El TSXG confirma como firme la regulación de pisos turísticos en Santiago y desestima el recurso de Aviturga

El alto tribunal gallego rechaza de forma definitiva los argumentos de Aviturga y confirma que el Concello de Santiago puede prohibir nuevas viviendas turísticas en su casco histórico. La sentencia, firme desde el 25 de junio, despeja el camino para aplicar una normativa que otro

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de la asociación de propietarios de viviendas turísticas Aviturga contra la regulación municipal que limita los pisos turísticos en el Casco Histórico de Santiago de Compostela. La sentencia, declarada firme el pasado 25 de junio, confirma la legalidad de una normativa que llevaba tres años y medio pendiente de litigios y que marca un antes y un después en el equilibrio entre turismo y derecho a la vivienda en la capital gallega.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El TSXG rechaza todos los argumentos del recurso de Aviturga y da firmeza a la modificación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) que restringe los pisos turísticos en el centro histórico y su entorno.
  • ¿Quién está detrás? El Concello de Santiago, con respaldo de los tribunales, y la Xunta de Galicia como administración que supervisa el urbanismo. La resolución judicial desmonta las alegaciones sobre competencias aeronáuticas o de la Delegación del Gobierno.
  • ¿Qué impacto tiene? Santiago podrá aplicar sin cortapisas una regulación que otros municipios gallegos y españoles miran como posible modelo. Los propietarios de VUT quedan sin vía de recurso interno.

Un revés judicial que despeja todas las dudas

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG ha tumbado cada uno de los argumentos presentados por Aviturga. El principal escollo legal que esgrimían los recurrentes era la ausencia de informes preceptivos de la Dirección General de Aviación Civil y de la Delegación del Gobierno en Galicia. Sin embargo, los magistrados consideran que esos informes “no resultan relevantes” porque la modificación del PXOM se limita a categorizar nuevos usos del suelo sin alterar las servidumbres aeronáuticas ni las condiciones acústicas ya vigentes. La sentencia subraya que la memoria urbanística ya advertía que no se modificaban las competencias aeronáuticas.

En cuanto a la Delegación del Gobierno, el tribunal señala la “falta de mayor precisión” de los demandantes para explicar en qué podría afectar su omisión, y la califica de irrelevante. La regulación compostelana queda así blindada por el máximo órgano judicial gallego y sin posibilidad de recurso de casación ante el Supremo, ya que el plazo expiró sin que Aviturga lo presentara.

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La decisión del TSXG no solo resuelve un largo litigio: cierra la puerta a interpretaciones sobre supuestas invasiones competenciales y avala que un ayuntamiento puede actuar para frenar la turistificación de su casco patrimonial.

El origen de la norma se remonta al pleno municipal extraordinario del 16 de febrero de 2023, cuando el consistorio compostelano aprobó la modificación del título 3 del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) para prohibir la apertura de nuevas viviendas turísticas en el Casco Histórico —zona declarada Patrimonio Mundial de la Humanidad por la Unesco— y establecer límites en otros barrios. Aviturga recurrió alegando falta de motivación, vulneración del derecho a la propiedad y arbitrariedad, pero la sala los desestima por genéricos e infundados.

La vivienda turística como hospedaje, un acierto urbanístico

Otro de los puntos centrales del fallo es la definición de las viviendas de uso turístico (VUT) como actividad de hospedaje. Aviturga sostenía que era un error, pero el TSXG recuerda que el artículo 111 de las normas urbanísticas del PXOM ya define el uso de hospedaje como aquel que provee alojamiento temporal no residencial. Incluir las VUT en esa categoría es, según la sentencia, “adecuado y conforme a la normativa”, porque en esencia cubren necesidades temporales de turismo o motivos laborales, no de vivienda habitual.

El fallo rechaza también que la regulación obedezca a “un mero interés político”, como sostenía la asociación. Los magistrados recuerdan que la memoria justificativa del ayuntamiento argumenta la medida en la necesidad de proteger el uso residencial del centro histórico y garantizar el derecho a la vivienda de los residentes habituales, un interés general que está dentro de las competencias municipales.

La portavoz del gobierno local, Miriam Louzao, confirmó en rueda de prensa que la firmeza de la sentencia pone fin a dos años de incertidumbre. Ya en febrero de 2026 el TSXG había desestimado otro recurso contra la misma normativa, pero quedaba este, que ahora cierra definitivamente cualquier litigio. Santiago cuenta así con una herramienta urbanística consolidada para ordenar el alojamiento turístico, un debate que se replica en ciudades como Barcelona, San Sebastián o Palma.

El Laboratorio Gallego

La resolución judicial trasciende lo local. Galicia, con su particular entramado de competencias autonómicas y municipales, funciona a menudo como un laboratorio de conflictos urbanísticos que luego escalan al debate nacional. En este caso, la sentencia del TSXG valida una estrategia municipal que combina la protección del patrimonio histórico con la regulación del mercado de alquiler vacacional, un modelo que muchos municipios del resto de España observan con atención. La capital gallega ejemplifica cómo una ciudad media, pero con fuerte presión turística, puede intervenir sin vulnerar la legislación estatal o autonómica.

El contexto político gallego añade matices. El Concello de Santiago está gobernado por una coalición de izquierdas —PSdeG y BNG— mientras que la Xunta de Galicia, presidida por Alfonso Rueda (PPdeG), mantiene su mayoría absoluta. Aunque la regulación urbanística local requiere el visto bueno autonómico, en este caso la Xunta no puso trabas. De hecho, la Consellería de Medio Ambiente Territorial emitió los informes preceptivos sin objeciones de calado. La ausencia de conflicto interinstitucional demuestra que la limitación de los pisos turísticos en zonas tensionadas no es patrimonio exclusivo de una ideología: el PPdeG acató el plan municipal con normalidad, lo que abre la puerta a que otros ayuntamientos gallegos, como A Coruña o Vigo, puedan explorar medidas parecidas sin temor a un bloqueo automático por parte del gobierno autonómico.

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En clave nacional, esta sentencia podría ser citada en los próximos meses por municipios que preparan sus propias normativas. La coincidencia temporal con el debate en el Congreso sobre una ley estatal de vivienda que incluya mayor control del alquiler turístico refuerza el interés. Aunque Alberto Núñez Feijóo no se ha pronunciado directamente sobre este fallo, su partido en Galicia ha aplicado una política de no interferencia que contrasta, por ejemplo, con el bloqueo que la Comunidad de Madrid opuso a ciertas ordenanzas municipales. La proyección inmediata apunta al próximo Consello de Goberno de la Xunta, donde podría abordarse alguna directriz de homogeneización, aunque fuentes de la Consellería de Medio Ambiente Territorial indican a Moncloa.com que no está previsto modificar el marco general.

Ficha del Caso

  • El caso: El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia resuelve el último recurso pendiente contra la regulación de pisos turísticos de Santiago de Compostela, aprobada en 2023 para proteger el Casco Histórico y zonas tensionadas por el turismo.
  • Datos importantes: La sentencia, firme desde el 25 de junio de 2026, desestima todos los argumentos de Aviturga; el plazo para recurrir al Supremo expiró sin que la asociación lo hiciera. La normativa prohíbe nuevas VUT en el centro histórico y limita su implantación en otros barrios.
  • Resumen: Santiago consolida un modelo de intervención urbanística frente al alquiler vacacional que servirá de referencia en Galicia y en otras ciudades españolas, en un momento de creciente debate nacional sobre el derecho a la vivienda.