La Junta fija servicios mínimos para la huelga indefinida del autobús urbano de Jaén en plena Feria de San Lucas

La huelga indefinida del autobús urbano de Jaén arranca con unos servicios mínimos del 50% y sin acuerdo entre ALSA y el comité de empresa.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? Los trabajadores del transporte urbano de Jaén han iniciado un paro indefinido después de que fracasara la reunión celebrada en el Sercla, el sistema de mediación laboral de la Junta de Andalucía.
  • ¿Dónde y quién? El conflicto afecta a la capital jiennense, con la empresa Nex Continental Holdings, del grupo ALSA, al frente del servicio y una plantilla de 91 empleados.
  • ¿Qué supone para los ciudadanos? El BOJA fija una cobertura del 50% tanto en el servicio ordinario como en el refuerzo extraordinario de la Feria de San Lucas, la cita que multiplica los desplazamientos en la ciudad.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha publicado en el BOJA, el boletín oficial de la Junta, los servicios mínimos que regirán mientras se mantenga el paro. La resolución fija ese 50% «tanto para el servicio ordinario, como para el servicio extraordinario de refuerzo por mayor afluencia de usuarios con motivo de la feria». En la oficina central, la cobertura se reduce a una persona trabajadora.

Servicios mínimos del 50% y una negociación abierta a las 17:00 horas

La asamblea de trabajadores respaldó el paro con 66 votos a favor y tres en contra sobre una plantilla de 91 empleados. El presidente del comité de empresa, Antonio Peña, ha confirmado que las dos partes volverán a sentarse esta tarde, a partir de las 17:00 horas, dispuestas a seguir negociando hasta desconvocar la huelga, eso sí, sin renunciar a sus reivindicaciones.

Sobre la mesa hay tres exigencias. La primera es la equiparación salarial con los compañeros de Granada y Almería, que prestan el mismo servicio pero con mejores condiciones dentro del mismo grupo empresarial. La segunda pasa por el pago de los festivos con el recargo del 75% que establece la ley. La tercera reclama más aseos en las rutas.

Horas antes, a las 11:00 de la mañana, la empresa había convocado una reunión de urgencia para intentar frenar el paro en los días de mayor afluencia de viajeros del año. No hubo entendimiento.

La plantilla que mueve a miles de vecinos durante la Feria de San Lucas cobra menos que sus compañeros de Granada y Almería por el mismo trabajo.

El conflicto viene de lejos. La última cita en el Sercla, el Sistema Extrajudicial de Conflictos Laborales que la Junta pone a disposición de empresas y sindicatos para evitar los juzgados, terminó sin acuerdo tras una jornada maratoniana. Desde entonces, el reloj corre en contra de una feria que ya ha empezado a llenar las calles de Jaén.

Lo que supone para quien coge el autobús en Jaén

Feria de San Lucas

Con los mínimos al 50%, la flota queda a la mitad de su capacidad en plena Feria de San Lucas, cuando el autobús urbano se convierte en el medio más utilizado por los vecinos de los barrios periféricos para llegar al recinto ferial. El refuerzo extraordinario previsto para esos días también se queda en la mitad, de modo que el aumento de frecuencias que cada año acompaña a la fiesta no llegará completo.

El servicio funciona en régimen de concesión, así que el Ayuntamiento de Jaén no está sentado en la mesa de negociación: son la empresa y el comité quienes pactan, con la Junta actuando a través del Sercla y de la fijación de unos mínimos que el BOJA ya ha hecho oficiales. Mientras se mantengan, el paro es legal y los autobuses seguirán circulando, pero con la mitad de vehículos en la calle.

La comparación que esgrime la plantilla no es menor. Que dos servicios del mismo grupo empresarial se paguen distinto según la provincia traslada al terreno laboral una discusión que Andalucía arrastra desde hace años: la igualdad de condiciones dentro de un mismo convenio y un mismo empleador.

La Lectura Andaluza

Andalucía cuenta desde hace años con una herramienta propia de mediación laboral, el Sercla, ideada para desatascar conflictos como este antes de que lleguen a los tribunales. El modelo funciona cuando las dos partes quieren que funcione, y esta vez no ha bastado. La pelota está ahora en una reunión de las 17:00 horas que decidirá si la Feria de San Lucas se celebra con autobuses a medio gas o con el servicio recuperado.

Para el vecino de Jaén que estos días sube al ferial, la diferencia es tangible: la mitad de la flota significa más espera en la parada, más coches particulares y más presión sobre un transporte que sostiene buena parte de la movilidad diaria de la capital. Para la hostelería y el comercio de la feria, el cálculo tampoco es menor, porque menos autobuses se traduce en menos gente llegando al recinto. Y para los 91 trabajadores de la plantilla, el pulso es una cuestión de nómina: reclaman el recargo del 75% en los festivos y la equiparación salarial con otras provincias andaluzas.

Lo que venga después dependerá de la reunión de esta tarde. Si hay acuerdo, la huelga se desconvocará y el refuerzo de la feria recuperará sus frecuencias. Si no lo hay, el paro indefinido seguirá amparado por unos mínimos del 50% publicados en el BOJA y Jaén afrontará el tramo fuerte de sus fiestas con la mitad de sus autobuses urbanos en la calle. Andalucía ha demostrado muchas veces que sabe resolver sus conflictos laborales en casa, sin tribunales. Esta vez, la respuesta se conocerá en unas horas.

El macrojuicio contra el clan ‘Los Gallos’ en Granada termina con condenas pactadas de hasta tres años y nueve meses

El macrojuicio contra el clan ‘Los Gallos’ en Granada se cierra con condenas pactadas de hasta tres años y nueve meses de cárcel.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? Dieciséis de los diecinueve acusados del clan ‘Los Gallos’ han aceptado penas por conformidad tras más de dos horas de negociación con la Fiscalía.
  • ¿Dónde y quién? En la sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada, con la trama asentada en el norte de la provincia.
  • ¿Qué supone para los ciudadanos? Dieciséis condenados por una red que operaba en tres municipios del norte de Granada, con multas de hasta 60.000 euros y bienes decomisados.

Dieciséis de los diecinueve acusados aceptan las penas y la sentencia se dicta por conformidad

Las defensas y el ministerio público han alcanzado acuerdos parciales después de más de dos horas de negociación, y la sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha dictado sentencia por conformidad. El tribunal había reservado seis sesiones para una macrocausa con diecinueve acusados, y el pacto ha comprimido el calendario previsto.

