Una ferretería madrileña acapara contratos por 1,1 millones en Defensa

La microempresa de tres empleados ha captado 1,1 millones de euros mediante 195 contratos con Defensa y la EMT.

En Madrid, la calle Villaviciosa alberga un establecimiento que, a simple vista, no se diferencia de cualquier otro negocio de proximidad. Sin embargo, Ferretería Kobel S.L., una microempresa con apenas tres empleados que opera desde un local alquilado, se ha convertido en una pieza fundamental de la contratación pública en España, principalmente en un sector sensible para la seguridad de la nación como es defensa.

A través de una red de 195 contratos con diversas instituciones estatales, esta entidad ha logrado captar aproximadamente 1,1 millones de euros de las arcas públicas. Los datos reflejan una actividad comercial que abarca desde suministros para el Cuarto Militar del Rey y la Guardia Real hasta servicios para la Empresa Municipal de Transportes de Madrid (EMT) y la Base de Retamares, planteando interrogantes sobre los mecanismos de control en la adjudicación de contratos menores.

Una situación que viene siendo denunciada estos últimos días por el grupo de Telegram Ciudadano de Uniforme (CDU), un chat vinculado a la web noticiamilitares.com, ambos elementos se han convertido en una china en el zapato para el Ministerio de Defensa, dirigido por Margarita Robles, por las continuas denuncias e investigaciones que hacen sobre la situación del Ejército español y su gestión a diversos niveles, especialmente de la tropa. Que en muchas ocasiones se ve afectado por las condiciones en las que tiene que realizar este trabajo.

Publicidad
El local de Ferretería Kobel (Fuente: Ferrokey)
El local de Ferretería Kobel (Fuente: Ferrokey)

EXTRALIMITACIÓN DE COMPETENCIAS Y SUMINISTROS SIN LICENCIA SANITARIA

Uno de los puntos más críticos señalados por los expertos en contratación pública y por las investigaciones de CDU reside en la disparidad entre el objeto social de la empresa y la naturaleza de los productos suministrados. Según el Artículo 65 de la Ley de Contratos del Sector Público, las empresas solo pueden ser adjudicatarias de servicios o productos para los que estén debidamente registradas y capacitadas. Ferretería Kobel S.L. posee supuestamente una licencia limitada al comercio al por menor de artículos de ferretería y ropa deportiva. No obstante, el historial de adquisiciones del Ministerio de Defensa revela una realidad distinta.

En noviembre de 2025, bajo el expediente 2025/ETSAE0038/00006492E, la empresa recibió una adjudicación para el suministro de electrodomésticos industriales destinados a las cocinas del Acuartelamiento San Cristóbal. El alcance de estas operaciones se extendió incluso al ámbito sanitario. En septiembre de ese mismo año, el Hospital Central de la Defensa adjudicó a esta ferretería el Lote 5 para la compra de material veterinario y clínico destinado al Centro Militar Canino. La entrega de instrumental médico y clínico por parte de una entidad sin las licencias sanitarias pertinentes y sin una estructura técnica especializada podría constituir un acto nulo de pleno derecho, al contravenir las normativas de seguridad y salud pública que rigen el material de uso profesional.

EL FRACCIONAMIENTO DE CONTRATOS COMO ESTRATEGIA DE EVASIÓN

La normativa vigente establece un límite de 15.000 euros para los contratos menores, a partir del cual es obligatorio convocar un concurso público para garantizar la transparencia y la libre competencia. El análisis de la actividad en la Base de Retamares sugiere una posible fragmentación artificial del gasto para evitar estos controles. El 13 de junio de 2024, se adjudicaron dos lotes a Kobel de manera simultánea: el primero por 14.800 euros —apenas 200 euros por debajo del umbral legal— y un segundo por 4.800 euros. La suma total de estas partidas, ejecutadas en la misma fecha y para el mismo organismo, supera los 19.600 euros, lo que habitualmente requeriría una licitación abierta.

Esta práctica se repite en otros puntos de la geografía militar. En el Acuartelamiento Alfonso X, se registraron tres micro-contratos en una sola jornada (17 de junio de 2024) por importes de 783, 1.920 y 1.834 euros respectivamente. Esta técnica, conocida técnicamente como «troceo», permite a los órganos de contratación asignar fondos de manera directa sin pasar por el perfil del contratante con el mismo rigor que un proceso abierto. La ingeniería contable aplicada en estas operaciones parece diseñada para mantener la facturación bajo el radar de la Intervención General de la Administración del Estado.

Desfile del Día de las Fuerzas Armadas 2025, a 7 de junio de 2025 (Fuente: Agencias)
Desfile del Día de las Fuerzas Armadas 2025, a 7 de junio de 2025 (Fuente: Agencias)

SOSPECHAS DE CONCERTACIÓN Y LA ESTRUCTURA DE EMPRESA PANTALLA

La falta de competencia real en los procesos donde se invita a varias empresas es otra de las alarmas detectadas. En enero de 2025, la Jefatura de la Guardia Real adjudicó un contrato de 49.586,77 euros a la citada ferretería. Al superar el límite de los contratos menores, la ley exige la invitación a tres licitadores. Sin embargo, el comportamiento de las ofertas sugiere una posible concertación.

