8Quién vigila y cuánto se arriesga: inspecciones y sanciones de hasta 60.000 euros
El decreto no creó ningún cuerpo específico de inspectores ni reforzó los controles. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) reconoció que el plan no aumentaba la frecuencia ni el número de inspecciones, y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que sí vigila a los agentes energéticos, apuntó a las comunidades autónomas como responsables de velar por el cumplimiento. En la práctica funcionaron los mecanismos ya previstos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE): los agentes de la autoridad podían comprobar el termostato y denunciar, mientras las revisiones de eficiencia energética recaían sobre el titular de la instalación, que las encargaba a empresas mantenedoras o técnicos habilitados. El RITE fija la periodicidad según la potencia: cada cinco años entre 20 y 70 kW, y cada cuatro o dos años por encima de 70 kW según la energía empleada. El plan obligó, además, a adelantar antes del 31 de diciembre de 2022 la inspección de los edificios cuya última revisión fuera anterior al 1 de enero de 2021.
Tampoco traía el real decreto-ley un catálogo propio de sanciones: remitía al RITE y a la Ley 21/1992 de Industria, que escala las infracciones en leves, graves y muy graves. Ahí está la cifra que más se repitió entonces: superar la temperatura máxima es una infracción leve y se castiga con hasta 60.000 euros. Por encima quedan las graves, hasta seis millones, y las muy graves, hasta 100 millones, reservadas a incumplimientos dolosos con riesgo o daño severo, difíciles de encajar en un termostato mal ajustado. El Ministerio para la Transición Ecológica insistió en que no ponía el foco en las sanciones y presentaba la medida como un primer paso hacia el ahorro, mientras la potestad de imponerlas recaía en las comunidades autónomas. Conviene recordar que el límite de 19 grados que rebajó el plan estuvo vigente hasta el 1 de noviembre de 2023; el RITE mantiene su propio umbral de 21 grados para la calefacción (y 26 para la refrigeración) cuando se consume energía convencional.

