Castilla-La Mancha estrena protocolo para prevenir posibles casos de acoso sexual en la Administración

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha puesto en marcha un protocolo para la prevención, identificación y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en el lugar de trabajo en la Administración de la Junta de Comunidades y sus organismos autónomos.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este viernes una resolución de la Dirección General de Función Pública, dependiente de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, que da publicidad a este protocolo, que cuenta con el respaldo unánime de la Mesa General de Negociación del Personal Empleado Público, ha informado la Junta en nota de prensa.

El protocolo, que es un compromiso de legislatura de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas en materia de Función Pública, será de aplicación a la totalidad del personal de Administración General de la Junta y de sus organismos autónomos y se podrán implementar protocolos propios para el personal docente o estatuario, que den respuesta a sus necesidades específicas. También, se establecerán mecanismos de coordinación para extenderlo al personal externo que realice su trabajo en instalaciones de la Administración regional, ha informado la Junta en nota de prensa.

Asimismo, se indica que se proveerán todos los medios para prevenir, evitar y, en su caso, detectar y eliminar cualquier situación de acoso sexual o por razón de sexo, así como sancionar cualquier conducta que lleve a tales situaciones garantizando, en todo caso, que la asistencia y protección de las víctimas se realice siguiendo los principios de respeto a la dignidad personal, profesionalidad, objetividad e imparcialidad.

En materia de prevención, además de dar a conocer el protocolo a todas las personas que trabajen en la Administración regional, se llevarán a cabo sesiones de información y sensibilización y se ofrecerá formación específica a las personas que van a participar en el procedimiento que se abra ante presuntas situaciones de acoso sexual o por razón de sexo o que van a asistir a las presuntas víctimas en dicho procedimiento, entre otras actuaciones.

En el texto se regula de manera detallada el procedimiento que se debe seguir frente a situaciones de acoso sexual o por razón de sexo, y se fija para su tramitación la constitución de los comités asesores, tanto en el ámbito de Administración General, al que afecta la aplicación de este protocolo, como en el ámbito educativo y sanitario, cuando se aprueben los propios de estos sectores. .

En el protocolo se determinan, asimismo, las pautas de investigación a seguir por los miembros de estos comités, que en el ámbito de Administración General, contarán con dos personas empleadas públicas y un técnico o técnica designados por el Instituto de la Mujer, y otras dos personas designadas por las organizaciones sindicales. Los comités podrán contar con una persona experta en materia de igualdad y acoso sexual y por razón de sexo.

El procedimiento de actuación frente a situaciones de acoso sexual y por razón de sexo constará de cuatro fases: Iniciación, valoración inicial de la comunicación, investigación, finalización del procedimiento e información, seguimiento y control.

Una vez finalizada la fase de investigación, el comité asesor elaborará un informe-propuesta que, en el caso del personal funcionario y laboral del sector de Administración General, elevará para su conocimiento y valoración a la persona titular de la secretaría general de la consejería u organismo autónomo afectado, que podrá, en base a ese informe, poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal si se estima que pueden ser constitutivos de delito, proponer o acordar la iniciación de un expediente disciplinario, adoptar medidas preventivas o correctoras necesarias o archivar el expediente.

Estos procedimientos deberán sujetarse a las garantías de respeto y protección a las personas, mediante la discreción en las actuaciones; confidencialidad y diligencia y celeridad en la investigación abierta.

También, se garantizará la custodia de documentación, con respeto a la normativa de protección de datos, se prohibirán las represalias contra las personas que hayan iniciado el procedimiento; se llevarán a cabo actuaciones disciplinarias contra las denuncias dolosas; se restituirán a las víctimas las condiciones de trabajo que tenían antes del inicio del procedimiento, si se habían visto alteradas, y a que las posibles consecuencias de las conductas de acoso que sufra sean tratadas desde la perspectiva de la salud laboral.