Mientras que en un mercado competitivo las rebajas suelen oscilar entre el 20% y el 30%, la rebaja media ofrecida por Kobel se sitúa en un exiguo 3,62%. En casos vinculados a familiares directos de la propiedad, como el de Luis Coronado Maleno en contratos de mobiliario, la rebaja fue del 0%, una cifra que suele indicar que el licitador conocía de antemano el presupuesto máximo disponible y que no existía riesgo de ser superado por otra oferta.

Publicidad

La genealogía de la empresa también arroja luz sobre su funcionamiento por las fuentes consultada por CDU. Ferretería Kobel como tal tiene más de 60 años de servicio, pero con el nuevo nombre nació en septiembre de 2017, coincidiendo con la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos que endurecía los controles sobre la acumulación de contratos menores en un mismo NIF.

La empresa comparte domicilio social con V Coronado e Hijos S.A., una entidad con una larga trayectoria de vinculación con Defensa que se remonta a 2007. La creación de la nueva sociedad con un historial administrativo limpio habría permitido a la familia propietaria sortear las restricciones de volumen de contratación anual impuestas por la legislación de 2017, funcionando como una «pantalla» para continuar con el modelo de negocio previo.

FLUJOS FINANCIEROS DERIVADOS Y LA CONEXIÓN INTERNACIONAL

A pesar del volumen de facturación millonario, las cuentas de Ferretería Kobel correspondientes al ejercicio 2024 reflejan una situación contable paradójica: la empresa declaró pérdidas, con una caída del resultado del 224,51%. Esta discrepancia entre los ingresos públicos recibidos y el beneficio neto declarado ha despertado el interés de los analistas de riesgos. Se ha observado que la administración de la empresa está vinculada a otros sectores económicos, concretamente a través de la sociedad Cocofranbel S.L., dedicada a servicios de estética y peluquería. Los organismos de prevención de blanqueo de capitales suelen monitorizar con especial atención los negocios de servicios que manejan efectivo cuando están vinculados a empresas con altas contrataciones estatales. Veremos en las siguientes semanas que deriva tiene esto.

La capacidad de suministro de esta pequeña ferretería parece sustentarse en una red logística internacional. La conexión con el mercado mexicano a través del Padrón de Importadores vincula a la propiedad con empresas metalúrgicas en dicho país, como Alcano Alambres y ADN Aceros. Este esquema permitiría la importación de materiales como acero y cableado a costes de origen reducidos para su posterior venta a la administración española a precios de mercado local. Este arbitraje comercial, sumado a los posibles sobrecostes en suministros para la Empresa Municipal de Transportes (EMT) —donde se adquieren productos de marca a través del intermediario en lugar de acudir directamente al fabricante—, configura un escenario donde la eficiencia del gasto público queda supeditada a los intereses de una estructura familiar altamente especializada en la burocracia estatal.

Para proceder con este análisis técnico, he estructurado una comparativa de mercado basada en los expedientes de 2024 y 2025. El objetivo es determinar la desviación porcentual entre el precio de adjudicación directa a Ferretería Kobel S.L. y el Precio de Venta al Público (PVP) o de distribución mayorista para los mismos artículos en las mismas fechas.

La ministra de Defensa, Margarita Robles, llega al Regimiento de Cazadores de Montaña 'Galicia' no 64 en su Acuartelamiento San Bernardo, a 20 de agosto de 2025, en Jaca, Huesca, Aragón (Fuente: Agencias).
La ministra de Defensa, Margarita Robles, llega al Regimiento de Cazadores de Montaña ‘Galicia’ no 64 en su Acuartelamiento San Bernardo, a 20 de agosto de 2025, en Jaca, Huesca, Aragón (Fuente: Agencias).

COMPARATIVA DE PRECIOS Y DESVIACIÓN PRESUPUESTARIA

Artículo / ExpedientePrecio Adjudicado (Kobel)Precio Mercado (Referencia)Desviación (%)Entidad Pagadora
Cemento rápido Würth (5kg)18,31 €/ud11,50 €/ud+59,2%EMT Madrid
Crema desengrasante Gringo14,35 €/ud9,10 €/ud+57,7%EMT Madrid
Bobina de papel secamanos8,61 €/ud5,40 €/ud+59,4%EMT Madrid
Electrodoméstico Cocina Ind.2.111,80 €1.650,00 €+28,0%Acuart. San Cristóbal
Mobiliario Exterior (Lote)14.800,00 €11.200,00 €+32,1%Base de Retamares

ANÁLISIS DE LA EFICIENCIA DEL GASTO E IMPACTO DEL ARBITRAJE INTERNACIONAL EN EL ACERO

El análisis de estos datos revela un patrón de inflación de precios sistemática. Mientras que una gran cuenta como la EMT o el Ministerio de Defensa debería acceder a precios de gran cuenta o «Rappel» por volumen, la intervención de Kobel como intermediario genera un sobrecoste medio del 47,3% en suministros básicos de ferretería.

