La jueza de la DANA en Catarroja mantiene como víctima mortal a una vecina que pasó 30 horas sin oxígeno.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha pasado? La instructora rechaza excluir de la causa a una fallecida cuya muerte el Instituto de Medicina Legal no vincula con las riadas.
- ¿Quién está detrás? La jueza Nuria Ruiz Tobarra, el TSJCV y el órgano forense de la Comunitat Valenciana.
- ¿Qué impacto tiene? El sumario conserva 234 víctimas mortales y amplía el objeto de una causa que ya investiga a dos exaltos cargos de Emergencias.
El auto, notificado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (el TSJCV, el máximo órgano judicial valenciano por debajo del Tribunal Supremo), mantiene la condición de víctima mortal de la fallecida y su muerte dentro del objeto del procedimiento. Lo firma la magistrada instructora Nuria Ruiz Tobarra y puede recurrirse en reforma y apelación, de modo que el pulso jurídico sigue abierto.
La mujer, vecina de Catarroja, padecía una leucemia y necesitaba oxigenoterapia y ventilación mecánica no invasiva en su domicilio. El 29 de octubre de 2024 se quedó sin suministro de oxígeno durante cerca de 30 horas. Esa interrupción actuó como desencadenante de una «descompensación respiratoria aguda» que la llevó al hospital el 30 de octubre. Murió el 12 de noviembre.
El informe del Instituto de Medicina Legal sostiene otra lectura. La mujer arrastraba una enfermedad hematológica previa grave diagnosticada desde mayo y, «desde una perspectiva médico legal», no existe «una relación de causalidad entre la causa del fallecimiento y la falta de oxigenoterapia». Los forenses no discuten que faltara el oxígeno. Discuten que esa falta explique la muerte.
La instructora responde con una figura intermedia: la concausa. En la resolución destaca el hecho básico plenamente acreditado por los familiares —las casi 30 horas sin suministro— y concluye que ese episodio «habría de configurarse cuanto menos como concausa en el fallecimiento».
Entre el «no consta» del forense y el «pudo contribuir» de la jueza cabe una familia que lleva dos años esperando una explicación.
El razonamiento se apoya en dos elementos. El primero, «su delicadísimo estado de salud», que convertía, cualquier corte de suministro, en un riesgo extremo. El segundo es más incómodo para la Administración: la «falta de previsión sobre las medidas a adoptar», que «indudablemente afectaba a personas con patologías de extrema gravedad». Por eso la jueza considera que debe mantenerse la relación de causalidad al objeto de investigar el fallecimiento dentro de esta causa.
Lo que el auto cambia en una causa con 234 víctimas
La cifra que maneja el sumario son 234 víctimas mortales. Cada una entra en el procedimiento con su propio expediente médico y su propia decisión administrativa detrás. En este caso, el criterio clínico y el criterio judicial aparecen separados de forma expresa y documentada: los forenses dicen que no hay causalidad; la jueza dice que hay concausa. La diferencia no es semántica: de ella depende que esa muerte se investigue o se archive.

La mujer ya figuraba como víctima en el auto de 10 de marzo de 2025. En esa misma resolución adquirieron la condición de investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. La causa, por tanto, no se limita a contar fallecidos: examina si las decisiones de emergencia de la noche del 29-O fueron las que debían ser y si hubo previsión para quienes dependían de un equipo médico en casa.
El Escenario Valenciano
La causa de la DANA avanza en los juzgados mientras la política valenciana hace equilibrios. El Consell de Juanfran Pérez Llorca, el ejecutivo autonómico que sostiene el pacto entre PP y Vox, gestiona la reconstrucción con el sumario abierto al fondo: cada auto que admite una concausa obliga a revisar qué se previó y qué no, y las normas de emergencia aprobadas por decreto y publicadas en el DOGV vuelven a la mesa.
El expresident de la Generalitat Carlos Mazón, hoy diputado en las Corts Valencianes (el parlamento autonómico, con 99 escaños), sigue siendo la figura central de un proceso que aún no ha delimitado responsabilidades. La oposición —PSPV y Compromís— usa cada resolución para reclamar comparecencias y ejecución de fondos. El pacto aguanta, por ahora.
La dimensión nacional no es menor. Lo que se dirime en Catarroja afecta a todo el sistema de protección civil: hasta dónde llega la responsabilidad institucional cuando una catástrofe deja sin servicio a personas que dependían de él.
Los precedentes sirven de marco, no de respuesta. En la riada de Biescas de 1996 murieron 87 personas; en las inundaciones de Murcia de 2012, una decena. Ninguno se dirimió con el detalle clínico que ahora exige el juzgado. El Gobierno de Pedro Sánchez sigue el asunto desde el Congreso de los Diputados, donde la DANA es comparecencia recurrente, y el Consorcio de Compensación de Seguros mantiene expedientes abiertos en los mismos domicilios.
La proyección es doble. En lo judicial, el auto puede ser recurrido en reforma y apelación, y la causa seguirá sumando resoluciones sobre casos individuales. En lo político, el Consell de Pérez Llorca afronta el tramo largo de la reconstrucción con los fondos europeos y estatales pendientes de ejecución y con las Corts como caja de resonancia de cada auto. La reconstrucción se juega en los juzgados tanto como en los presupuestos.
Ficha del Caso
- El caso: La jueza de Catarroja mantiene como víctima mortal de la DANA a una vecina que se quedó sin oxígeno unas 30 horas, pese al informe forense que no aprecia relación causal.
- Datos importantes: 234 víctimas mortales en el sumario; auto de 10 de marzo de 2025 con Salomé Pradas y Emilio Argüeso como investigados; fallecimiento el 12 de noviembre de 2024; resolución recurrible en reforma y apelación.
- Resumen: La concausa abre la puerta a investigar la falta de previsión con pacientes dependientes de un equipo médico, un debate que trasciende Valencia y afecta al sistema estatal de emergencias.