El principal acusado, representado por el letrado Carlos Aránguez, ha aceptado tres años y nueve meses de cárcel por pertenencia a grupo criminal, tráfico de drogas y blanqueo de capitales. Se enfrentaba a peticiones que sumaban 18 años. Su defensa ha pedido la suspensión del ingreso en prisión porque ninguno de los delitos individuales supera los dos años, y el letrado se ha mostrado satisfecho con el resultado.

Otros dos procesados han recibido la misma pena por varios delitos, mientras el resto de las condenas oscila entre los seis meses y los tres años y nueve meses. Los cargos contra una de las acusadas han sido retirados. Las multas se han fijado en hasta 60.000 euros y las pertenencias incautadas por la Guardia Civil en la macrooperación serán decomisadas.

A eso se suma una condena común: la mayoría de los procesados ha aceptado también tres meses de multa con una cuota diaria de seis euros por defraudación del fluido eléctrico. El fiscal y la sala se han mostrado favorables a la suspensión del ingreso en prisión, y durante la ejecución los condenados podrán elegir entre multas económicas o trabajos en beneficio de la comunidad.

El mapa de la trama: naves, lenguaje encriptado y enganches ilegales

macrojuicio Granada

La investigación sitúa el origen de la red en el norte de la provincia. Según el escrito de conclusiones provisionales del ministerio público, al menos siete de los acusados, integrantes del mismo grupo familiar, habrían constituido entre agosto de 2021 y mayo de 2023 una estructura dedicada al cultivo, elaboración y distribución de marihuana y a la adquisición de cocaína. La trama operaba desde varias viviendas y naves situadas en Guadix y en Valle del Zalabí.

Las penas pactadas acortan un macrojuicio que la Fiscalía quería castigar con 18 años, pero no borran 21 meses de marihuana y cocaína en el norte de Granada.

Parte de esas viviendas y naves se repartían también por Benalúa de Guadix. Para eludir a la Guardia Civil, los procesados empleaban un lenguaje encriptado en sus comunicaciones telefónicas y en aplicaciones de mensajería, y mantenían puntos de vigilancia en barrios de difícil acceso. Las acometidas ilegales a la red eléctrica contaban con la colaboración de varios electricistas, también procesados.

Dos de los acusados citados no comparecieron y la sala ha deducido testimonio para abrir una pieza separada. La Fiscalía pedía penas que alcanzaban los 18 años de prisión por delitos contra la salud pública, pertenencia a grupo criminal, blanqueo de capitales, tenencia ilícita de armas y fraude eléctrico. El acuerdo por conformidad deja la horquilla final entre los seis meses y los tres años y nueve meses.

La Lectura Andaluza

Lo que en la Audiencia Provincial de Granada se ha resuelto por conformidad era, para la Fiscalía, un trabajo de meses: diecinueve acusados, cinco tipos delictivos y una instrucción arrancada de hechos cometidos entre agosto de 2021 y mayo de 2023. Las macrocausas por tráfico de drogas se han convertido en una escena habitual de los tribunales andaluces, y la conformidad es hoy la vía más rápida para cerrarlas cuando el banquillo se llena.

Para los vecinos de Guadix y de Benalúa de Guadix, la sentencia se traduce en cifras muy concretas: dieciséis condenados, multas de hasta 60.000 euros, bienes decomisados y la posibilidad de que buena parte de los penados evite la cárcel a cambio de pagar o de trabajar para la comunidad. El fraude eléctrico castigado con seis euros diarios durante tres meses, el enganche ilegal a la red que alimentaba las plantaciones, es una de las huellas que estas tramas dejan en los barrios donde se instalan. Y la investigación duró veintiún meses: de agosto de 2021 a mayo de 2023.

Ahora empieza la ejecución. La Audiencia deberá decidir si suspende el ingreso en prisión de quienes lo han pedido, la pieza separada abierta para los dos acusados que no comparecieron seguirá su curso y el asunto podría acabar en el TSJA (el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, máximo órgano judicial regional) si alguna parte impugna el fallo. En el norte de Granada, la lucha contra el narcotráfico se sigue dirimiendo en los juzgados, a golpe de conformidad y de paciencia. Y cada sentencia deja un rastro: naves desmanteladas, enganches cortados y una comarca que todavía espera notarlo en la calle.

El TSJ de Madrid deniega la medida cautelar contra la acampada de la Puerta del Sol: no hay inactividad administrativa

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid ha desestimado la medida cautelar acampada Sol solicitada por la Comunidad de Madrid para que se ordenara la disolución de la acampada instalada en la Puerta del Sol. La resolución no entra a resolver sobre el fondo de la controversia y se limita a constatar que, en este momento procesal, no ha quedado acreditada la inactividad administrativa de la Delegación del Gobierno en Madrid en los términos exigidos por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid desestima la medida cautelar de la Comunidad de Madrid para disolver la acampada de la Puerta del Sol.
  • ¿Qué base jurídica aplica? La LJCA y su régimen de inactividad administrativa; el tribunal no aprecia el presupuesto habilitante en fase cautelar y no resuelve el fondo.
  • ¿Qué impacto tiene? La acampada se mantiene; la Comunidad puede reiterar la petición o recurrir; el litigio principal sigue pendiente.

El litigio se articula a partir de la solicitud inicial de la Comunidad de Madrid, que reclamó con carácter urgente, y sin audiencia de la parte contraria, la adopción de medidas frente a lo que calificaba como inactividad de la Delegación del Gobierno. La Administración autonómica sostiene que la autoridad delegada del Estado no actuó frente a la ocupación del espacio público y sobre ese presupuesto construyó la pretensión cautelar de disolución.

La Sala, sin embargo, sitúa el debate en un plano estrictamente procesal. La tutela cautelar exige la concurrencia de los requisitos legales, entre ellos la apariencia de buen derecho y el periculum in mora, y su concesión queda subordinada a que el presupuesto de la inactividad aparezca suficientemente acreditado. El tribunal entiende que esa acreditación no concurre en el estado actual del procedimiento.

Los antecedentes: el recurso contra la inactividad de la Delegación del Gobierno

El recurso de la Comunidad de Madrid contra la Delegación del Gobierno se apoya en el cauce de la inactividad administrativa. Este mecanismo permite impugnar la pasividad de la Administración cuando está obligada a ejecutar un acto o a realizar una prestación concreta en favor de un sujeto determinado.

La parte recurrente dirigió su pretensión frente a la autoridad estatal en Madrid, a la que atribuye la falta de respuesta ante una situación de ocupación del dominio público. La petición cautelar buscaba anticipar el resultado del proceso y obtener, ya en fase provisional, el desalojo del espacio ocupado.

La Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid no aprecia, en fase cautelar, el presupuesto de inactividad que la Comunidad atribuye a la Delegación del Gobierno.

La resolución se pronuncia sin audiencia previa de la Administración demandada, en la modalidad urgente que permite la LJCA cuando concurren razones de especial urgencia. Ese trámite no impide al tribunal dictar una resolución motivada en la que explicita por qué no concurren los requisitos para la tutela cautelar.

El pronunciamiento es cautelar, no definitivo. La Sala advierte expresamente que no resuelve el fondo del asunto. La cuestión de fondo, esto es, si existe o no inactividad y si procede ordenar la disolución de la acampada, queda diferida a la sentencia que en su día dicte el órgano jurisdiccional.

El fallo: desestimación sin pronunciamiento sobre el fondo

TSJ Madrid

El fallo es desestimatorio de la medida cautelar. La Sala no acoge la pretensión de la Comunidad de Madrid porque, en el momento procesal, no se cumple el presupuesto legal invocado. La resolución subraya que la inactividad administrativa, tal como la configura la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, exige un deber concreto de actuación y que ese deber no aparece acreditado con la intensidad que la medida cautelar requiere.

La denegación cautelar no supone la validación de la acampada ni una declaración sobre su legalidad. Supone únicamente que, con el material disponible y en esta fase, no procede adoptar la medida anticipatoria solicitada. El litigio principal continúa su tramitación por sus cauces ordinarios.

Contra la resolución procede recurso de reposición ante la misma Sala, sin perjuicio de la ulterior impugnación en el recurso o en la apelación que en su caso corresponda. La Comunidad de Madrid puede además reiterar su petición si, a lo largo del procedimiento, sobrevinieran circunstancias que modificaran el presupuesto fáctico.

La Doctrina del Tribunal

La resolución consolida un criterio procesal ya asentado: la tutela cautelar frente a la inactividad administrativa no se concede de forma automática, sino que exige la acreditación del presupuesto habilitante. La jurisprudencia relevante del Tribunal Supremo ha insistido en que la inactividad del artículo 29 de la LJCA requiere la existencia de una obligación concreta y determinada, no de una mera pasividad genérica.

La doctrina aplicable distingue entre la impugnación de la inactividad material y la impugnación de vías de hecho o de actuaciones singulares. En el primer caso, el recurrente debe identificar con precisión la prestación debida y el título que la impone. Cuando esa identificación es dudosa, la apariencia de buen derecho se debilita y la medida cautelar decae.

El impacto para los operadores jurídicos es doble. De un lado, confirma que las medidas cautelares en materia de ocupación del dominio público exigen una carga argumentativa reforzada sobre el deber administrativo incumplido. De otro, recuerda que el cauce de la inactividad no sirve para sustituir la vía ordinaria cuando lo que se debate es la legalidad de una situación de hecho.

La proyección del asunto pasará por lo que resuelva el litigio principal y por la eventual reiteración de la medida si varían las circunstancias. El criterio enlaza con la línea que el Tribunal Constitucional ha fijado sobre el derecho de reunión y sobre la ponderación entre la ocupación del espacio público y la intervención administrativa.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Recurso contencioso-administrativo de la Comunidad de Madrid contra la Delegación del Gobierno en Madrid por presunta inactividad administrativa, con solicitud de medida cautelar de disolución de la acampada de la Puerta del Sol.
  • Datos importantes: Desestimación de la medida cautelar por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid al no apreciarse acreditada la inactividad; fallo sin pronunciamiento sobre el fondo; aplicación de la LJCA. Sin datos de votos particulares en la información disponible.
  • Fecha de los juicios: Resolución dictada en fase cautelar; la nota oficial no precisa la fecha exacta de la resolución ni la de la vista.
  • Personas acusadas y por qué: N/A. Se trata de un procedimiento contencioso-administrativo entre administraciones públicas, sin acusados.

La Audiencia de Barcelona absuelve de prevaricación a la exconsejera de Salud por el retraso en la vacunación Covid

La Audiencia de Barcelona absuelve de prevaricación a la exconsejera de Salud por el retraso en la vacunación a policías durante el Covid. La sección 6ª del tribunal considera que no ha quedado acreditado que la discriminación en el acceso a las dosis obedeciera a una decisión deliberada de los acusados.

El fallo pone fin a la causa seguida contra la exconsejera de Salud de la Generalitat de Catalunya y otros cuatro altos cargos del Departament de Salut por el retraso en la inmunización de los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil destinados en Cataluña. La información difundida por el CGPJ no precisa el número de sentencia ni la fecha de dictado de la resolución.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La sección 6ª de la Audiencia Provincial de Barcelona absuelve a la exconsejera de Salud de la Generalitat y a otros cuatro altos cargos del delito de prevaricación por el retraso en la vacunación de agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil destinados en Cataluña.
  • ¿Qué base jurídica aplica? El artículo 404 del Código Penal, que exige una resolución arbitraria dictada a sabiendas de su injusticia. El tribunal entiende que no se ha acreditado el elemento subjetivo del tipo.
  • ¿Qué impacto tiene? Absolución de los cinco encausados en primera instancia. La resolución es recurrible en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Cataluña.

Antecedentes: la vacunación de los cuerpos policiales

Los hechos enjuiciados se refieren al retraso con que los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil destinados en Cataluña accedieron a la vacuna frente al Covid respecto de otros colectivos. La acusación sostuvo que esa diferencia de trato respondía a una decisión deliberada de los responsables autonómicos y calificó los hechos como delito de prevaricación.

El procedimiento se dirigió contra la exconsejera de Salud de la Generalitat y otros cuatro altos cargos del departamento. Ninguno de ellos ha resultado condenado: cinco absoluciones por prevaricación que cierran la causa en primera instancia.

El fallo: falta de acreditación de la decisión deliberada

La sección 6ª no ha apreciado que el retraso obedeciera a una discriminación deliberada. La falta de acreditación del elemento subjetivo del tipo sustenta el fallo absolutorio: la resolución arbitraria dictada con conocimiento de su injusticia no ha quedado demostrada con la prueba practicada en el juicio oral.

El propio texto de la sentencia admite que existieron razones que se intuyen sin haberse puesto de manifiesto en el plenario. Añade que fueron la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía quienes pidieron un procedimiento de vacunación diferente al que se implementó para otros cuerpos policiales o para el conjunto de la población.

La Audiencia de Barcelona absuelve al no acreditarse que el retraso en la vacunación obedeciera a una resolución arbitraria dictada a sabiendas de su injusticia.

