La Ertzaintza y las policías locales trabajarán para que se respeten y cumplan las nuevas medidas sanitarias que entran en vigor a las doce la esta noche, por lo que establecerán controles y vigilancia para evitar los incumplimientos del Decreto del lehendakari, Iñigo Urkullu, publicado este sábado en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).
El Departamento de Seguridad recuerda que no existen restricciones al desplazamiento territorial ni limitación horaria para la movilidad nocturna, mientras que la agrupación de personas no está limitada, excepto para aquellas actividades expresamente establecidas como la hostelería.
Asimismo, destaca que es obligatorio usar mascarilla en un vehículo privado cuando viaja más de una persona, excepto cuando sean personas de una misma unidad conviviente, así como a la hora de realizar actividad física y deporte al aire libre, excepto en los momentos extraordinarios de actividad física intensa en exteriores y en caso de competición.
Asimismo, la Ertzaintza remarca que no se puede consumir alcohol en la vía pública, de tal forma que se mantiene la prohibición del consumo de alcohol, tanto en la vía pública, como en recintos exteriores o en reuniones tipo «botellones» o «no fiestas.
Respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, recuerda que deben cerrar a las 22.00 horas, «incluyendo el desalojo de las personas», mientras que se pueden recoger y repartir pedidos de comida en los establecimientos de hostelería con cita previa en el hasta las 22.00 horas. Asimismo, hasta las 23.00 horas solamente se permite el reparto a domicilio.
ÁREAS DE SERVICIO
Por otro lado, los servicios de hostelería y restauración situados en áreas de servicio podrán permanecer abiertos «conforme a su régimen establecido», pero de 22.00 a 6.00 horas, «únicamente para los usuarios en tránsito».
También se recuerda que en las mesas de los establecimientos hosteleros, las agrupaciones de clientes por mesa no podrán superar el número máximo de cuatro y tampoco se pueden unir dos mesas o más para una agrupación de un número mayor de personas, salvo en el caso de convivientes.
Tanto en el interior, como en el exterior, queda prohibido cualquier consumo en barra o de pie y las personas usuarias deberán realizar su consumición sentadas en mesa. Además, el uso de mascarilla será obligatorio permanentemente, salvo en el momento expreso de la ingesta de alimentos o bebidas.
Respecto a los txokos, sociedades gastronómicas y lonjas, la Ertzaintza recuerda que queda prohibido «cualquier tipo de actividad en los txokos, sociedades gastronómicas, lonjas y similares, que deberán permanecer cerrados».
Del mismo modo, los locales de juego y apuestas podrán abrir, pero las personas deberán permanecer sentadas y las agrupaciones no podrán superar el número de cuatro personas. Se deberá guardar además la distancia interpersonal de 1,5 metros entre jugadores.
Estos establecimientos deberán cerrar en cualquier caso como máximo a las 22.00 horas, incluido el desalojo de los clientes, y no podrán abrir al público antes de las 6.00 horas. Por contra, los locales de asociaciones cannábicas deberán permanecer cerrados.
PLAYAS Y PISCINAS
En las playas y piscinas no será exigible el uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre las personas usuarias. Para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas será obligatorio el uso de mascarilla y las agrupaciones de personas, que no deberán ser superiores a cuatro, deberán respetar siempre la distancia interpersonal.
Respecto a los gaztetxes, se establece que aquellos locales que disponen de permiso administrativo para el ejercicio de actividades sociales y culturales podrán realizar actividades o eventos culturales o sociales, no pudiendo finalizar las mismas más tarde de las 22.00 horas, debiendo de respetarse las prohibiciones y suspensiones de actividades establecidas, así como el aforo máximo del 50 por ciento.
También deberán de establecerse las medidas necesarias para el mantenimiento de seguridad interpersonal en sus instalaciones o, en su defecto la utilización de medidas alternativas de protección física y el uso de la mascarilla será obligatorio.
Por contra, los locales que no dispongan del permiso correspondiente se consideran enmarcados en el capítulo de lonjas juveniles y asimilados, y por tanto permanecerán cerrados.
Las junta de propietarios o reunión de vecinos podrán celebrarse de manera presencial cuando se garanticen las medidas de seguridad higiénico-sanitarias, al igual que los ensayos y actuaciones colectivas no profesionales de carácter músico-vocal, aunque deberán contar con un protocolo de medidas preventivas dictadas por la Dirección de Salud Pública y Adicciones.