La Justicia frena el parque eólico Ourense por riesgo ambiental y limita la transición energética

El auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia suspende el proyecto de ocho aerogeneradores de 180 metros al considerar que la salvaguarda del ecosistema debe primar sobre los objetivos de implantación renovable. La resolución subraya que ninguna norma puede autorizar una in

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado la paralización cautelar del parque eólico Fial das Corzas, previsto en el Macizo Central ourensano, por riesgo ambiental. La decisión, hecha pública ayer por la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega), frena un proyecto de ocho molinos de 180 metros de altura y advierte de que el interés público superior pasa por salvaguardar el entorno natural, por encima de los objetivos de transición energética.

Los argumentos del TSXG: cautela y protección ambiental

El proyecto, que preveía la instalación de ocho aerogeneradores de 180 metros de altura en una zona de alto valor ecológico, amenazaba directamente al Parque Natural do Invernadoiro y a tres Zonas de Especial Conservación: el propio Macizo Central, el Bidueiral de Montederramo y el río Támega. Así lo denunció Adega, que recurrió el parque y logró la suspensión cautelar.

La jueza advierte en el auto que «ningunha norma autonómica ou estatal […] pode autorizar unha industria se esta é susceptible de menoscabar ou degradar de maneira desprotexida un elemento do ecosistema preexistente». En otras palabras, ninguna legislación —galega o estatal— puede permitir un proyecto industrial que ponga en riesgo el medio natural sin las garantías adecuadas. La resolución recoge, además, que la transición energética no puede prevalecer de forma automática sobre la protección ambiental.

Publicidad

Para la Sala, existen indicios de riesgo ambiental suficientes como para activar el principio de precaución. El auto señala que, de no suspenderse ahora el proyecto, una eventual sentencia favorable a los intereses ambientales podría quedar «reducida a papel mollado pola consumación de feitos irreparables» —en castellano, inservible porque los daños ya se habrían consumado—.

El razonamiento de fondo introduce un límite expreso a la doctrina que, en ocasiones, ha acelerado la tramitación de parques eólicos amparándose en la urgencia de la descarbonización. La jueza aclara que la transición energética no goza de un cheque en blanco cuando está en juego la conservación de espacios naturales protegidos.

La transición energética no puede prevalecer de forma automática sobre la protección ambiental.

El pulso entre la eólica y el territorio en Galicia

El caso de Fial das Corzas se inscribe en un escenario gallego de fuerte expansión eólica. Galicia cuenta con cerca de 4.000 megavatios de potencia eólica instalada, según el Instituto Galego de Estatística (IGE), y la Xunta —gobernada por el PPdeG— ha aprobado en los últimos años decenas de nuevos parques con el objetivo de alcanzar el 85% de generación renovable en 2030, tal como establece la Lei Galega do Clima e da Transición Enerxética de 2022.

Sin embargo, el despliegue ha topado con una intensa contestación social: plataformas vecinales y organizaciones ecologistas denuncian afecciones a la biodiversidad, al paisaje y a los recursos hídricos. La judicialización de los proyectos es ya una constante; el TSXG ha admitido a trámite múltiples recursos contra parques eólicos en las provincias de Lugo y A Coruña, algunos de ellos por posible afección a espacios Red Natura 2000.

El Laboratorio Gallego

En el plano político gallego, la decisión del TSXG reabre el debate sobre el equilibrio entre desarrollo renovable y protección ambiental. El PPdeG, que ostenta la mayoría absoluta en el Parlamento de Galicia, defiende una política de impulso a las energías limpias como motor industrial. El BNG, principal fuerza de la oposición, reclama una moratoria eólica en las zonas de mayor valor ecológico y aboga por una «transición ecolóxica xusta». El PSdeG, entre tanto, apuesta por compatibilizar ambas exigencias con una planificación territorial más estricta.

A escala nacional, la sentencia del alto tribunal gallego cobra un significado especial. España persigue el objetivo de que el 74% de la electricidad provenga de fuentes renovables en 2030, según el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). Pero la premura con la que se están tramitando muchos parques ha generado conflictos legales en comunidades autónomas como Castilla y León, Aragón y la propia Galicia. Alberto Núñez Feijóo, presidente del PP nacional y expresidente de la Xunta, ha defendido en repetidas ocasiones el «modelo gallego» de energías renovables como ejemplo de desarrollo sostenible. Esta resolución muestra que, incluso en ese modelo, las cosas no son tan lineales y que la justicia ambiental está ganando terreno.

Publicidad

La paralización cautelar del Fial das Corzas no implica la cancelación definitiva, pero sí que el proyecto deberá someterse al recurso principal y a un examen mucho más riguroso de su impacto ambiental. En los próximos meses, la Sala deberá decidir sobre el fondo del asunto; mientras tanto, otros inversores eólicos observan con atención: un fallo definitivo que confirme los argumentos del TSXG podría establecer jurisprudencia y condicionar futuros desarrollos en toda Galicia.

Ficha del Caso

  • El caso: El proyecto eólico Fial das Corzas, ubicado en el Macizo Central ourensano, ha sido paralizado cautelarmente por el TSXG tras el recurso de Adega.
  • Datos importantes: Ocho aerogeneradores de 180 metros; afección al Parque Natural do Invernadoiro y tres ZEC; auto basado en el principio de precaución y en que la transición energética no prevalece automáticamente sobre la protección ambiental.
  • Resumen: La resolución frena el despliegue eólico al priorizar la conservación del medio natural y refleja la creciente tensión en Galicia entre los objetivos climáticos y la protección del territorio.