La absolución alcanza a los cinco encausados. Frente a la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Cataluña, que revisará la valoración probatoria y la subsunción jurídica de los hechos.

Audiencia de Barcelona

La Doctrina del Tribunal

El pronunciamiento se inscribe en la lectura restrictiva del delito de prevaricación que contiene el artículo 404 del Código Penal. El precepto castiga a la autoridad o funcionario público que dictare una resolución arbitraria en asunto administrativo a sabiendas de su injusticia. De ese enunciado se desprenden tres exigencias acumulativas: una resolución de contenido decisorio, un plus de contradicción con el ordenamiento que desborda la simple ilegalidad y el conocimiento de la injusticia por parte del autor. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha subrayado que ese último elemento no se presume y debe acreditarse mediante prueba directa o indiciaria concluyente. Aplicado ese estándar, el tribunal concluye que la demora en el acceso a las dosis, aun siendo real, no permite reconstruir una voluntad deliberada de discriminar a los agentes estatales.

La resolución proyecta un criterio relevante para el resto de causas sobre la gestión sanitaria de la pandemia. La presunción de inocencia del artículo 24.2 de la Constitución despliega su eficacia plena cuando el elemento subjetivo del tipo queda sin sustento probatorio, con independencia de que la decisión administrativa fuera discutible o mejorable. Para los letrados que litigan asuntos análogos, la consecuencia práctica es que la acusación asume la carga de acreditar la deliberación y no basta con demostrar la irregularidad del acto administrativo.

Frente al fallo cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Cataluña, que revisará la valoración de la prueba y la subsunción jurídica de los hechos. Una eventual resolución del tribunal superior fijaría doctrina territorial sobre el alcance del artículo 404 del Código Penal en decisiones administrativas adoptadas bajo emergencia sanitaria.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Proceso por delito de prevaricación contra la exconsejera de Salud de la Generalitat de Catalunya y cuatro altos cargos del departamento por el retraso en la vacunación frente al Covid de agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil destinados en Cataluña.
  • Datos importantes: Prevaricación del artículo 404 del Código Penal. Sentencia absolutoria para los cinco encausados. El número de resolución y la fecha de dictado no constan en la información difundida por el CGPJ.
  • Fecha de los juicios: No consta en la fuente la fecha de la vista oral ni la de dictado de la sentencia.
  • Personas acusadas y por qué: La exconsejera de Salud de la Generalitat y cuatro altos cargos del departamento, por un presunto trato discriminatorio en la priorización de la vacuna. La nota del CGPJ no identifica a los encausados.

El decreto de vivienda ya está en vigor: lo que cambia en tu alquiler y quién no podrá ser desahuciado

El decreto de vivienda ya está en vigor tras publicarse en el BOE, con prórrogas obligatorias de alquiler y límites a las subidas de precio. La norma cambia de un día para otro la situación de unos 5 millones de inquilinos bajo 1,8 millones de contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2028, según el texto recogido por el Boletín Oficial del Estado.

Qué cambia exactamente en tu contrato desde hoy

El decreto, aprobado por el Consejo de Ministros (el órgano colegiado del Gobierno que aprueba decretos y proyectos de ley), permite a los inquilinos con contrato en vigor solicitar una prórroga extraordinaria de dos años. Esa prórroga es de obligado cumplimiento: la prórroga obligatoria de dos años impide subir el alquiler y bloquea que el casero eche al inquilino para alquilar a otra persona.

La medida cubre los contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2028. Los caseros no podrán subir el alquiler con el cambio de contrato durante esos años, a no ser que el inquilino decida irse por voluntad propia.

La prórroga estará activa al menos un mes, hasta que la convalide la Diputación Permanente del Congreso. Solo quedará sin efecto si existe un acuerdo entre las partes para un nuevo contrato o si el propietario necesita la vivienda para residir.

Congelación de precios y topes al alquiler

Además de la prórroga, los precios no pueden subir con las novaciones anuales. Las novaciones anuales quedan congeladas por encima del índice de referencia y topadas a un máximo del 2% cuando el piso está por debajo, según detalla el decreto.

Los contratos de temporada y de habitaciones también cambian. En los futuros contratos de temporada, el arrendador deberá acreditar la temporalidad con pruebas; si no lo hace, el contrato se considerará de vivienda habitual. Las habitaciones pasan a regirse por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y no por el Código Civil, con lo que tendrán la misma protección que el alquiler de una vivienda entera.

El escudo no solo protege al inquilino: las comunidades que no ofrezcan alternativa residencial tendrán que cubrir de su bolsillo la deuda del impago.

Más protección frente a los desahucios

Los inquilinos vulnerables amenazados de desahucio por impago estarán más protegidos, pero también sus caseros. La norma reitera la obligación de las administraciones autonómicas, y locales de ofrecer una alternativa residencial. Si no lo hacen, deberán cubrir las deudas del impago, que después abonará el Gobierno central.

También se limita la compra de viviendas por parte de empresas a un precio del 70% del valor de mercado o inferior. La compra de viviendas por empresas se limita al 70% del valor, lo que busca reducir la compraventa de casas con inquilino que en ocasiones precede a desalojos forzosos.

La votación que decidirá su continuidad

La prórroga es casi idéntica a la que el Congreso tumbó en junio, pero esta vez el Gobierno no depende de Junts. El PNV ya ha anunciado que apoyará la convalidación en la Diputación Permanente, el órgano que vela por el Congreso cuando no está en periodo de sesiones. La norma debe superar esa votación en el plazo máximo de un mes para seguir en vigor.

Para quien quiera dejar el alquiler y comprar una vivienda, el programa Tu Casa ofrece un préstamo de hasta 50.000 euros sin intereses a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), el organismo público que concede créditos en nombre del Estado. Incluye una carencia de hasta 30 años mientras dure la hipoteca y después se abona en 10 años a interés cero.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? El decreto de vivienda ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE, con prórrogas y topes al alquiler.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El Gobierno central, los inquilinos y los caseros; la norma afecta a unos 5 millones de inquilinos.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? La Diputación Permanente del Congreso debe convalidar el decreto en un plazo máximo de un mes.

El TSJ de Castilla-La Mancha reconoce la incapacidad permanente absoluta a un peón industrial con movilidad reducida

El TSJ de Castilla-La Mancha reconoce la incapacidad permanente absoluta por enfermedad común a un peón industrial y eleva la prestación al 100%.

