Denuncia disciplinaria ante el CSD contra la presidenta de la Liga Femenina

La Asociación Transparencia y Democracia en el Deporte de Miguel Galán ha denunciado disciplinariamente a Beatriz Álvarez Mesa, presidenta electa de la Liga Profesional de Fútbol Femenino ante el Comité Superior de Deportes (CSD).

Según la denuncia, «el artículo 32.c) de los Estatutos de la LPFF exige que la persona que opte a la Presidencia no pertenezca, en el momento de su elección, o se comprometa a renunciar en el plazo máximo de quince días en caso de resultar elegida, a ningún órgano de administración o representación, ni ostente cargo de dirección de una Sociedad Anónima Deportiva o club participante en competiciones oficiales de ámbito estatal, ni de cualquier otra asociación o entidad jurídica que organice competiciones oficiales en la modalidad de fútbol o que tenga integradas entre sus miembros a SAD o clubes que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal».

Añade que «en idénticos términos sustanciales se pronuncia el artículo 10.c) del Reglamento Electoral de la LPFF. Asimismo, el artículo 11.2.b) del mismo Reglamento exige que la candidatura incluya, en su caso, los compromisos irrevocables de dimisión, y el modelo oficial de presentación de candidatura a la Presidencia recoge expresamente dicho compromiso en los siguientes términos: ‘Me comprometo a renunciar en el plazo máximo de quince días, en caso de resultar elegido/a, de los cargos que pueda ostentar en los órganos de administración, representación o dirección…’ de las entidades incluidas en la cláusula estatutaria y reglamentaria.

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Para el denunciante «esta exigencia garantiza la independencia estructural de la Presidencia de la LPFF respecto de cualquier entidad que organice competiciones oficiales de fútbol. Su fundamento es evitar que quien dirige la liga profesional femenina ostente simultáneamente cargos de representación o dirección en la entidad federativa que coordina, supervisa y regula su actividad competitiva».

En segundo lugar, explica la asociación denunciante que «D.ª Beatriz Álvarez Mesa adquirió el compromiso expreso de dimisión como condición de su candidatura» y añaden que «D.ª Beatriz Álvarez Mesa presentó su candidatura a la Presidencia de la LPFF / Liga F en el proceso electoral correspondiente a la vacante producida tras la dimisión de la anterior Presidenta».

En tercer lugar, «D.ª Beatriz Álvarez Mesa ostenta el cargo de Vicepresidenta de la Real Federación Española de Fútbol En el momento de presentar su candidatura y, lo que resulta determinante a efectos disciplinarios, en el momento actual, D.ª Beatriz Álvarez Mesa figura como Vicepresidenta de la Junta Directiva de la Real Federación Española de Fútbol».

Sin embargo, transcurrido el plazo de 15 días, «establecido estatutaria y reglamentariamente para formalizar la renuncia al cargo de Vicepresidenta de la RFEF. Sin embargo, a fecha 12 de mayo de 2026, el cargo de Vicepresidenta de la RFEF sigue apareciendo a su nombre en la página web oficial de la institución, sin que conste comunicación alguna de dimisión remitida a la RFEF ni a la LPFF.

Además, añaden que «con fecha 19 de marzo de 2026, el Tribunal Administrativo del Deporte dictó resolución en el Expediente 258/2025 TAD, sancionando a la Presidenta de la LPFF, D.ª Beatriz Álvarez Mesa, con amonestación pública por una infracción del artículo 76.2.a) de la Ley 10/1990, precisamente por incumplimiento de una disposición estatutaria de la propia LPFF, apreciando responsabilidad a título de negligencia por no actuar con la diligencia exigible propia de su cargo.

Y finalizan explicando que «la conducta ahora denunciada no solo encaja en el mismo tipo disciplinario, sino que presenta una gravedad objetivamente superior al tratarse de una obligación de cumplimiento personal, expresa, formalizada en el acto de presentación de candidatura y reiteradamente incumplida. La reiteración de conductas disciplinariamente reprochables en tan breve lapso temporal constituye, conforme al artículo 52.2.a) de los Estatutos de la LPFF, un factor de agravación de la responsabilidad que justifica la imposición de sanción en su grado máximo».

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Medidas solicitadas

Por todo esto, la Asociación de Galán pide, entre otras medidas, que «formule petición razonada al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para la incoación del correspondiente expediente disciplinario frente a Beatriz Álvarez Mesa».

También solicitan que se «tenga por presentado el presente escrito y por formulada denuncia disciplinaria frente a D.ª Beatriz Álvarez Mesa por la posible comisión de las infracciones muy graves de los artículos 76.2.a) de la Ley 10/1990 y 104.1.j), 104.1.i) y 104.2.c) de la Ley 39/2022, en relación con el incumplimiento de la obligación de dimisión como Vicepresidenta de la RFEF en el plazo de quince días desde su elección como Presidenta de la LPFF / Liga F, conforme imponen el artículo 32.c) de los Estatutos y el artículo 10.c) del Reglamento Electoral».

Y que se «acuerde con carácter urgente la práctica de las actuaciones previas necesarias para el esclarecimiento de los hechos, habida cuenta del riesgo de prolongación indefinida de la situación de incompatibilidad y del consiguiente quebranto del principio de independencia institucional de la LPFF respecto de la RFEF».