Una sentencia del Juzgado de lo Social 7 de Vigo reconoce como accidente laboral la baja de una trabajadora del SAF.
Una baja iniciada en 2023 que la Justicia ya califica como accidente laboral
La resolución, fechada el 1 de septiembre de 2026, estima la demanda de la empleada frente al criterio que la Seguridad Social había fijado en marzo de 2024. El organismo sostuvo entonces que el proceso derivaba de una enfermedad común y negó el vínculo con el puesto de trabajo.
La jueza sostiene lo contrario. Da por acreditado el vínculo entre los episodios de carácter sexual que la trabajadora sufrió durante la prestación del servicio y la baja, iniciada ese mismo día. Lo apoya en la propia Ley General de la Seguridad Social: una patología previa no impide calificar el proceso como accidente de trabajo cuando la actividad profesional agrava el cuadro. El diagnóstico de ansiedad y depresión llegó tras aquellos episodios.
El fallo dibuja algo más que un caso aislado. La trabajadora comunicó a la empresa y al Concello haber sufrido acoso sexual durante su jornada, aunque el protocolo nunca se activó. La CIG ya había denunciado los hechos ante la Inspección de Trabajo, que detectó partes con episodios violentos sin revisión de la evaluación de riesgos ni adaptación de medidas preventivas. El resultado fue una propuesta de sanción de 24.586 euros a la empresa.
El sector lleva años advirtiendo de ese vacío. El SAF, el Servizo de Axuda no Fogar que atiende a dependientes en sus domicilios, acumula denuncias sin respuesta institucional. Hace un año, otra trabajadora fallecía de forma violenta en Porriño tras denunciar acoso sexual. En el caso ahora resuelto en Vigo, la vía penal se archivó por la inimputabilidad del usuario.
El SAF entra cada día en el domicilio de desconocidos, y es el servicio público que menos protección recibe cuando el riesgo se vuelve real.
El sindicato pide que el criterio no dependa de un juez
Pedro Pérez, secretario de Organización de la CIG-Servizos, sostiene que «hay más trabajadoras en la misma situación, pero para muchas es difícil denunciar». El miedo a perder el empleo o a una jornada recortada explica, según el sindicato, que muchas callen. La central reclama que las violencias sexuales sufridas en el puesto sean reconocidas por la Seguridad Social como accidente laboral, «porque son situaciones que se producen por su trabajo, no enfermedades comunes».
Pérez añade una crítica de fondo al modelo. «Este servicio no puede ser un cajón desastre», asegura: no se aplican los filtros necesarios y no debería adjudicarse la ayuda a domicilio a personas con patologías que exigen un recurso específico, porque eso traslada el riesgo a las trabajadoras. La vía judicial, concluye el sindicato, no puede ser la única puerta.
El Laboratorio Gallego
Galicia lleva años siendo el territorio donde antes se tantean las grietas del sistema de dependencia. El SAF es la puerta de entrada del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en los domicilios, y también su eslabón más débil: empleo mayoritariamente femenino, jornadas fragmentadas, y una cadena de responsabilidad repartida entre Concellos, empresa adjudicataria y Xunta. La Consellería de Política Social fija condiciones; los ayuntamientos adjudican; las empresas gestionan el día a día. Ahí, sostienen los sindicatos, nadie acaba de responder.
La lectura nacional es inevitable. El criterio que ahora fija el Juzgado de lo Social 7 de Vigo no nace de una norma autonómica, sino de la interpretación de la Ley General de la Seguridad Social, competencia estatal. Si el fallo se consolida, marcaría un antes y un después para todo el sector en España. El SAF gallego comparte marco con el resto de comunidades: mismo sistema de financiación y la misma dificultad para que la Inspección llegue antes que la tragedia.
La incógnita es si este fallo mueve algo en el Parlamento de Galicia, donde el PPdeG gobierna con mayoría absoluta y el BNG ejerce de primera fuerza de la oposición; el PSdeG trata de recomponer su espacio. Es una carpeta abierta que, por ahora, no ha llegado al centro de la agenda parlamentaria.
Ficha del Caso
- El caso: Una empleada del Servizo de Axuda no Fogar (SAF) sufrió episodios de carácter sexual durante su jornada; su baja por ansiedad y depresión acabó en los tribunales.
- Datos importantes: La baja se inició en febrero de 2023; la Seguridad Social la calificó de enfermedad común en marzo de 2024; el Juzgado de lo Social 7 de Vigo la declaró accidente laboral el 1 de septiembre de 2026. La Inspección de Trabajo propuso sancionar a la empresa con 24.586 euros.
- Resumen: El fallo abre un precedente para que la violencia sexual en el trabajo se reconozca como accidente laboral. La CIG pide generalizarlo al conjunto del sector en España.