El trabajador, nacido en 1961, arrastra un historial médico extenso: patologías hepáticas crónicas, afecciones digestivas, neurológicas y dermatológicas, además de secuelas quirúrgicas en las rodillas. Sobre ese cuadro se superpone una coxartrosis bilateral moderada-grave pendiente de intervención quirúrgica para la colocación de prótesis. En 2011 las dolencias limitaban la carga de peso y ciertos esfuerzos; en la actualidad condicionan también la deambulación, la bipedestación y la sedentación.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sala de lo Social del TSJ de Castilla-La Mancha estima el recurso de suplicación y revoca la sentencia del Juzgado de lo Social de Guadalajara: eleva el grado de incapacidad permanente total a incapacidad permanente absoluta.
  • ¿Qué base jurídica aplica? El artículo 193.1 de la LGSS y la definición del artículo 195.3 de la LGSS, que exige una inhabilitación completa para toda profesión u oficio. La pendencia de una prótesis no suspende el reconocimiento del grado.
  • ¿Qué impacto tiene? La prestación se fija en el 100% de una base reguladora de 719,76 euros, sin perjuicio de la revisión del grado por mejoría si la cirugía resulta eficaz.

Antecedentes: la incapacidad total declarada por el INSS

El procedimiento se inició con la solicitud de elevación de grado. El Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución el 2 de febrero de 2023 y declaró al demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de peón de industria manufacturera. El organismo valoraba un cuadro de coxartrosis bilateral moderada-grave pendiente de prótesis que restringía de forma acusada la deambulación, la bipedestación y la sedestación.

Esa calificación fue ratificada por el INSS el 28 de septiembre y confirmada el 30 de diciembre de 2024 por el Juzgado de lo Social de Guadalajara, que desestimó la pretensión de elevar el grado. El fallo de instancia confirmó la calificación administrativa y mantuvo el grado de incapacidad permanente total.

Frente a ese pronunciamiento, el actor interpuso recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ de Castilla-La Mancha. Su argumento central era fáctico antes que jurídico: el sustrato sobre el que se construyó la calificación de 2011 se había alterado de forma sustancial y las limitaciones ya no se agotaban en determinados esfuerzos.

El agravamiento acreditado de las dolencias desplaza el juicio desde la profesión habitual hacia la inhabilitación completa para toda profesión u oficio.

La revisión de hechos probados se apoyó en la documental médica y en la prueba pericial, conforme al artículo 193 de la LRJS. Sobre ese relato modificado, la Sala abordó la calificación jurídica del grado.

El fallo: revocación en suplicación y reconocimiento del grado absoluto

TSJ Castilla-La Mancha

El fallo estima el recurso, revoca la sentencia de instancia y declara al demandante en situación de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, con derecho al 100% de la prestación sobre una base reguladora de 719,76 euros.

Los magistrados comparan el cuadro clínico de 2011 con el actual. Entonces las dolencias afectaban a la carga de peso y a ciertos esfuerzos; ahora impiden incluso la sedestación mantenida, lo que excluye cualquier actividad con exigencias mínimas de permanencia. La valoración se practica sobre el estado actual y consolidado, no sobre hipótesis de recuperación.

La pendencia de la intervención para la colocación de prótesis no altera la conclusión. Conforme al artículo 193.1 de la LGSS, una posible recuperación incierta o a largo plazo no frena el reconocimiento del grado. El pronunciamiento se adopta sin perjuicio de la revisión del grado por mejoría si el resultado quirúrgico lo justificara.

La Doctrina del Tribunal

La doctrina jurisprudencial que consolida esta resolución se asienta en un criterio funcional: la calificación no depende de la enumeración de diagnósticos, sino del grado de supresión de la capacidad residual. El artículo 195.3 de la LGSS define la incapacidad permanente absoluta como la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio, según el texto refundido vigente. La Sala verifica que no subsiste capacidad aprovechable para tareas mínimamente sostenidas.

El matiz relevante es la relación entre un proceso de recuperación en curso y la consolidación del cuadro clínico: la expectativa de mejoría no impide la calificación, y ese criterio se confirma ahora para la coxartrosis bilateral con pronóstico quirúrgico incierto. El tribunal emplea un método teleológico, atento a la finalidad protectora del sistema, y no suspende el reconocimiento a la espera del resultado de una intervención futura.

El impacto en la práctica procesal es doble. La revisión fáctica sustentada en pericial médica vuelve a erigirse en el eje del recurso en los litigios por elevación de grado, sin que la instancia pueda oponer el cuadro clínico fijado en una resolución anterior. Los asuntos con cuadros degenerativos articulares pendientes de cirugía, frecuentes en las Salas de lo Social de los TSJ, cuentan desde ahora con un criterio favorable. La proyección es limitada en cuanto a impugnación: el fallo agota la vía jurisdiccional autonómica, salvo casación para la unificación de doctrina. El texto íntegro no consta aún en el CENDOJ, por lo que no es posible precisar el número de resolución ni la fecha exacta de dictado.

FICHA DEL CASO

  • El caso: procedimiento de elevación de grado de incapacidad permanente. Un peón de industria manufacturera solicita pasar de la incapacidad permanente total a la absoluta; el INSS y el Juzgado de lo Social de Guadalajara rechazan la pretensión y el recurso de suplicación la estima.
  • Datos importantes: artículos 193.1 y 195.3 de la LGSS; prestación del 100% sobre base reguladora de 719,76 euros. La fuente no precisa el número de sentencia ni si el fallo fue unánime o dictado con voto particular.
  • Fecha de los juicios: resolución del INSS de 2 de febrero de 2023; ratificación de 28 de septiembre (año no precisado en la fuente); sentencia del Juzgado de lo Social de Guadalajara de 30 de diciembre de 2024. El fallo del TSJ de Castilla-La Mancha no tiene fecha publicada en el momento de redacción.
  • Personas acusadas y por qué: N/A. No hay acusados: se trata de un litigio de Seguridad Social entre un trabajador y el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Los 3 medicamentos estrella que Sanidad estudia retirar por su alto coste y el pulso con los laboratorios

Tres nombres concentran el debate sobre el techo del gasto farmacéutico en España: Zolgensma, Trikafta y Spinraza. Los tres son hitos terapéuticos en enfermedades raras —atrofia muscular espinal y fibrosis quística—, los tres dependen de un único laboratorio y los tres superan con holgura los 150.000 euros por paciente al año, con un caso que roza los dos millones en una sola dosis. Sanidad estudia ahora revisar su financiación pública, y los laboratorios han respondido con un pulso abierto.

