La juez de Adamuz rechaza a Óscar Puente en la causa

La juez instructora del Caso Adamuz, el accidente de tren del 18 de enero que provocó 46 víctimas mortales, de la sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Montoro Plaza nº 2, no quiere que Óscar Puente, titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, esté representado en la causa por el abogado del Estado. La letrada de la Administración de Justicia mediante ha rechazado su personación mediante una diligencias de ordenación (DO), pero el abogado del Estado en representación del Ministerio de Transportes ha presentado un recurso de reposición para intentar entrar en la causa como actor civil.

Sin embargo, la misma juez instructora sí autorizó a comienzos de abril la personación de la Junta de Andalucía en el procedimiento como actor civil, según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Este tipo de personación no permite solicitar la práctica de diligencias.

Óscar Puente, ministro de Transportes. Fuente EP
Óscar Puente, ministro de Transportes. Fuente EP

El abogado del Estado dice ahora en su recurso presentado que «la diligencia de ordenación que impugnamos rechaza, sin razonamiento alguno, nuestra personación en concepto de actor civil, remitiéndonos al ejercicio de acciones “en el procedimiento civil y/o administrativo pertinente”. Lo primero que hemos de señalar es que un pronunciamiento de esta naturaleza tan solo podría adoptarse mediante Auto, toda vez que, al impedir a esta parte personarse y actuar como actor civil en este procedimiento, se está resolviendo sobre un punto esencial que afecta de una manera directa a un actor civil».

Publicidad

Personarse en la causa Adamuz

El mismo letrado sostiene que «el pronunciamiento de la Diligencia de ordenación que se impugna resulta contrario a derecho. Estimamos que al rechazarse la personación como actor civil de esta parte se vulnera el art 110 de la LECr en relación con la consolidada doctrina jurisprudencial que reconoce plena legitimación para personarse y actuar como actor civil en el proceso penal a quien se ha subrogado en la posición del perjudicado por el delito».

El abogado del Estado apela a las ayudas de víctimas de accidentes ferroviarios para personarse, pues «en el presente procedimiento, por tanto, la Administración del Estado se encuentra legitimada para personarse como actor civil en la medida en que, tal y como se exponía en nuestro escrito de personación, en el apartado 3 de la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona), se reconoce la subrogación del Estado en la titularidad de los derechos de crédito derivados de las indemnizaciones que en su caso se declaren en favor de las víctimas en el presente procedimiento, hasta el límite de la ayuda satisfecha (…)».

Por eso, concluye el escrito, «entendemos pues, conforme a cuanto se ha razonado, que debe admitirse la personación de la Administración del Estado en concepto de actor civil en el presente proceso penal, en cuanto subrogada legalmente en los derechos de crédito derivados de las indemnizaciones que se puedan reconocer en el presente procedimiento conforme a las
previsiones del apartado 3 de la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, con el alcance y en las condiciones allí establecidos».

La cuestión es que el abogado del Estado ya ha recurrido varias veces ya la decisión de la juez instructora de Montoro que investiga el accidente ferroviario de Adamuz. Lo cierto es que la juez no deja personarse al ministerio porque todavía no sabe si el ministerio es afectado o responsable civil de la tragedia y, por tanto, no puede estar en la causa de las dos maneras, como afectado y como imputado.

Víctimas de Adamuz

Las alegaciones usadas para recurrir por el representante del Estado se sustentan en que «la diligencia de ordenación que impugnamos rechaza, sin razonamiento alguno, nuestra personación en concepto de actor civil, remitiéndonos al ejercicio de acciones “en el procedimiento civil y/o administrativo pertinente”.

Pero la juez no tiene claro todavía el papel del ministerio de Óscar Puente en todo esto, si es que tiene algún papel que jugar. Si la juez admitiera la personación del ministerio como perjudicado sería luego prácticamente imposible cambiar esa condición a la de imputado, aunque fuera en concepto de responsabilidad civil.

Publicidad