El Supremo mantiene el ‘no’ a amnistiar a Puigdemont: las claves del auto de Llarena tras el aval del TJUE

El auto del instructor rechaza la aplicación de la ley de amnistía y mantiene la orden nacional de detención. El Constitucional empezará a deliberar este mes los recursos de amparo pendientes.

El instructor del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha rechazado este martes la petición de Carles Puigdemont y del exconsejero Toni Comín para aplicarles la ley de amnistía. El auto (resolución judicial que no pone fin al proceso pero adopta una decisión sobre él) mantiene además la orden nacional de detención que pesa sobre ambos, según el auto difundido por el Tribunal Supremo y recogido por Europa Press.

Las dos razones del rechazo y qué cambia con la sentencia europea

Llarena ya denegó en julio de 2024 la amnistía para el delito de malversación. Entonces fijó dos motivos: la apreciación de un propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial y la consideración de que los hechos afectaban a los intereses financieros de la Unión Europea.

  • El beneficio personal patrimonial: sigue siendo, para Llarena, fundamento suficiente para excluir la amnistía.
  • La afectación a los intereses financieros de la UE: queda descartada por el TJUE, pero no invalida por sí sola la denegación.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) conocida en julio de 2026 desmonta el segundo de esos argumentos. El tribunal europeo descartó que la secesión de una parte del territorio nacional afectase a los intereses financieros de la Unión.

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Sin embargo, Llarena concluye que ese aval europeo no alcanza al otro motivo. El rechazo a la nueva solicitud de amnistía de ambos procesados, explica el instructor, no se funda en que la interpretación europea carezca de relevancia, sino en que su efecto no toca el beneficio personal de carácter patrimonial.

El Constitucional aún no ha cerrado la partida

Llarena incide en que las sentencias dictadas hasta la fecha por el Tribunal Constitucional (TC) sobre la constitucionalidad de la amnistía no han resuelto la aplicación individual discutida. Esas resoluciones, añade, no han dejado sin efecto la interpretación del beneficio personal realizada en esta causa, aunque tampoco la validan de forma específica.

La decisión queda a la espera del resultado de los recursos de amparo (mecanismo de protección de derechos fundamentales ante el TC) presentados por dirigentes del denominado procés contra la negativa del Supremo. El primer recurso que estudiará la corte de garantías es el presentado por el secretario general de Junts, Jordi Turull. Las deliberaciones comienzan este mes.

El TJUE tumba uno de los dos motivos del Supremo, pero la negativa a amnistiar se sostiene todavía sobre el beneficio personal de carácter patrimonial.

El instructor también desestima las peticiones de archivo de la causa y de inhibición para que la competencia pasara al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o a los juzgados de Barcelona. Sobre la orden nacional de detención, explica que se formulaba como consecuencia del archivo, de la doble persecución o de la aplicación de la amnistía; al no prosperar esos motivos, tampoco procede levantarla.

Llarena aclara que esta decisión no declara irrevisables las medidas ni convierte la falta de amnistía en una justificación suficiente de cualquier restricción cautelar. Se limita a rechazar el levantamiento por las razones ahora formuladas.

La petición paralela al Tribunal de Cuentas

El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, ha solicitado este martes al Tribunal de Cuentas que absuelva de responsabilidad contable a su representado y que se alcen las medidas cautelares adoptadas. El escrito responde a un auto del órgano fiscalizador que rechazó recursos presentados por encausados en el caso del presunto desvío de fondos para el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

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Boye sostiene que la ley de amnistía obliga a dictar resolución absolutoria de responsabilidad contable porque ni la Generalitat ni la Fiscalía se han opuesto. Denuncia además una dilación adicional que, a su juicio, vulnera el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.

⚖️ Datos del caso

  • Órgano judicial: Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, instructor Pablo Llarena.
  • Fase procesal: Instrucción; pendiente de resoluciones del Tribunal Constitucional.
  • Implicados: Carles Puigdemont y Toni Comín, procesados por presunta malversación.
  • Delitos investigados: Malversación en el procés; se discute la aplicación de la amnistía.
  • Próximos pasos: Deliberación de los recursos de amparo en el TC este mes.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? Pablo Llarena ha rechazado aplicar la amnistía a Puigdemont y Comín y mantiene la orden de detención.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El instructor del Supremo, Carles Puigdemont y Toni Comín, procesados por malversación.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El Constitucional deliberará este mes los recursos de amparo contra el rechazo del Supremo.