El criterio de esta selección es económico, no clínico: son las tres terapias con mayor impacto presupuestario por paciente, de indicación muy restringida y con un mercado dominado por un único fabricante en cada caso. A ello se suma un reparto competencial incómodo: Sanidad decide qué entra en la prestación y a qué precio, pero son las comunidades autónomas y los hospitales quienes asumen la factura. En medio, los laboratorios advierten de que estrechar la financiación termina frenando la I+D.

Zolgensma: la terapia génica de dosis única que roza los 2 millones de euros y abre la revisión

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Zolgensma (onasemnogene abeparvovec) es la terapia génica de Novartis contra la atrofia muscular espinal (AME), una enfermedad rara considerada la primera causa genética de mortalidad infantil. Se administra con una única perfusión intravenosa y actúa sustituyendo el gen SMN1 defectuoso, de ahí su condición de tratamiento unidosis. Ese formato y, sobre todo, su precio lo sitúan como el medicamento más caro financiado por el Sistema Nacional de Salud: el precio máximo fijado en España es de 1.945.000 euros, mientras que el importe realmente abonado se situaría en torno a 1,34 millones por dosis, según las investigaciones de Civio a partir de contratos hospitalarios. Se financia desde el 1 de diciembre de 2021. Cada año nacen en España entre 30 y 40 bebés con AME; al precio de partida, atenderlos supondría un desembolso cercano a los 80 millones anuales.

Su entrada en la prestación se negoció con mecanismos para contener el impacto: acuerdo precio-volumen, pago por resultados, protocolo farmacoclínico y seguimiento mediante Valtermed y Seguimed. La revisión no es hipotética: la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos ha acordado proponer la no inclusión de nuevas poblaciones, como la AME presintomática con tres copias del gen SMN2 o los pacientes de AME tipo 1 ya tratados antes con nusinersen o risdiplam. A ello se suma el pulso por la opacidad: Sanidad solo hace público el precio máximo, no el real ni las condiciones pactadas, y el Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de Civio —cuyo escrito se presentó el 19 de enero de 2026— para fijar doctrina sobre si puede seguir siendo secreto lo que el Estado paga con dinero público.

Trikafta: el fármaco que ha transformado la fibrosis quística y cuesta más de 150.000 euros al año

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Trikafta —comercializado en Europa como Kaftrio— es la triple combinación de elexacaftor, tezacaftor e ivacaftor que firma Vertex Pharmaceuticals y que cambió el pronóstico de la fibrosis quística. Actúa sobre la proteína CFTR defectuosa, no solo sobre los síntomas, y es eficaz en torno al 90% de los pacientes. En España se financia desde el 1 de diciembre de 2021 para mayores de 12 años con al menos una mutación F508del, lo que entonces se calculó que permitiría tratar a unos 1.500 afectados, cerca del 70% del total. El precio oficial de un envase de 56 comprimidos es de 9.819,18 euros, según la Comisión Interministerial de Precios; con el ivacaftor que acompaña al tratamiento, el coste anual por paciente se sitúa por encima de los 100.000 euros y las estimaciones en varios países europeos superan los 150.000.

El problema está en la distancia entre ese beneficio clínico y una factura que el sistema no puede escalar sin límites. La financiación se pactó con acuerdo precio-volumen, techo de gasto, protocolo farmacoclínico y seguimiento en Valtermed y Seguimed: si las ventas superan lo estimado, se abre la puerta a una rebaja del precio. La patente se mantiene hasta 2037, así que no habrá competencia genérica en la UE a corto plazo; la bangladesí Beximco lanzará Triko por 12.750 dólares anuales para adultos y 6.375 para niños, frente a los más de 300.000 dólares de precio de lista en Estados Unidos. En abril de 2026 la CIPM amplió su indicación desde los 2 años con unos 700 pacientes más, un alivio clínico que a la vez engorda la factura.

Spinraza: la primera terapia para la AME financiada en España y el precedente de renegociación de precio

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Spinraza (nusinersen) fue el primer tratamiento para la atrofia muscular espinal (AME) que financió el Sistema Nacional de Salud, con alta en el nomenclátor el 1 de marzo de 2018. Biogen lo comercializó con un precio de unos 400.000 euros por paciente en el primer año, que caía aproximadamente a la mitad en los siguientes, para una población estimada de entre 300 y 600 pacientes en España. La financiación llegó ligada a un modelo entonces novedoso: un protocolo farmacoclínico común para todo el SNS, un registro de pacientes tratados, el seguimiento del gasto mediante Seguimed y Valtermed y una restricción a la AME 5q que excluía los tipos 0, IA y IV. La compañía asumió además el coste de los cerca de 50 pacientes que ya lo recibían por ensayos clínicos o uso compasivo.

El caso quedó como precedente de renegociación de precio. En 2021 la Comisión Interministerial de Precios modificó las condiciones por la superación real del techo de gasto fijado al aprobar la financiación y situó el coste en 419.328 euros el primer año y 269.360 los siguientes, alrededor de 1,5 millones por paciente en cinco años. El acuerdo obligaba a revisar anualmente ventas y precios y a rebajarlos si se salían de los parámetros legales. La irrupción de competidores como Zolgensma (Novartis) y Evrysdi (risdiplam, Roche), junto a las críticas de organizaciones como No es Sano, que calificaron el modelo de insostenible, han ido tensionando ese equilibrio entre acceso rápido a la innovación y sostenibilidad del gasto.

El pulso interno: Sanidad, comunidades autónomas y hospitales ante el techo del gasto farmacéutico

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Foto de Marek Studzinski en Unsplash

El pulso por el techo del gasto farmacéutico tiene un reparto de roles incómodo: Sanidad decide qué fármacos entran en la prestación y a qué precio, pero son las comunidades autónomas quienes asumen casi toda la factura. En 2025 el gasto farmacéutico público alcanzó los 26.145,5 millones de euros, 1.330,6 millones más que el año anterior, un 5,36% de subida según Hacienda. El hospital volvió a ser el motor de ese crecimiento, con un alza cercana al 7,4%, frente al 3,8% de la receta. Ese desequilibrio alimenta la queja repetida de los consejeros: lo de «tú invitas y yo pago», como resumió Castilla-La Mancha, no sirve para una partida que compromete en torno a una cuarta parte del presupuesto sanitario.

El desencuentro se hace visible en el Consejo Interterritorial. En julio de 2026, Sanidad y comunidades cerraron un protocolo para 66 tratamientos de alta complejidad —12 terapias avanzadas y 54 de alto impacto económico, a partir de 80.000 euros por paciente y año—, por el que la comunidad de origen asume el coste aunque el paciente se trate en otra región. El acuerdo destapó la brecha entre territorios derivadores y receptores: Canarias avisó de que rompe la equidad del Fondo de Cohesión Sanitaria. A ese pulso se suma la fiscalización del Tribunal de Cuentas, que en 2025 señaló infradotación crónica —La Arrixaca reconoció obligaciones un 191,6% por encima de su presupuesto— y diferencias de hasta el 97% en el precio del mismo medicamento entre hospitales.

