Condenado a casi cinco años de cárcel por intentar quemar a clientes de un Lidl en Córdoba

El tribunal fija la pena en cuatro años y once meses de prisión, en primera instancia, por los hechos ocurridos en septiembre de 2024 en un supermercado de la capital cordobesa. La sentencia no es firme y contra ella cabe un recurso de apelación.

La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a casi cinco años de prisión al hombre que roció con gasolina a clientes de un Lidl. La sentencia, conocida este martes 29 de septiembre, fija la pena en cuatro años y once meses por unos hechos ocurridos en septiembre de 2024 en un supermercado de la capital cordobesa.

El condenado accedió al establecimiento con dos botellas de gasolina y con la intención de prender fuego a las personas que se encontraban dentro, según la resolución judicial.

Qué hechos declara probados la Audiencia Provincial de Córdoba

La resolución recoge que el hombre entró en el local portando el combustible. Derramó parte del contenido de una de las botellas en la zona de entrada del supermercado, tanto en el interior como en el exterior inmediato.

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Los hechos se produjeron alrededor de las 19.45 horas en el establecimiento situado en la calle Los Artesanos, en el polígono de Los Pedroches, una zona de la capital cordobesa. El supermercado estaba abierto al público en ese momento.

En ese momento había clientes y empleados en la zona de entrada, a los que el condenado roció con el combustible, según el relato de hechos que recoge la sentencia.

La Audiencia Provincial de Córdoba considera acreditado que el condenado roció con gasolina a las personas que se encontraban en la entrada del supermercado.

No consta que ninguno de los presentes resultara herido. Tampoco hay datos oficiales sobre daños materiales en el interior del supermercado.

La pena de cuatro años y once meses de prisión

La condena asciende a cuatro años y once meses de cárcel, un mes menos de los cinco años. La Audiencia Provincial de Córdoba es el órgano judicial colegiado que ejerce su competencia en toda la provincia, según la información institucional de el Poder Judicial.

El texto difundido de la sentencia no detalla la calificación jurídica exacta de los hechos. Los datos disponibles se limitan al relato de hechos probados, a la pena de prisión y al lugar donde ocurrió todo. El fallo no incluye otras medidas distintas de la pena de prisión, según los datos difundidos.

La sentencia no es firme.

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En qué punto queda la causa y qué falta por resolver

Al tratarse de una resolución de primera instancia (la dictada por el órgano que ha enjuiciado los hechos), contra ella cabe un recurso de apelación (el mecanismo por el que las partes pueden impugnar una decisión judicial ante un órgano superior). La firmeza, es decir, el momento en que una resolución ya no admite más recursos, llega cuando no queda ninguna vía de impugnación abierta.

Mientras no exista una resolución firme, la pena impuesta puede ser revisada por un órgano superior. El fallo se conoce casi dos años después de los hechos, ocurridos en septiembre de 2024.

Lo confirmado hasta ahora se limita a lo que recoge la resolución: el hombre entró en el supermercado con dos botellas de gasolina y roció con ellas a clientes y empleados que se encontraban en la entrada. Si se presenta un recurso, el asunto saldrá de la Audiencia Provincial de Córdoba, y pasará a un órgano superior.