Sumario Plus Ultra: El contrato clave de 5 folios entre el amigo de Zapatero y la aerolínea

El contrato entre Análisis Relevante (AR) y Plus Ultra firmado por Julio Martínez Martínez, dueño de Análisis Relevante y Julio Martínez Sola, en representación de la aerolínea Plus Ultra fue firmado el 30 de julio de 2020 en Madrid. El documento es clave porque es la prueba documental de que AR trabajó para la aerolínea venezolana.

El juez Calama, de la Audiencia Nacional, lo incluyó en el sumario sobre la causa cuyo secreto se acaba de levantar y por el que el ex presidente José Luis Rodríguez Zapatero está imputado junto a otros empresarios.

1 Moncloa

En el mismo AR se presenta como «consultora que presta servicios de asesoramiento estratégico sobre tendencias y perspectivas geopolíticas, económicas y sociales en España, Europa y otros países emergentes.

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Zapatero no aparece en los contratos

En ninguno de los actos documentales aparece, hasta el momento, José Luis Rodríguez Zapatero de manera evidente. La otra parte firmante del contrato era Plus Ultra Líneas Aéreas SA o Plus Ultra nada más. En representación de la aerolínea actuó Julio Martínez Sola como vicepresidente apoderado «de dicha sociedad», según recoge el contrato.

2 Moncloa

El objeto del contrato fue «la prestación de servicios de asesoramiento por parte de AR (…) a cambio de unos honorarios, en los términos que se describen a continuación».

Estos servicios concretos eran «un informe mensual sobre las claves relevantes de la situación política, económica y social en el mundo, con especial atención a lo que ocurre en Europa y Latinoamérica. Además, dicho análisis también se centrará en los principales sectores innovadores, así como en las principales tendencias en el sistema multilateral de organizaciones internacionales».

3 Moncloa

El punto 2 recogía el «asesoramiento continuado sobre distintos países y organizaciones internacionales, así como sobre sus políticas concretas. Este asesoramiento puede incluir la realización y entrega de informes específicos por parte de AR sobre aquellas cuestiones que sean de interés para el Cliente así como para el desarrollo de su actividad».

4 Moncloa

En tercer lugar, el asesoramiento también era «continuado en materias relacionadas con la preparación de discursos y presentaciones, formulación de iniciativas, celebración de seminarios o cualesquiera otros servicios que puedan ser desarrollados por AR en el ámbito de su especialidad y que puedan ser de utilidad para el Cliente».

La parte importante del acuerdo eran los «honorarios profesionales». Por el informe descrito en el primer apartado Plus Ultra se comprometía a pagar 5.000 euros mensuales. Por el apartado del punto 2 los honorarios eran negociables, «a definir tras aceptación de presupuesto», al igual que por los trabajos recogidos en el apartado 3. Esto dejaba libertad absoluta a AR y a Plus Ultra para cobrar y pagar por los trabajos.

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5 Moncloa

Esta parte es importante, porque según los investigadores AR terminó cobrando un 1% del rescate, es decir, 530.000 euros que facturó en diferentes conceptos a Plus Ultra.

Además, explicaban que «el importe de los honorarios descritos anteriormente no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que resulte de aplicación, ni los gastos en los que AR hubiese podido incurrir en la prestación de sus servicios. El IVA aplicable y los gastos incurridos se facturarán con carácter adicional al importe de los honorarios».

Análisis Relevante ya advertía de que «es política de AR facturar de forma separada los gastos ordinarios generados por la prestación de servicios (desplazamientos, viajes, mensajería, reprografía, traducciones, etc). En todo caso, AR no incurrirá en gastos extraordinarios (tales como honorarios de otros profesionales que resulten necesarios para el asesoramiento) sin la previa aprobación del cliente».

La duración del contrato se establecía entonces en 12 meses, «a contar desde la fecha de su firma», es decir, hasta el 30 de julio de 2021.

Sobre la confidencialidad del documento, AR se comprometía a mantener «la confidencialidad de toda información recibida en relación con el asunto encomendado, con las salvedades, si las hubiera, establecidas por la normativa aplicable No se considerará información confidencial «aquella que sea de dominio público», «aquellas que fuera conocida por la parte receptora cuando le fue revelada» y «aquella que sea creada con posterioridad de forma independiente.

Incluso AR podía hacerse publicidad y decir que trabajaba para Plus Ultra, «salvo indicación contraria por parte del cliente».

Ambas partes acordaban que en caso de acudir a los tribunales, sería en Madrid. La firma de Julio Martínez, era electrónica, aunque MONCLOA la ha quitado del documento original para evitar la aparición de datos personales. La firma de Julio Martínez Sola por Plus Ultra lleva un sello de la compañía en cada uno de los folios y una rúbrica hecha a mano.