La Fiscalía recurre la entrada de Summerwind y Federico Lledó en la causa contra Zapatero

Anticorrupción recurre la providencia del juez José Luis Calama y cuestiona la petición de Summerwind y Federico Lledó para personarse en las diligencias previas 77/2024.

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso de reforma contra la providencia dictada el pasado 6 de agosto por el magistrado José Luis Calama Teixeira en el marco de las diligencias previas 77/2024. El movimiento procesal vuelve a poner el foco sobre la petición de SUMMERWIND y Federico Lledó para personarse en el procedimiento que se sigue contra José Luis Rodriguez Zapatero, una pretensión que ya había sido rechazada anteriormente por el juzgado.

La nueva providencia, fechada el 10 de agosto de 2026, da por interpuesto en tiempo y forma el recurso presentado por el Ministerio Fiscal y ordena trasladarlo al resto de partes personadas para que puedan formular alegaciones por escrito durante los dos días siguientes a su recepción.

La Fiscalía se opone a la personación de Summerwind y Federico Lledó

El origen del enfrentamiento procesal se encuentra en la decisión adoptada por el juzgado el 28 de mayo de 2026, cuando se desestimó la personación de SUMMERWIND y Federico Lledó. Según sostiene ahora la Fiscalía, contra aquel auto se encuentra pendiente de resolución un recurso de apelación.

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El Ministerio Público considera que la nueva iniciativa presentada por la representación legal de ambos no aporta un elemento suficiente para modificar la situación procesal. Su argumento parte de la existencia de un supuesto “hecho nuevo”, vinculado a la declaración prestada el pasado 21 de julio por Julio Martínez Martínez.

Durante aquella declaración, el instructor formuló determinadas preguntas que, según la letrada de la representación de Lledó y SUMMERWIND, podrían afectar a sus clientes y modificar el criterio mantenido hasta ese momento sobre su participación en la causa. Sin embargo, la Fiscalía cuestiona que la interpretación realizada por la defensa sobre esas preguntas pueda ser suficiente para alterar la decisión adoptada previamente por el juzgado.

La posición de Anticorrupción es especialmente contundente. En su escrito sostiene que ni Federico Lledó ni SUMMERWIND tienen actualmente la condición de investigados ni de víctimas dentro del procedimiento. Por ello, considera que la solicitud para participar en la instrucción carece de fundamento suficiente en el estado actual de las actuaciones.

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El empresario Julio Martínez. Foto: Europa Press.

Un nuevo pulso procesal en plena instrucción

La controversia no se limita a una cuestión formal sobre la personación. El escrito de la Fiscalía refleja un pulso procesal entre las partes acerca de quién puede intervenir en la investigación y en qué condiciones.

El Ministerio Público considera que la representación de SUMMERWIND y Lledó está intentando llevar ante la Sala una cuestión que ya fue examinada por el juzgado y que se encuentra vinculada al recurso de apelación pendiente. A su juicio, la aparición de nuevas referencias durante una declaración judicial no convierte automáticamente esas circunstancias en un hecho nuevo capaz de modificar la decisión anterior.

La Fiscalía afirma además que las argumentaciones utilizadas por la representación legal son similares a las que ya fueron planteadas en el recurso presentado anteriormente. El escrito llega a calificar la actuación de la letrada como una “estratagema” y cuestiona su insistencia en participar en la instrucción.

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El tono utilizado por Anticorrupción muestra hasta qué punto considera relevante frenar la pretensión de personación mientras no exista una resolución que modifique la situación procesal de los interesados.

El juzgado da traslado del recurso a las partes

La respuesta del magistrado José Luis Calama Teixeira no resuelve todavía el fondo de la controversia. La providencia de 10 de agosto se limita a dejar constancia de que el recurso de reforma de la Fiscalía ha sido presentado dentro del plazo y conforme a las exigencias procesales.

El juzgado ordena ahora entregar una copia al resto de las partes personadas para que puedan presentar sus alegaciones. Una vez cumplido ese trámite, será cuando se adopte la decisión que corresponda sobre el recurso.

La resolución también dispone que la Sala sea informada de la interposición del recurso por parte de la fiscal. De esta manera, la discusión queda conectada con el recurso de apelación que ya se encontraba pendiente contra el auto de 28 de mayo.

El procedimiento se desarrolla en la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, en Madrid, dentro de las diligencias previas del procedimiento abreviado 77/2024. La documentación incorporada al expediente identifica además la actuación como urgente en el sistema LexNET.

Uno de los aviones de Plus Ultra. Foto: Europa Press
Uno de los aviones de Plus Ultra. Foto: Europa Press

Dos días para alegar antes de la próxima decisión

El siguiente paso inmediato será el traslado del recurso al resto de partes personadas. Estas disponen de dos días desde la recepción de la copia para formular por escrito las alegaciones que consideren oportunas.

La decisión posterior tendrá que determinar si se mantiene la providencia recurrida o si, como reclama la Fiscalía, se deja sin efecto. El propio Ministerio Público plantea esta segunda posibilidad y, subsidiariamente, solicita que su escrito sea elevado a la Sala que está conociendo de la apelación contra el auto de 28 de mayo.

Por el momento, el documento no anticipa cuál será la decisión del magistrado ni de la Sala. Lo que sí confirma es que la personación de SUMMERWIND y Federico Lledó continúa siendo objeto de controversia judicial y que la Fiscalía ha decidido recurrir la última decisión adoptada sobre esta cuestión.

El movimiento procesal añade así un nuevo capítulo a una instrucción en la que el acceso de determinadas partes al procedimiento se ha convertido en uno de los elementos de discusión. La resolución definitiva sobre este recurso determinará si la providencia del 6 de agosto mantiene sus efectos o si, por el contrario, prevalece la oposición planteada por Anticorrupción.