El Tribunal Constitucional ha extinguido los recursos de amparo de Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva tras aplicarles el Supremo la amnistía de la malversación. El Pleno los da por amnistiados este 4 de noviembre con dos sentencias unánimes y sin entrar al fondo del asunto.
Qué ha decidido el Constitucional: dos sentencias y unanimidad
El Pleno ha declarado la pérdida sobrevenida de objeto de los dos recursos —la fórmula procesal que se aplica cuando la pretensión se queda sin sustento antes de que el tribunal llegue a resolverla—. El argumento, según la nota difundida por el Tribunal Constitucional, es que con la medida de gracia ya aplicada «queda agotado el legítimo interés esgrimido en ambos recursos de amparo, por lo que procede su extinción».
El desencadenante está en el recurso de amparo (la vía para invocar ante el Constitucional la vulneración de derechos fundamentales) que presentó la exconsejera Dolors Bassa contra las mismas resoluciones del Supremo. Cuando la corte de garantías estimó su recurso, la Sala de lo Penal —el órgano que juzgó el procés— acordó extender los efectos «al resto de los condenados afectados por la misma ejecutoria» y declarar extinguida su responsabilidad criminal, con archivo definitivo. Con ese paso, los amparos de los tres dirigentes se quedaban sin objeto.
Los argumentos que el Pleno no llega a examinar
Los recursos no eran idénticos. Turull sostuvo que las resoluciones impugnadas habían hecho una interpretación «extensiva y contraria a reo» de la excepción de la ley de amnistía relativa al propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial. Añadió que se había activado la excepción de la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea apoyándose en un riesgo de secesión que la propia sentencia condenatoria consideró que no fue real.
Junqueras y Romeva centraron el reproche en que el Supremo interpretó esas mismas excepciones de forma «irrazonable», vaciando el contenido de la norma, y en que apreció un propósito de enriquecimiento y una afectación de intereses europeos que no habían sido objeto de debate contradictorio ni figuraban en la sentencia. Alegaban vulneración de la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad penal, el proceso con todas las garantías, y el derecho de participación política.
El Constitucional no revisa el fondo: constata que el Supremo ya ha extinguido las condenas y cierra los amparos sin pronunciarse sobre la malversación.
Del aval a la malversación a la orden al Supremo
El Supremo aplicó la amnistía el pasado octubre, más de dos años después de la entrada en vigor de la ley y tras el aval del Constitucional al perdón de la malversación. Lo hizo la Sala de lo Penal que juzgó el procés, con Manuel Marchena como ponente, declarando extinguida la responsabilidad criminal de Junqueras, Romeva, Turull y Bassa. La corte de garantías había ordenado amnistiar tanto a los condenados como a los procesados que no fueron juzgados por haber huido: Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig.
Los magistrados del Supremo acompañaron la decisión con una crítica explícita al Constitucional. Reprocharon «la innecesaria grandilocuencia» del tribunal de garantías, que a su juicio «revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional».
Qué implica: inhabilitaciones extinguidas y el pulso entre tribunales
Junqueras tenía 13 años de inhabilitación y Romeva, Turull y Bassa, 12. Esas penas, las que les apartaban de la vida pública, quedan extinguidas. Las de prisión ya habían sido indultadas por el Gobierno años antes, de modo que la amnistía cierra el último fleco de la condena. La ejecutoria queda archivada.
Queda por concretar la situación de Puigdemont, Comín y Puig, procesados y no juzgados, a quienes el Constitucional ordenó amnistiar por malversación. En su caso no hay condena que extinguir, sino actuaciones abiertas sobre las que el Supremo debe aplicar el criterio que ya ha fijado.
El choque institucional no se cierra. El Constitucional firma dos sentencias unánimes sin entrar al fondo; el Supremo las acata y las critica a la vez. El pulso entre ambos tribunales sigue abierto aunque la malversación quede cerrada para los cuatro condenados. No hay vuelta atrás procesal para ellos.
⚖️ Datos del caso
- Órgano judicial: Pleno del Tribunal Constitucional; Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, con Manuel Marchena como ponente.
- Fase procesal: Amparos extinguidos por pérdida sobrevenida de objeto; responsabilidad criminal extinguida y ejecutoria archivada.
- Implicados: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, condenados ya amnistiados; Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, procesados.
- Delito: Malversación de caudales públicos, el delito al que el Supremo negó inicialmente la amnistía.
- Próximos pasos: Sin recurso ulterior contra las sentencias del Pleno; pendiente de confirmación oficial el encaje de las causas de los procesados.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? El Pleno del Constitucional extingue por unanimidad los amparos de Junqueras, Turull y Romeva al haberles aplicado el Supremo la amnistía.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? Los tres dirigentes, ya amnistiados, la Sala de lo Penal del Supremo y la exconsejera Dolors Bassa, cuyo amparo abrió la vía.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? No cabe recurso contra las sentencias del Pleno y la ejecutoria queda archivada; resta concretar las causas de los procesados.
