Madrid prohíbe maquinaria que genere chispas en zonas forestales por riesgo extremo de incendios

La prohibición afecta a desbrozadoras, radiales, sopletes y fuegos artificiales en monte y 400 metros alrededor. Los Agentes Forestales realizarán inspecciones y podrán paralizar trabajos que incumplan la norma al instante.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿A quién afecta? A cualquier persona o empresa que use maquinaria capaz de generar chispas, calor o descargas eléctricas en terrenos forestales o a menos de 400 metros de ellos. También se prohíben los fuegos artificiales en esas zonas.
  • ¿Cuándo ocurre? Desde ayer, 7 de julio de 2026, a las 14.00 horas. La restricción se mantiene mientras dure el riesgo extremo de incendios, que la Comunidad revisa a diario. El periodo de máximo peligro abarca del 15 de mayo al 31 de octubre.
  • ¿Qué cambia hoy? No se pueden usar desbrozadoras, radiales, amoladoras, sopletes ni cosechadoras sin autorización expresa del 112 en las áreas acotadas. Los Agentes Forestales pueden ordenar la paralización inmediata de trabajos y levantar acta. Provocar un incendio por negligencia es delito, incluso con permiso previo.

La Comunidad de Madrid ha blindado sus montes con una prohibición que entró en vigor ayer a las dos de la tarde. La medida, activada por la Dirección General de Emergencias en el marco del Plan INFOMA, prohíbe el uso de maquinaria que genere chispas, calor o descargas eléctricas en todo terreno forestal y en una franja de 400 metros alrededor. El motivo: un episodio de riesgo extremo de incendios por las altas temperaturas que ya se dejaba sentir en la región y que convertía cualquier chispa en una amenaza real para el patrimonio natural.

La decisión se tomó tras constatar que cerca de la mitad de los incendios forestales del verano tienen su origen en una manipulación inadecuada de equipos como desbrozadoras, radiales, amoladoras o sopletes. Un dato que explica por qué la Administración autonómica ha pasado de las recomendaciones habituales a una restricción con consecuencias legales inmediatas.

Qué no se puede hacer desde ayer

La resolución del Plan INFOMA detalla las actividades suspendidas. En la práctica, eso significa que no se pueden utilizar herramientas como desbrozadoras, radiales, amoladoras, sopletes, soldadores, equipos de corte o cualquier maquinaria que desprenda calor o partículas incandescentes en las zonas acotadas. Tampoco se permite el lanzamiento de fuegos artificiales en terreno forestal ni en los 400 metros de su entorno.

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Para los agricultores que emplean cosechadoras en cultivos cercanos al monte, la norma añade un paso extra: deben comunicar el inicio de la actividad al teléfono gratuito 900-720-300 antes de ponerse a trabajar. Si el cultivo está a menos de 400 metros de terreno forestal, la llamada es obligatoria; de lo contrario, se arriesgan a una sanción o a la paralización del trabajo por parte de los Agentes Forestales.

La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) mantiene abierta la vía de las autorizaciones excepcionales para trabajos imprescindibles, pero con condiciones mucho más estrictas de lo habitual. Estas autorizaciones, que ya eran necesarias antes del episodio de riesgo extremo, se evalúan caso por caso. Si se conceden, imponen medidas preventivas adicionales para evitar fuegos o, al menos, facilitar su extinción rápida.

Los datos que explican la urgencia

Hemos consultado los informes que maneja la Dirección General de Emergencias. En ellos se refleja que la negligencia humana está detrás de cuatro de cada diez incendios forestales registrados durante el verano. Y no se trata de hogueras mal apagadas, sino del uso cotidiano de maquinaria en labores agrícolas, forestales o de mantenimiento. La Comunidad de Madrid recuerda que provocar un incendio por conducta negligente puede constituir un delito, incluso si la actividad que lo originó contaba con autorización administrativa.

La negligencia con una radial o una desbrozadora es hoy la principal causa evitable de incendio en los montes madrileños.

En paralelo, las inspecciones de los Agentes Forestales no son teóricas. El cuerpo autonómico realiza revisiones periódicas y tiene potestad para paralizar de inmediato cualquier labor que detecte en infracción. Si encuentran a un operario con una maquinaria que no está autorizada en la zona acotada, levantan el acta correspondiente y la actividad se detiene en el acto.

Un verano que exigirá máxima prudencia

No es la primera vez que la Comunidad de Madrid activa restricciones por riesgo extremo. En los veranos de 2022 y 2023, medidas similares estuvieron vigentes durante semanas con temperaturas por encima de los 40 grados. La diferencia ahora es la anticipación: el episodio de calor ha llegado pronto y la respuesta, lejos de limitarse a un aviso genérico, se ha traducido en una prohibición detallada y de obligado cumplimiento desde el minuto uno.

Cabe recordar que el periodo de máximo peligro de incendios en Madrid se extiende del 15 de mayo al 31 de octubre. Así que los próximos meses seguirán bajo vigilancia. La decisión de ayer no es una medida aislada: se enmarca en una estrategia de protección civil que busca reducir al máximo los fuegos de origen humano. De hecho, la comparación con otras comunidades como Andalucía, donde el 60% de los incendios se debe a negligencias con maquinaria agrícola, demuestra que el problema es recurrente y que la anticipación puede marcar la diferencia.

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En esta redacción entendemos que la prohibición puede resultar incómoda para quienes viven del campo o realizan tareas de mantenimiento, pero los datos respaldan la medida. El riesgo real de que una chispa provoque un incendio fuera de control en un día de riesgo extremo justifica la restricción temporal. Corregir a tiempo evita males mayores, y en este caso, la alternativa es un monte quemado.

La próxima revisión del nivel de riesgo está prevista para los próximos días. Hasta entonces, cualquier trabajo en zona forestal madrileña tendrá que esperar o asumir el coste de pedir autorización.