EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha pasado? El Supremo anula la ordenanza que permitía reformar el Palacio de Deportes de Santa Cruz por falta de evaluación ambiental estratégica.
- ¿Quién está detrás? El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobó la norma en 2022; el Gobierno de Canarias la recurrió.
- ¿Qué impacto tiene? La nulidad deja sin efecto las licencias derivadas y obliga a reiniciar el proceso con informe ambiental.
La obra del Palacio de Deportes estaba llamada a ser el gran proyecto de remodelación deportiva de la capital tinerfeña. El Tribunal Supremo ha frenado en seco esos planes. En una sentencia dictada a finales de julio, la Sala de lo Contencioso ha anulado la ordenanza urbanística provisional que el Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó en mayo de 2022, al considerar que debió someterse a una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), tal y como exigía el Gobierno de Canarias.
El ejecutivo autonómico, entonces presidido por Ángel Víctor Torres (PSOE), acudió al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) al entender que la norma tenía naturaleza de plan urbanístico y, por tanto, requería ese trámite ambiental. El TSJC en primera instancia consideró que no era necesario ese trámite pero el Supremo ha sido tajante: “el cambio de calificación urbanística de la parcela se hace con el propósito de permitir una determinada reforma o ampliación de un equipamiento existente”, lo que comporta “una transformación del espacio que, en principio, no es totalmente inocuo para el medio ambiente”.
El alto tribunal subraya que la evaluación ambiental es “una actividad reglada que se reserva en exclusiva a un órgano especializado”, en este caso la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental de Canarias. La sentencia concluye que la falta de ese trámite esencial conlleva la nulidad de la disposición recurrida y, por tanto, del acuerdo plenario que aprobó el instrumento urbanístico.
El actual Ejecutivo canario, presidido por Fernando Clavijo (Coalición Canaria), defendió durante el proceso que se había cometido un error al dar prevalencia al reglamento del planeamiento regional frente a la norma estatal. La posición del Gobierno regional, que mantuvo el recurso iniciado por su antecesor, fue reconocer que la ordenanza debía someterse a una evaluación ambiental para garantizar que la actuación no tuviera efectos sobre el medio.
La anulación de la ordenanza tiene un efecto retroactivo: la normativa urbanística determina que este tipo de sentencias conlleva “la pérdida de eficacia retroactiva, lo que significa que se considera como si la ordenanza nunca hubiera tenido validez”. Como consecuencia inmediata, los actos administrativos, licencias o edificaciones que se amparaban exclusivamente en esa norma provisional pasan a carecer de cobertura legal. Incluso, si la actuación no es legalizable, podría llegarse a la demolición.
El Tribunal Supremo deja claro que la evaluación ambiental no es un obstáculo superfluo: es una garantía de control sobre el territorio que ningún ayuntamiento puede eludir, ni siquiera el de Santa Cruz.
El Pulso Territorial
La sentencia del Supremo abre una brecha incómoda en la política municipal tinerfeña por una razón que trasciende lo puramente urbanístico: el Gobierno de Canarias que ha ganado el litigio está presidido por Coalición Canaria, el mismo partido que gobierna el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife con José Manuel Bermúdez al frente. Que el ejecutivo autonómico haya llevado hasta el Supremo una ordenanza de su propio compañero de filas evidencia que la protección ambiental se ha convertido en un vector ineludible de la acción institucional, aun a costa de tensionar la disciplina de partido.
En un territorio tan frágil como el archipiélago, donde la presión urbanística y la sensibilidad ecológica conviven con dificultad, este fallo sienta un precedente. La Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental ve reforzado su papel de organismo fiscalizador, y otros ayuntamientos canarios deberán medir ahora con más cautela cualquier cambio de calificación que pueda acarrear una transformación del suelo. Las próximas elecciones municipales —previstas para 2027— llegan con un mensaje claro: el blindaje ambiental no admite atajos, ni siquiera cuando el impulsor del proyecto es un ayuntamiento del mismo color que el Gobierno regional.
Ficha Autonómica
- El caso: El Tribunal Supremo anula una ordenanza urbanística de Santa Cruz de Tenerife por falta de evaluación ambiental estratégica, en un litigio impulsado por el propio Gobierno de Canarias.
- Datos importantes: Ordenanza aprobada en mayo de 2022, Palacio de Deportes Tomé Cano, competencia de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental.
- Resumen: La decisión obliga a reiniciar el planeamiento con informe ambiental, afecta a las licencias derivadas y deja sin cobertura las actuaciones amparadas en la norma anulada.

