El Tribunal de Cuentas entra en la reclamación a David Sánchez de 340 mil euros

Las acusaciones del Caso David Sánchez reclaman que, tanto el hermano del presidente como el funcionario amigo, Luis Carreras, devuelvan todo el dinero cobrado de la Diputación de Badajoz una vez que la sentencia los declaró culpables de prevaricación y condenados a 9 años de inhabilitación para ejercer cargo público. En el caso de David Sánchez, las acusaciones de Iustitia Europa, Vox y Hazte Oír consideran que sus retribuciones fueron de un total de 340.572,36 euros y de 86.988,76 euros las correspondientes a Luis Carrero. Entre los dos, hacen un total de 427.561,12 euros.

Las dos formaciones políticas y la asociación, junto con el portavoz del Partido Popular en la diputación pacense, Juan Antonio Barrios García, presentaron ante el Tribunal de Cuentas esta reclamación en ejercicio de la acción pública por «una posible responsabilidad contable de los hechos recogidos en la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz de 14 de julio de 2026, en relación con la creación de dos puestos de trabajo en la Diputación Provincial de Badajoz».

Una diligencia de ordenación del Tribunal de Cuentas acepta la personación en esta nueva causa y da cinco días de plazo a la Diputación Provincial de Badajoz «como entidad pública presuntamente perjudicada por los hechos a que se refieren las denuncias, a fin de que pueda alegar sobre la procedencia de acordar el nombramiento de Delegado Instructor para que practique las diligencias previstas en el artículo 47 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas -LFTCU-, o bien el archivo de las presentes actuaciones». El plazo expira hoy día 9 de septiembre.

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El letrado del tribunal de Cuentas añade que «posteriormente, haya presentado o no alegaciones la citada Diputación Provincial, se concederá idéntico trámite al Ministerio Fiscal; finalmente, una vez haya sido evacuado el trámite por el Ministerio Público, se dará audiencia a los actores públicos, por idéntico plazo, a fin de que puedan realizar las alegaciones que tengan por convenientes».

De esta manera es el propio Tribunal de Cuentas quien se hace cargo de este asunto y pregunta directamente a la Diputación si se siente perjudicada o, por el contrario, pide archivar la reclamación de ese dinero. La lógica sería que, al existir una sentencia condenatoria, la Diputación se personase como perjudicada por el pago de esos dos sueldos.

Si la Diputación pidiera el archivo no implica que el Tribunal se quede inmóvil, muy al contrario solicitará a la Fiscalía un informe al respecto, al igual que a los acusadores y luego decidirá si continúa adelante con la reclamación o no, a pesar de lo que estime la Diputación.

El sueldo de David Sánchez

A finales del mes julio las acusaciones populares reclamaron la devolución de 340.572 €, el sueldo percibido durante su contratación por la Diputación de Badajoz. La reclamación se hizo ante el Tribunal de Cuentas y ante la Audiencia Provincial que dictó la sentencia condenatoria.

Hazte Oír, acusación popular en el caso, presentó dos escritos para recuperar el dinero público abonado a David Sánchez: un recurso ante la Audiencia Provincial de Badajoz y una denuncia ante el Tribunal de Cuentas. La sentencia lo condenó a nueve años de inhabilitación por prevaricación, pero no ordenó devolver las nóminas. Hazte Oír, Vox e Iustitia Europa abrieron la vía contable que la propia resolución dejó abierta.

Ante el Tribunal de Cuentas reclamaron el reintegro provisional de 340.572 €, más intereses, cobrados entre 2017 y 2025 por un puesto creado a medida y sin función real. La denuncia también solicitaba investigar a quienes crearon, adjudicaron y pagaron esa plaza, y que se ejecutaran embargos preventivos sobre los responsables. Ante la Audiencia Provincial de Badajoz Hazte Oír solicitó que se remitiese al Tribunal de Cuentas toda la documentación sobre las retribuciones y el contrato, para que se cuantifique el perjuicio a las arcas públicas.

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La reclamación se hizo en base a que «la Sentencia 152/2026, de 14 de julio, dictada en las presentes actuaciones, no contiene pronunciamiento sobre la responsabilidad civil derivada de los delitos objeto de condena, al no haber sido ejercitada la acción por quienes ostentaban legitimación para ello, resultando no obstante de sus hechos probados un menoscabo en los caudales de la Diputación Provincial de Badajoz derivado de las retribuciones satisfechas por la plaza creada y provista en la forma que la propia resolución declara».

Los letrados de la asociación Hazte Oír señalaban que «el artículo 18.2 de la Ley Orgánica 2/1982, del Tribunal de Cuentas, y el artículo 49.3 de la Ley 7/1988, de Funcionamiento del mismo, disponen que, cuando los hechos fueren constitutivos de delito, el Juez o Tribunal que entendiere de la causa ‘se abstendrá de conocer de la responsabilidad contable nacida de ellos, dando traslado al Tribunal de Cuentas de los antecedentes necesarios al efecto de que por éste se concrete el importe de los daños y perjuicios causados en los caudales o efectos públicos'».

Ahora ya solo falta saber qué hará la Diputación de Badajoz, de signo socialista.