El Supremo da el primer paso para cercar a Puigdemont por terrorismo

El Tribunal Supremo (TS) se mueve en el caso Tsunami Democràtic, en el que Carles Puigdemont se enfrenta a un posible delito de terrorismo. El Alto Tribunal ha solicitado a la Fiscalía que informe sobre la competencia y el contenido de la exposición razonada donde el juez de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García Castellón pedía investigar al líder de Junts, prófugo de la Justicia y residente en Waterloo por presuntos delitos de terrorismo por los disturbios supuestamente orquestados por Tsunami Democrátic en el otoño de 2019 en respuesta a la sentencia del ‘procés’.

Estos altercados se produjeron en el aeropuerto de El Prat e impidieron el acceso al cambio de turno de los controladores aéreos de la torre de Gavá, gestionada y operada por Enaire. Asimismo, Aena y la propia empresa pública pusieron de manifiesto la afectación del bloqueo de la infraestructura crítica, cuando España estaba en nivel 4 por alerta terrorista. Además, el juez García Castellón pidió un informe para conocer si el corte de las carreteras habrían impedido la asistencia sanitaria a un ciudadano francés, que falleció en esos momentos.

JUAN RAMÓN BERDUGO, EL PONENTE QUE ESTUVO EN EL JUICIO DEL PROCÉS

Además, la Sala de lo Penal designa al magistrado Juan Ramón Berdugo como ponente para que haga su propuesta sobre si procede o no admitir el asunto remitido por el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6.

Se trata del primer movimiento del TS tras la exposición razonada que García Castellón le envió el pasado noviembre para que el alto tribunal investigue a Puigdemont, a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y otras 10 personas por presuntos delitos de terrorismo.

En un escrito de 101 páginas, recogido por Europa Press, el instructor indicó que existían «indicios de la participación en la comisión» de hechos por parte de todos ellos «susceptibles de integrar un delito de terrorismo».

El ponente pertenece al Supremo desde 2004, tras incorporarse de la Audiencia Provincial de Córdoba. Entre otros hechos, ha dictado sentencias en el caso Wanninkhof, así como la absolución de Francisco Camps y el caso de los trajes. Sus sentencias son conocidas por ser quirúrgicas, impecables en el aspecto técnico y motivadas con argumentos jurídicos muy certeros.

PUIGDEMONT, SUPUESTO LÍDER DE TSUNAMI DEMOCRÀTIC

El juez situó a Puigdemont en el «vértice más alto de la organización» de Tsunami Democràtic, indicando que su posición como ex president y «líder desde Bruselas del independentismo le atribuye una posición de autoridad incuestionable».

Junts ha advertido a Sánchez que estarán vigilantes al cumplimiento punto por punto de su pacto, empezando por la ley de amnistía
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Entonces, se basó en los mensajes a través del móvil entre su jefe de gabinete, Josep Lluís Alay, y el empresario Jesús Rodríguez, las anotaciones de la agenda del primero o el impulso de Puigdemont a través de Twitter del lanzamiento de la plataforma de Tsunami Democràtic.

García Castellón explicó que para «el esclarecimiento de los hechos» era necesaria la práctica de diligencias de investigación que no podía llevar a cabo dada la condición de aforado tanto de Puigdemont como del diputado del Parlament de Cataluña Rubén Wagensberg.

PUIGDEMONT, SIN PODER IMPUTARLE POR SER AFORADO

Antes de elevar exposición razonada al Supremo, el instructor dirigió la investigación contra Puigdemont, ofreciéndole comparecer voluntariamente, al no poder imputarle directamente debido a su condición de aforado, e imputó a Rovira, entre otras personas.

La Fiscalía recurrió esa primera decisión de dirigir las pesquisas contra Puigdemont al considerar, por un lado, que no hay indicios «suficientes» contra él y, por otro, que la AN «no es competente» para investigar el caso porque los hechos no serían constitutivos de delitos de terrorismo sino, a lo sumo, de desórdenes públicos.

La semana pasada, García Castellón rechazó el recurso de reforma presentado por la Fiscalía contra la petición del juez al TS, si bien aún queda pendiente que la Sala de lo Penal de la AN resuelva el recurso de apelación del Ministerio Público contra el señalamiento a Puigdemont y la calificación de los hechos.