El voto desde el extranjero podría variar seis escaños

Las juntas electorales provinciales tienen desde este miércoles y hasta el próximo sábado para proceder al escrutinio oficial de los votos de las elecciones generales del 28 de abril, incluyendo ya el voto de los residentes ausentes (CERA) llegado desde el extranjero, del que depende media docena de escaños separados por menos de 1.000 votos.

En concreto, el voto de los españoles residentes en el exterior podría afectar al resultado provisional en nueve provincias, Zaragoza, Álava, Girona, Salamanca, Palencia, Navarra, Baleares y Huelva, y en la ciudad autónoma de Melilla, en las que el último escaño se adjudicó con una diferencia entre candidaturas inferior al millar de votos o levemente superior.

Cs A SÓLO 77 VOTOS DEL PSOE EN ZARAGOZA

Así, en Zaragoza, Ciudadanos se quedó a tan sólo 77 votos del último escaño que consiguió el PSOE, por lo que el voto CERA podría provocar que la formación naranja se lo acabara arrebatando a los socialistas.

En Álava, el PP necesitaría 384 papeletas para recuperar el escaño de su vicesecretario de Organización, Javier Maroto, que en estos momentos está en manos de EH Bildu, y en Huelva, Vox podría ganar un sillón más en el Congreso, y llegar a los 25, si consigue 330 papeletas más que Unidas Podemos.

En Navarra, los independentistas vascos deberían sacar 408 votos más para quedarse con el sillón que el domingo se adjudicó al PSOE PSOE, mientras que en Palencia los socialistas tendrían que sumar 444 votos más para amarrar el escaño del partido que lidera Albert Rivera. Al revés pasaría en Baleares, donde Ciudadanos podría quitar al PSOE su escaño en caso de reunir 692 votos más.

Por su parte, en Girona, la confluencia catalana de Podemos, En Comú, podría hacerse con el escaño de Esquerra Republicana (ERC), que ahora cuenta con 15 sillones en la Cámara Baja, puesto que a ambas partidos sólo les separan 939 sufragios.

Por último, poco más de mil votos, en concreto 1.017, permitirían a los socialistas ‘robar’ un escaño a los ‘populares’ en la provincia de Salamanca, y 1.078 sufragios les servirían para hacer lo propio en la ciudad de Melilla.

EL RECUENTO DEBE ESTAR ANTES DEL SÁBADO

Así las cosas, el voto de los residentes ausentes podría modificar el reparto de escaños actual y, por ende, cambiar por la mínima el juego de la mayorías. Es que en estas elecciones sólo 129.271 de los dos millones de españoles que residen en el exterior han ejercido su derecho al voto, lo que representa una participación de apenas el 6,16 por ciento.

Las juntas electorales provinciales comenzarán con el segundo recuento, incluyendo el voto CERA, este miércoles, que deberá estar concluido antes del próximo sábado. La sesión se iniciará a las diez de la mañana en la sede del local donde ejerce sus funciones el secretario de la junta electoral y, al igual que ocurre en las mesas electorales, éste es un recuento público.

Durante este escrutinio, la junta electoral provincial no puede anular ningún acta ni voto, debiéndose limitar a verificar sin discusión alguna el recuento y la suma de los votos admitidos por las mesas, limitándose a subsanar los meros errores materiales o de hecho y los aritméticos. Lo que sí puede hacer es declarar válidos los votos indebidamente anulados por las mesas electorales.

Concluido el escrutinio, los representantes de las candidaturas pueden presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante esa misma junta electoral. Las reclamaciones sólo pueden referirse a las incidencias que hubieran sido recogidas en el acta de sesión de las mesas o se indiquen en el acta de sesión del escrutinio de la junta electoral.

DESPUÉS, LA PROCLAMACIÓN DE RESULTADOS

Una vez resueltos todos los recursos, en último término en la Junta Electoral Central, o transcurrido el plazo para su presentación sin que se haya presentado ninguno, se efectúa la proclamación de los candidatos que han resultados electos.

Ese acta de proclamación se extiende por triplicado: una para quedar archivada en la junta electoral correspondiente, otra para el Congreso o el Senado, y la tercera para la Junta Electoral Central, que en el plazo de cuarenta días, ha de publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los resultados generales y por circunscripciones. Además, los representantes de las candidaturas que lo soliciten pueden obtener una copia.