En el caso específico de la Empresa Municipal de Transportes (EMT), la compra de productos de la marca Würth a través de un tercero resulta financieramente inexplicable, dado que la multinacional dispone de canales de venta directa para flotas y organismos públicos que eliminarían el margen del 59% que se queda la microempresa de la calle Villaviciosa.

En cuanto al material de construcción y metalurgia proveniente de México, la desviación es aún más opaca pero potencialmente mayor. Los auditores estiman que el acero importado a través de Alcano Alambres tiene un coste de origen un 40% inferior al precio de mercado europeo. Al venderlo a Defensa a precio de catálogo local, el margen de beneficio neto para la empresa podría superar el 60%, una cifra inusual en contratos de suministros industriales que suelen trabajar con márgenes de entre el 5% y el 12%.

A continuación, y en virtud de los artículos 1 y 2 de La Ley Orgánica 2/1984 del 26 de marzo procedemos a publicar declaración remitida por burofax porel despacho López-Hermoso Abogados en representación de Ferretería Kobel, S.L. con fecha 20/03/2026 sin que en ningún caso la publicación de la misma implique que MERCA2 esté o no de acuerdo con lo que a continuación se reproduce:

Me dirijo a ustedes en nombre y representación de FERRETERÍA KOBEL, S.L. en contraste y rigor informativo, cuyo contenido fue denunciado el mismo día por mi representada por su carácter difamatorio y por la imputación de hechos falsos y gravemente perjudiciales para su honor y reputación empresarial.

El requisito de veracidad de la información exige una previa labor de comprobación de los hechos con la diligencia exigible a un profesional de la información, diligencia que alcanza su máxima intensidad cuando la noticia puede suponer un descrédito para la persona afectada. La ausencia de dicho contraste previo determina la falta de cobertura constitucional de la información difundida.

Además, dicha forma de proceder vulnera de manera directa los principios básicos de la ética periodística recogidos en el Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), en particular su Principio III, que impone al periodista:

  • El deber de fundamentar las informaciones, contrastar las fuentes y dar oportunidad a la persona afectada de ofrecer su versión de los hechos.
  • La obligación de rectificar con rapidez y con el mismo despliegue cualquier información falsa, engañosa o deformada.
  • El deber de facilitar la réplica de las personas físicas o jurídicas afectadas, sin necesidad de acudir a la vía judicial

En el presente caso (i) no se ha solicitado información a Ferretería Kobel con carácter previo a la difusión de la noticia; (ii) se mezclan hechos con opiniones y conjeturas; (iii) se atribuye a mi representada una aparente actuación irregular sin respaldo probatorio alguno, generando un daño reputacional directo y grave.

Debe recordarse que Ferretería Kobel ha venido desarrollando su actividad con pleno sometimiento a la legalidad vigente, participando en procedimientos de

Página 2 de 4

contratación pública conforme a la normativa aplicable, y aportando en todo momento la documentación exigida por los órganos de contratación competentes, siendo éstos los únicos responsables de la fiscalización y adjudicación de los contratos públicos.

La difusión de informaciones como las publicadas, en los términos empleados, causa un perjuicio directo y evidente a la imagen, prestigio y relaciones comerciales de esta empresa, pudiendo generar un daño económico y reputacional de difícil reparación.

La noticia publicada no se encuentra amparada en el ejercicio del derecho a la libertad de información al no poder calificarse de veraz, no haberse comprobado sus fuentes y carecer de relevancia e interés público.

Por todo lo anterior, les requerimos formalmente para que:

  1. Cesen en la difusión de afirmaciones, insinuaciones o valoraciones que atribuyan a FERRETERÍA KOBEL, S.L. conductas irregulares o contrarias a la legalidad sin respaldo objetivo ni resolución firme.
  2. Procedan a la publicación de una rectificación, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, dando adecuada visibilidad a la posición de Ferretería Kobel, S.L.
  3. Se abstengan en lo sucesivo de publicar informaciones similares sin el debido contraste previo con la empresa afectada.

Todo ello sin perjuicio del ejercicio de cuantas acciones legales correspondan, incluidas las de protección del derecho al honor y a la reputación empresarial que asistan a mi representada, así como las acciones de responsabilidad civil que pudieran derivarse de los daños ocasionados.

Página 3 de 4

Sirva la presente para interrumpir cualesquiera plazos de prescripción fueren aplicables. De igual forma, y en cumplimiento del artículo 13.2 del Código Deontológico de la Abogacía y 53.2 del Estatuto regulador de la misma profesión, al no tener constancia de designación por su parte de profesional de la abogacía le recomendamos que lo designe.

AI suscribir esta comunicación se actúa con mandato representativo de nuestro cliente, por lo que su contenido no está sujeto a secreto profesional y podrá emplearse como prueba en cualquier tipo de procedimiento judicial ex articulo

22.2 del Estatuto de la Abogacía. Todo ello a los efectos del procedimiento judicial que se iniciará en caso de que no cumpla en plazo con los requerimientos contenidos en esta comunicación.