El SEPE cancelará de inmediato el subsidio para mayores de 52 años si superas estos ahorros

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El SEPE no cancela el subsidio por ahorros: no existe límite de patrimonio

Tener dinero en el banco no es motivo para que el SEPE extinga el subsidio para mayores de 52 años: la normativa no fija un tope de patrimonio ni una cifra máxima de ahorros. Lo que controla el organismo es el requisito de carencia de rentas, que exige no superar el 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, 915,75 euros mensuales con el SMI de 1.221 euros. Para comprobarlo no mira solo los ingresos reales, sino que aplica a los ahorros un rendimiento presunto: el 100% del interés legal del dinero, situado en el 3,25%, prorrateado entre doce meses. Con ese cálculo, 100.000 euros guardados en una cuenta equivalen a 270,83 euros de renta al mes, de modo que haría falta rondar los 338.000 euros ahorrados, y sin ningún otro ingreso, para rebasar el umbral.

Aclarado eso, el margen no es ilimitado ni conviene ignorar el resto de reglas. Ese rendimiento se suma a cualquier otra renta del solicitante —alquileres, pensiones, rendimientos de fondos— y los ingresos extraordinarios, como una herencia, una donación o un premio, computan íntegramente en el mes en que se reciben, lo que puede suspender la ayuda aunque el saldo no sea elevado: el SEPE toma como referencia el mes natural anterior. Quedan fuera del cómputo la vivienda habitual, los planes de pensiones sin rescatar y la indemnización legal por despido. El beneficiario debe presentar la declaración anual de rentas y comunicar cualquier variación, y solo cuentan sus ingresos, no los de su pareja. Que el subsidio sean 480 euros al mes y cotice por jubilación al 125% de la base mínima explica el escrutinio.

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