EN 30 SEGUNDOS
- ¿A quién afecta? A conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores de toda Catalunya, especialmente a quienes usan la moto a diario para entrar y salir de Barcelona y su área metropolitana.
- ¿Cuándo ocurre? Desde hoy, 1 de octubre de 2026.
- ¿Qué cambia hoy? Si vas en moto, necesitas guantes en carretera y calzado cerrado en cualquier vía, y debes llevar un chaleco reflectante accesible. El permiso para usar el arcén en atascos habilitados no llegará a Catalunya: el SCT seguirá multando.
La nueva normativa DGT para motoristas entra en vigor este 1 de octubre, pero Catalunya no aplicará su parte más polémica. El Servei Català de Trànsit (SCT) mantiene las multas a quienes circulen por el arcén y descarta habilitarlo en atascos.
La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor con el objetivo declarado de proteger a los usuarios vulnerables de la vía. Los cambios afectan de lleno al colectivo motorista: guantes obligatorios en carretera, calzado cerrado en cualquier tipo de vía y un chaleco reflectante que pasa a formar parte de la dotación obligatoria. El texto se aprobó mediante el Real Decreto 518/2026, impulsado por la Dirección General de Tráfico.
El arcén que Catalunya no piensa abrir a las motos
El texto autoriza el uso del arcén por parte de las motocicletas, pero con condiciones muy tasadas. Solo se permite en situaciones de atasco, en tramos expresamente habilitados y señalizados, a una velocidad máxima de 30 km/h, circulando en columna y sin perjudicar a los vehículos que tienen derecho legal a usar ese espacio. La medida busca evitar que las motos queden atrapadas entre coches en los accesos a las grandes ciudades.
En Catalunya, donde las competencias de tráfico están transferidas, esa parte no se aplicará. El director del Servei Català de Trànsit, Ramon Lamiel, ya lo anunció el pasado mes de julio y ahora el organismo lo ha confirmado. Su argumento es que el arcén debe seguir siendo un espacio de seguridad reservado a los servicios de emergencia, a la reparación de infraestructuras y a las averías.
‘Permitir el paso de motos solamente añadiría más desorden en las carreteras’, sostuvo Lamiel. Trànsit recuerda además que los Mossos d’Esquadra ya cuentan con atribuciones para desviar el tráfico por el arcén cuando lo consideran necesario. La Generalitat no contempla, por ahora, ninguna excepción a esa línea.
Catalunya no discute que el motorista esté más protegido. Discute quién decide dónde acaba el carril y dónde empieza el arcén.
El equipo que desde hoy es obligatorio en la moto

La segunda pata de la reforma es la del equipamiento. Tanto el conductor como el pasajero deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas. Hasta ahora era una recomendación lógica, pero no una obligación general. La Administración podrá fijar más adelante, mediante una orden, las características técnicas concretas; mientras no se publique, valen los guantes de protección habituales entre motoristas.
El calzado cerrado, en cambio, se exige en cualquier tipo de vía, también en ciudad. Eso deja fuera las chanclas, las sandalias y las abarcas. No hace falta una bota técnica: unas zapatillas cerradas cumplen formalmente con el reglamento, aunque la protección frente a abrasiones, impactos o lesiones de tobillo sea muy inferior.
El chaleco reflectante se incorpora a la dotación obligatoria de la moto. No hay que conducir con él puesto, pero sí llevarlo accesible: el usuario deberá ponérselo si abandona la motocicleta y ocupa la calzada o el arcén de una vía interurbana por una avería o un accidente. Quienes trabajan profesionalmente sobre una moto o un ciclomotor tendrán una exigencia distinta: elementos reflectantes mientras circulan.
Adelantamientos, casco y otras dudas
La reforma también retoca los adelantamientos a usuarios vulnerables. Al superar a ciclistas, ciclomotores, peatones, vehículos de movilidad personal, o animales deberá mantenerse una separación lateral mínima de 1,5 metros. Cuando haya más de un carril por sentido será obligatorio cambiar de carril por completo, y habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía mientras dure la maniobra.
Sobre los cascos, conviene aclarar una confusión extendida. La norma exige cascos homologados según el reglamento UNECE R22, pero eso no convierte en ilegales los ECE 22.05 de un día para otro. No hay que sustituir el casco solo por la entrada en vigor de la reforma si sigue siendo legal y está en buenas condiciones. Los intercomunicadores homologados tampoco quedan prohibidos: podrán seguir usándose si están bien instalados y no interfieren en la seguridad vial.
Por qué Trànsit mantiene el pulso con la DGT
Catalunya es la única comunidad con competencias plenas de tráfico y, desde hace años, marca diferencias con las instrucciones de la DGT cuando considera que el criterio general no encaja con su red viaria. Ya ocurrió con los límites de velocidad en vías urbanas y con el tratamiento de los patinetes eléctricos. El patrón se repite: el Estado fija el marco y la Generalitat decide cómo lo aterriza.
Lo que observamos es que este pulso tiene un coste concreto para el motorista catalán: pierde una ventaja que sí tendrán sus vecinos de Aragón, la Comunidad Valenciana o Madrid. En un atasco en la B-10 o en los accesos a Barcelona por la AP-7, la moto seguirá atrapada entre coches. La lectura de ANESDOR, la patronal del sector de las dos ruedas, es que segregar a los motoristas durante una retención reduce su exposición a colisiones, uno de los siniestros más habituales en esas situaciones.
El pulso no se resolverá a corto plazo. El SCT mantiene su criterio y la DGT no tiene previsto revisar una norma que acaba de estrenar. Mientras tanto, el motorista catalán circula desde hoy con dos reglamentos en la cabeza: el que le obliga a ponerse guantes y el que le impide meterse en el arcén. Ninguna de las dos cosas se decide en la misma administración.
