El TSJC anula la tasa de basura de Las Palmas de Gran Canaria por deficiencias en la memoria económica

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera que el estudio económico no justifica los costes reales del servicio ni los criterios de reparto. La ordenanza, aprobada en abril de 2024, queda sin efecto.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la tasa de recogida de basura del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria por falta de una justificación económica adecuada.
  • ¿Quién está detrás? La Fundación Canaria Escuelas de Antúnez, representada por el despacho Acosta y Navarro, que ya logró anular una tasa similar en Madrid.
  • ¿Qué impacto tiene? La ordenanza fiscal queda sin efecto; el consistorio deberá elaborar una nueva memoria económica para que el coste del servicio de residuos se reparta de manera legal.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado este viernes 10 de julio la tasa de basura del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, al estimar el recurso de una fundación educativa y considerar que la memoria económica que la sustentaba no justifica el coste real del servicio ni los criterios para repartirlo entre los contribuyentes.

La sentencia, facilitada a EFE, señala que la ordenanza fiscal, aprobada por el pleno municipal en abril de 2024, presenta deficiencias sustanciales en la justificación de los criterios de distribución. El tribunal entiende que el informe técnico-económico no explica por qué se asigna la misma cuota fija a realidades tan distintas como viviendas, apartamentos turísticos, hoteles o comercios, ni detalla cómo se trasladan los datos de generación de residuos a las cuotas variables.

La Fundación Canaria Escuelas de Antúnez argumentó que la tasa vulnera los principios de capacidad económica e igualdad al no prever exenciones para centros educativos concertados sin ánimo de lucro ni para otras entidades que disfrutan de beneficios fiscales en el IBI o en el IAE. Además, denunció que se utilizaron estudios sobre producción de residuos realizados en Cataluña sin haberlos hecho públicos durante la tramitación, lo que impedía verificar su adecuación a la realidad de la capital grancanaria.

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Una memoria económica que no justifica el reparto de costes

El punto más débil de la ordenanza, según el fallo del TSJC, es que los documentos en los que se apoyó la metodología de cálculo no se incorporaron al expediente sometido a información pública. La propia administración municipal reconoció haber usado esos estudios como referencia para fijar la cuota ligada a la generación de residuos, pero los interesados no pudieron consultarlos ni formular alegaciones suficientemente informadas.

De hecho, la sala recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya declaró nula la tasa de basura de la capital por una razón análoga —no publicar íntegramente el informe técnico-económico—, lo que refuerza una línea jurisprudencial que exige transparencia absoluta en la construcción de este tipo de gravámenes locales. Las deficiencias no son accesorias: afectan a los criterios mismos de cuantificación y reparto de la carga tributaria, subraya la sentencia.

La memoria económica de una tasa no es un trámite menor: es el pilar que sostiene la legalidad de todo el gravamen que soportan los ciudadanos.

Consecuencias inmediatas para el consistorio y los vecinos

Con la ordenanza anulada, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no puede aplicar el reparto de costes previsto. El fallo obliga a rehacer por completo el estudio económico y a someterlo de nuevo a información pública antes de aprobar una nueva tasa. En la práctica, la sentencia paraliza la pretensión municipal de financiar íntegramente el servicio de residuos con las nuevas tarifas.

El Pulso Territorial

La ciudad está gobernada por Carolina Darias (PSOE), quien ya había defendido la tasa como un paso necesario para cumplir con la Ley estatal 7/2022 de residuos, que obliga a todos los municipios a repercutir el coste real del servicio antes de 2026. El varapalo judicial llega en un momento en que numerosos ayuntamientos canarios están diseñando sus propias ordenanzas y esta decisión del TSJC marca un criterio que puede repetirse en otras islas: sin una memoria económica sólida y pública, el tributo no se sostiene.

El consistorio tendrá que encargar un nuevo estudio que tome como base datos locales verificables y explique con detalle cómo se asignan los costes fijos a cada categoría de inmueble. La oposición municipal ya ha reaccionado pidiendo la comparecencia de la alcaldesa para que dé explicaciones. Mientras, la sentencia subraya una debilidad recurrente en la gestión tributaria local canaria: la prisa por implantar nuevas figuras fiscales sin el rigor técnico que la ley exige.

Ficha Autonómica

  • El caso: El TSJC anula la tasa de basura de Las Palmas de Gran Canaria por falta de motivación en la memoria económica y por no haber sometido a información pública los estudios de referencia.
  • Datos importantes: Ordenanza aprobada en abril de 2024; recurso de la Fundación Canaria Escuelas de Antúnez; el fallo cita el precedente de Madrid; la ciudad debe elaborar un nuevo informe técnico-económico.
  • Resumen: La ordenanza queda sin efecto, el Ayuntamiento no puede aplicar las cuotas previstas y deberá reiniciar el proceso con un estudio que justifique el reparto de costes conforme a la realidad local.