La presión de los laboratorios: Vertex, Biogen y Novartis advierten de que recortar financiación frenará la I+D

Primer plano de billetes de euro con un gráfico digital del mercado de valores mostrando una tendencia a la baja, simbolizando la volatilidad financiera.
Foto de Jakub Zerdzicki en Pexels

Vertex, Biogen y Novartis son los laboratorios que están detrás de los fármacos señalados, y su argumento central es que estrechar la financiación pública termina secando la I+D. Vertex sostiene que ha invertido más de 10.000 millones de dólares en investigación de la fibrosis quística y que dedica más del 70% de sus gastos operativos a I+D; el sector cifra en 1.000-2.000 millones de euros desarrollar una molécula nueva. La amenaza tiene precedentes: Eli Lilly y AbbVie dieron la espalda al sistema voluntario de precios del Reino Unido y Bayer avisó de que no podría sostener su inversión europea si se recortaba el gasto. España es el cuarto mercado farmacéutico de la UE y el principal foco europeo de ensayos clínicos, un músculo que la industria usa como moneda de cambio.

Ese relato choca con la letra pequeña de estos tratamientos. Biogen recibió al menos 20 millones de euros públicos entre 2007 y 2017 para desarrollar nusinersen (Spinraza), y la Fundación de Fibrosis Quística aportó 150 millones de dólares al programa que Vertex compró con Aurora Biosciences. Sanidad ha cifrado en más de 8.000 millones el sobreprecio cobrado por encima de los costes de fabricación e investigación. España paga unos 87.000 euros por paciente y año por Kaftrio, más de 400.000 el primer año de Spinraza y 1,34 millones por dosis de Zolgensma. La presión ya ha dado frutos: la nueva ley del medicamento blinda por ley el secreto de los precios que paga el sistema público.

Más Madrid lista en Sumar: exige cuatro de los cinco primeros puestos y Podemos tienta a Rufián

La lista de Más Madrid es ya el nudo de una negociación que se ha convertido en un pulso de hegemonía. Nadie quiere quedarse fuera de los cinco primeros puestos de la papeleta madrileña, y casi todos creen tener derecho a más de lo que los demás están dispuestos a dar.

Las horas son frenéticas en el espacio de la izquierda confederal. Los Comuns, Más Madrid, Movimiento Sumar, e IU negocian con llamadas cruzadas y contactos a varias bandas. El objetivo que varios dirigentes se han autoimpuesto es que este viernes 9 de octubre haya ya un nombre para encabezar la candidatura del frente amplio. Ese anuncio, si llega, no cerrará nada: el plazo legal para registrar coaliciones electorales no vence hasta el 16 de octubre y, hasta entonces, todo es reversible.

El pulso por los cinco primeros puestos de Madrid

El movimiento de Más Madrid ha sido doble. Primero, un comunicado que respalda la candidatura presidencial de Ada Colau, pero desde Barcelona, y que reclama para Mónica García el encabezado de la lista madrileña. Después, la letra pequeña: la formación quiere definir cuatro de los cinco primeros puestos, los considerados de salida, y colocar ahí a Emilio Delgado, Tesh Sidi y Eduardo Rubiño. Incorporar a Podemos no es, sostienen, una línea roja. Lo que rechazan de plano son unas primarias.

En los Comuns la geometría es otra. Quieren a Colau como candidata en Madrid y saben que su margen en Barcelona se estrecha: temen pasar de cinco diputados a tres. El efecto del pulso por la vivienda ha catapultado a la exalcaldesa y ha dejado casi descartada una candidatura de Ernest Urtasun. Colau, por su parte, solo se ve encabezando si el acuerdo es muy amplio e incluye a Podemos, con Irene Montero en contacto permanente con ella.

La tercera pieza es la que más ruido hace. En Podemos sostienen que los contactos entre Montero y Gabriel Rufián son fluidos, y Rufián es el dirigente que quiso liderar un gran frente popular y topó con el veto de la ejecutiva de su partido. Se habla de una entente simbólica, con actos conjuntos y apoyo público, un esquema que no incomodaría a Oriol Junqueras, a quien tampoco le disgusta erosionar a los Comuns. La propuesta morada sigue siendo la misma: primarias abiertas.

Lo que se reparte en Madrid no son puestos en una papeleta: es la voz de la izquierda en la oposición que viene.

Quién gana y quién pierde con cada escenario

Rufián Podemos

Hay una premisa que se repite en voz baja: casi nadie cree que la izquierda vaya a renovar el Gobierno. No hay expectativas de ministerios ni de secretarías de Estado, y el escaño en el Congreso cotiza más que nunca porque será la única voz posible en la oposición a un Ejecutivo del PP con Vox.

Los escaños, además, serán menos que en 2023. En Madrid, hace tres años, Sumar logró seis diputados con Podemos dentro y superó en votos a Vox. Las encuestas otorgan ahora cerca de 18 puntos a la extrema derecha y muy por debajo al frente amplio, medido aún sin Podemos. La disputa por el tercer lugar, dicen los propios dirigentes, está perdida de antemano.

La Izquierda Unida mira el sudoku desde lejos. Su situación es la más vulnerable: la irrupción de Adelante Andalucía divide aún más el voto y amenaza escaños como el de Enrique Santiago por Córdoba, que en 2023 empató en votos con Vox. Sevilla, Málaga y Cádiz son sus plazas fuertes y, a la vez, donde tendrá un competidor directo. En Asturias todo depende de cuánto crezca Vox y de cuánto se fragmente el voto.

En paralelo se tejen acuerdos con mucho menos eco. En Canarias hay una posibilidad seria de ganar un escaño por Las Palmas; en Aragón y el País Valencià las conversaciones son cordiales; en Murcia, con un escaño en juego, el candidato de Podemos es proclive a la unidad con IU. Un detalle revela, además, el valor real de Madrid: desde Movimiento Sumar confirman que Verónica Barbero, portavoz del grupo parlamentario, prefiere entrar en la papeleta madrileña antes que encabezar en A Coruña o Pontevedra. Solo podría hacerlo si no están ni Montero ni Colau.

