La Audiencia Nacional rechaza la cautelarísima del SUP y avala el dispositivo de acogida del Puerto de Ceuta.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha ocurrido? La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelarísima del Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra el dispositivo de acogida de migrantes en el Puerto de Ceuta.
- ¿Dónde y cuándo? En las parcelas de la ampliación de Poniente del puerto ceutí, con resolución notificada este jueves 17 de septiembre de 2026.
- ¿Qué resultado? El dispositivo permanece operativo y el recurso contencioso-administrativo del sindicato sigue su tramitación por la vía ordinaria.
Una cautelarísima rechazada por la vía de máxima urgencia
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la medida cautelarísima con la que el Sindicato Unificado de Policía (SUP) pretendía paralizar la ocupación, ampliación, instalación y puesta en funcionamiento efectiva del dispositivo de acogida en las parcelas de la ampliación de Poniente del Puerto de Ceuta.
La petición del sindicato quedaba condicionada a que se acreditara previamente el cumplimiento de las condiciones de compatibilidad portuaria, protección, emergencias y prevención de riesgos laborales en la zona portuaria. La resolución, difundida por la Oficina de Comunicación del Poder Judicial, se adopta en la fase cautelar del procedimiento y no prejuzga el fondo del asunto, que continuará tramitándose ante el mismo tribunal.
Qué pedía el SUP y qué mantiene la Sala de lo Contencioso-Administrativo
El origen del litigio está en la Resolución del ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, adoptada a instancias de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esa resolución habilitó la utilización de las parcelas de la ampliación de Poniente del puerto para la acogida de migrantes. El SUP recurrió la decisión ante la Audiencia Nacional y, dentro de ese recurso, activó la cautelarísima, la vía más rápida que contempla la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las reservas del sindicato policial se centran en las condiciones de compatibilidad portuaria y de seguridad laboral del personal destinado en la zona. El control fronterizo y la vigilancia del recinto portuario corresponden a la Policía Nacional, mientras que la Guardia Civil opera en el ámbito marítimo y en el resguardo fiscal del Estrecho. El mantenimiento del dispositivo exige, además, tener activos los protocolos de protección civil, emergencias y prevención de riesgos en una infraestructura portuaria que continúa en funcionamiento.
El dispositivo del Puerto de Ceuta sigue operativo con la Policía Nacional al frente del control fronterizo tras el rechazo judicial de su suspensión.
La decisión llega este jueves 17 de septiembre de 2026 y tiene un efecto inmediato: el dispositivo de acogida, conocido popularmente como el campamento del Puerto de Ceuta, no se suspende. El recurso contencioso-administrativo, sin embargo, sigue vivo y la Sala podrá pronunciarse más adelante sobre las cuestiones de fondo que plantea el sindicato, entre ellas las condiciones de seguridad y de prevención de riesgos laborales del personal que presta servicio en el entorno portuario.
El Contexto Operativo
Ceuta es una de las dos fronteras terrestres de la Unión Europea con África y la ciudad más densamente poblada de España: en torno a 83.000 habitantes repartidos en 18,5 kilómetros cuadrados, según los datos del padrón que publica el Instituto Nacional de Estadística. Esa realidad geográfica explica que cualquier dispositivo de acogida temporal en suelo ceutí se planifique con criterios de seguridad reforzados y con supervisión permanente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
La Policía Nacional mantiene unidades permanentes en la frontera del Tarajal y en el entorno portuario, y la Guardia Civil cubre el ámbito marítimo y el resguardo fiscal del Estrecho de Gibraltar. Ese despliegue sostiene el control de un paso fronterizo con un volumen de tránsito elevado de personas y mercancías, y es la base sobre la que se articulan los protocolos de seguridad que acompañan a cualquier instalación temporal autorizada en la ciudad autónoma.
El procedimiento judicial seguirá su curso por la vía ordinaria. La Audiencia Nacional resolverá sobre el fondo del recurso y, en paralelo, el dispositivo de acogida mantendrá su actividad mientras las administraciones competentes acreditan las condiciones de compatibilidad portuaria, protección, emergencias y prevención de riesgos laborales que reclama el sindicato policial.
Hasta entonces, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado mantienen su despliegue habitual en la ciudad y el dispositivo del Puerto de Ceuta continúa operativo bajo supervisión administrativa y judicial.

