arcén, porque la prohibición es expresa. Y si el ciclista se ve obligado a arrimarse a la cuneta o a frenar para que el coche pase, el hueco real no existía.

A eso se suman los supuestos en los que el adelantamiento está vetado con independencia de la distancia: curvas y cambios de rasante sin visibilidad suficiente para completar la maniobra o desistir de ella, pasos de peatones señalizados, pasos a nivel y su entorno, intersecciones —con excepciones, entre ellas el rebase de vehículos de dos ruedas— y túneles donde la señalización lo impide. Una línea continua cierra la puerta a invadir el carril contrario y, sin ese espacio, no hay forma de garantizar el metro y medio. Cuando los ciclistas ruedan en grupo se consideran una única unidad móvil, así que no vale colarse por el hueco entre dos bicicletas ni dar la maniobra por terminada tras superar a la primera. Si no aparece un tramo con visibilidad y anchura suficientes, toca esperar detrás: forzar el adelantamiento es infracción grave, con 200 euros de multa —100 si se paga en los 20 días siguientes— y la retirada de puntos que la ley prevé para el adelantamiento peligroso, entre cuatro y seis según el caso.