El Consejo Escolar del Estado aprueba que los alumnos puedan obtener el título de Bachiller con un suspenso

El Consejo Escolar del Estado, órgano de participación donde está representada la comunidad educativa, ha aprobado el informe de ponencia sobre el Proyecto de Real Decreto que recoge la posibilidad de que los alumnos puedan obtener el título de Bachillerato con una asignatura suspensa.

Este órgano se ha reunido este jueves para abordar varios proyectos de Reales Decretos educativos, entre los que destaca el que regula la evaluación y las condiciones de promoción de la Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, así como las condiciones de titulación.

Durante la reunión, el Consejo ha aprobado su informe de ponencia, elaborado el pasado 13 de julio, que no modifica ningún aspecto, más allá de lo técnico, sobre el proyecto normativo.

El proyecto de Real Decreto del Ministerio desarrollaría la nueva Ley educativa (la LOMLOE, también conocida como ‘Ley Celaá’), aprobada en diciembre del año pasado. Esta Ley establece que para obtener el título de Bachillerato será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos, pero abre la posibilidad de que el equipo docente pueda decidir que un alumno obtenga el título si se da el caso de que tenga una asignatura suspensa.

Para estos casos, se deberán cumplir los siguientes requisitos: que el estudiante no haya faltado a clase de manera continuada y de manera injustificada y que haya alcanzado los objetivos y competencias vinculados al título.

El proyecto de Real Decreto desarrolla las líneas generales de la nueva Ley, al permitir que el alumnado pueda obtener el título de Bachillerato con una asignatura suspensa. Así, impone las mismas condiciones que la norma educativa, además de otras dos: que el alumno se haya presentado a todas las pruebas y realizado todas las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria; y que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa sea igual o superior a un 5.

El Consejo Escolar del Estado elaboró su informe de ponencia el pasado 13 de julio, documento en el que figuraban sus apreciaciones a este borrador de Real Decreto, la mayoría de ellas de carácter técnico, y ninguna sobre los contenidos nucleares sobre evaluación y promoción de Primaria, Secundaria, Bachillerato o FP. De hecho, al final de dicho documento, el Consejo da su visto bueno al contenido del Real Decreto en sus «observaciones sobre los aspectos educativos de la norma».

El Consejo Escolar del Estado considera positiva la tramitación del presente proyecto de Real Decreto con el fin de que a comienzos del próximo mes de septiembre puedan ser de plena aplicación aquellos aspectos de la evaluación, promoción y titulación previstos en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación», recoge el documento, que ha sido aprobado este jueves por una amplia mayoría, según han confirmado a Europa Press fuentes presentes en la reunión.

Sin embargo, estas mismas fuentes aseguran que este proyecto de Real Decreto tiene carácter transitorio, dado que tan pronto como se aprueben los currículos, habrá que volver a regular los nuevos criterios de evaluación, promoción y titulación.

Asimismo, precisan que el hecho de que haya sido aprobado por mayoría, no significa que no haya organizaciones que estén en contra del informe de la ponencia.

De hecho, algunas han realizado ciertas observaciones al respecto, como es el caso del sindicato ANPE, que ha presentado una enmienda para intentar incorporar otro requisito más para poder permitir que un alumno obtenga el título de Bachillerato con una asignatura suspensa: «que la materia no superada no pertenezca al grupo de asignaturas o materias troncales generales». Sin embargo, esta enmienda ha sido rechazada y, por tanto, no se incluirá en el informe de la ponencia del Consejo.