El CGPJ modifica su protocolo de ComunicaciĆ³n frente al covid

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ha dado cuenta este jueves al Pleno de este Ć³rgano de una modificaciĆ³n introducida en el Protocolo de ComunicaciĆ³n de la Justicia con el fin de garantizar la publicidad de las actuaciones judiciales en el marco de las medidas sanitarias adoptadas como consecuencia de la pandemia por covid-19, que obligan a limitar el aforo en las salas de vistas.

Se actĆŗa en cumplimiento de la doctrina del Tribunal Constitucional, que subraya la preferencia en el acceso a las mismas de los medios de comunicaciĆ³n.

En el texto tambiĆ©n se hace referencia a que la publicidad de las actuaciones judiciales y la presencia de los medios de comunicaciĆ³n deben quedar asimismo garantizados cuando las actuaciones procesales se realicen por medios telemĆ”ticos, cuya gestiĆ³n depende del Ministerio de Justicia y de las comunidades autĆ³nomas con competencias en este Ć”mbito.

AsĆ­, se establece que en las salas de vistas en que vaya a celebrarse un acto procesal en audiencia pĆŗblica, y una vez fijado el aforo mĆ”ximo por la Sala de Gobierno, se establecerĆ” una reserva expresa de plazas destinadas a los medios de comunicaciĆ³n. Esa reserva serĆ” del 50 por ciento cuando el aforo mĆ”ximo de pĆŗblico sea igual o inferior a diez personas, pudiendo reducirse ese porcentaje a partir de esa cifra.

En caso de que la demanda de plazas por parte de los medios de comunicaciĆ³n supere el nĆŗmero de las reservadas, la asignaciĆ³n de estas se realizarĆ” por la Oficina de ComunicaciĆ³n siguiendo criterios de servicio pĆŗblico y audiencia.

Por otro lado, el protocolo establece que en aquellas sedes judiciales en las que exista una sala de prensa en la que se reciba la seƱal institucional de los actos procesales, los medios de comunicaciĆ³n asistirĆ”n a los mismos preferentemente desde esta dependencia, siempre que la misma cumpla los requisitos ambientales (ventilaciĆ³n) y de espacio adecuados

Asimismo, se obliga a que los representantes de los medios de comunicaciĆ³n que asistan a una actuaciĆ³n procesal deberĆ”n acudir a la sede judicial provistos de los medios de protecciĆ³n personal necesarios (mascarilla, guantes, etc.). En caso contrario se denegarĆ” su acceso.