La Dinámica de Coalición

El equilibrio interno es de geometría variable. Más Madrid aporta la hegemonía territorial en la capital y por eso se atrinchera; los Comuns aportan el tirón de Colau y, sobre todo, la capacidad de desempatar; IU y Movimiento Sumar respaldan la entrada de Podemos, pero su falta de territorio les impide imponer nada en Madrid. Nadie discute que el pacto ideal sería amplio. El problema es otro: un acuerdo bilateral entre Más Madrid y Podemos dejaría fuera, de hecho, a los socios minoritarios.

La dimensión de coalición no se juega en el Consejo de Ministros, sino en el cálculo de lo que viene después. El Gobierno de coalición con el PSOE sigue su curso, pero esta negociación define con qué fuerza llega la izquierda a la próxima cita electoral y, por tanto, cuánto margen tendrá el PSOE para pactar por su izquierda.

La proyección inmediata es concreta. Este viernes 9 de octubre varios dirigentes quieren cerrar un nombre; este sábado 10 de octubre la CUP decide en asamblea si vuelve a las generales; y el 16 de octubre expira el plazo para registrar la coalición. Si Más Madrid y los Comuns no ceden posiciones, la hipótesis de dos listas en Madrid gana enteros.

Ficha del Caso

  • El caso: La izquierda confederal negocia candidatura y reparto de puestos de la papeleta madrileña con el plazo legal del 16 de octubre como horizonte.
  • Datos importantes: Más Madrid reclama cuatro de los cinco primeros puestos; los Comuns quieren a Colau en Madrid; Podemos mantiene las primarias abiertas; en Madrid, Sumar logró seis diputados en 2023.
  • Resumen: El reparto de la lista madrileña condiciona la unidad del espacio y su capacidad para rentabilizar el voto en la oposición a un probable gobierno del PP con Vox.

La deuda Argentina en pesos se dispara un 40% y alerta a la banca española

La deuda argentina en pesos con acreedores privados creció casi un 40% en nueve meses, hasta 97.000 millones de dólares. Y ese salto, leído desde Madrid, enciende una alerta que toca de lleno a la banca española.

Vamos por partes, porque la cifra impresiona y conviene desmenuzarla. Según las estimaciones de la consultora EcoGo, el stock de deuda consolidada en moneda local con privados pasó de 69.000 millones de dólares en diciembre de 2025 a 97.000 millones en septiembre de 2026. Un aumento de 27.000 millones de dólares en apenas nueve meses.

Qué ha pasado con la deuda argentina en pesos

El Gobierno de Javier Milei recurrió este año a la colocación de bonos como su gran aspiradora para absorber pesos. El objetivo era doble: mantener el dólar calmo y despejar pagos antes del calendario electoral. Traducido: emitir deuda en pesos para que ese dinero no acabara corriendo hacia el billete verde, alentando el llamado carry trade —colocar fondos en pesos a tasas altas aprovechando la diferencia con el dólar—.

Según la versión oficial, el stock de deuda en pesos con el sector privado se mantiene estable en porcentaje del producto bruto, entre el 12% y el 14% del PBI. El dólar subió un 5% en el año frente a una inflación del 23%, y por ese efecto cambiario —el desfase entre lo que avanza el tipo de cambio y lo que avanzan los precios— el stock medido en dólares parece mayor de lo que realmente es.

Los analistas matizan ese relato. Sebastián Menescaldi, socio adjunto de EcoGo, lo resume con crudeza: ‘Emitiste pesos para comprar 14.000 millones de dólares de reservas, lo lógico hubiera sido que los bancos entregaran crédito a empresas y familias, pero no hubo ese incremento de inversión ni consumo, entonces lo absorbieron incrementando deuda.

Y aquí está el detalle que casi nadie subraya. El 72% del stock de deuda en pesos con privados está indexado, es decir, atado a la inflación o al dólar. Eso impide licuar el pasivo en caso de una devaluación: si el peso se hunde, la factura crece en lugar de diluirse.

Argentina ha convertido buena parte de su deuda en pesos en una factura atada a la inflación y al dólar, sin margen para licuarla.

El otro cambio llegó en agosto, cuando el Ejecutivo viró hacia títulos de vencimiento corto y variantes ajustadas al dólar, después de que el mercado se inquietara por la continuidad política del país. La duda sobre la reelección de Milei enfrió la colocación de bonos en dólares y obligó a ofrecer una suerte de seguro contra la disparada del tipo de cambio.

Por qué la banca española mira a Buenos Aires con inquietud

Y aquí entra España. El Santander y el BBVA, los dos grandes bancos españoles con presencia consolidada en el país, mantienen filiales entre las principales entidades del sistema financiero argentino. Su exposición directa no compromete por sí sola sus cuentas globales, pero una devaluación abrupta tensionaría la morosidad y el valor de sus carteras.

Conviene recordar que la banca española ya vivió esta película. En la crisis de 2001, con el corralito y el mayor impago soberano de la historia, las filiales argentinas de los grandes bancos españoles obligaron a provisiones multimillonarias y a un repliegue que marcó su estrategia en Latinoamérica durante años.

inversión española Argentina

Hoy el contexto es distinto: menos exposición relativa, balances más capitalizados y una gestión de riesgo más afinada. Pero el riesgo país argentino sigue siendo un termómetro sensible, y la combinación de deuda indexada y vencimientos concentrados después de octubre de 2027 puede tensar el mercado si la política se complica.

Lo que el precedente argentino enseña a España

Para entender el alcance real conviene mirar el precedente. Argentina es el laboratorio recurrente del endeudamiento en moneda propia: en 2018 necesitó un rescate récord del FMI y en 2001 llegó a acumular un impago de casi 100.000 millones de dólares. Cada ciclo deja la misma lección: cuando la deuda se indexa y se acorta el plazo, el margen de maniobra se estrecha justo cuando más se necesita.

Las empresas españolas también siguen de cerca el pulso argentino. Para el Santander y el BBVA, la filial argentina es hoy una pieza menor en el conjunto del grupo, pero sirve de termómetro para medir el atractivo de toda una región. La pregunta que se hacen en las mesas de Madrid es sencilla: si el riesgo país vuelve a dispararse, ¿aguantará el sistema financiero español su exposición sin repetir errores del pasado?

De momento, los vencimientos posteriores a octubre de 2027 —ya cerca de la mitad del stock— dan al Gobierno aire para respirar. Lo que conviene vigilar en las próximas semanas es la tasa de renovación de esos bonos y el pulso del dólar. Si Argentina no logra convencer a los bancos, la banca española será la primera en notarlo.

📌 Ficha del Caso

  • Ficha sobre el caso: El Gobierno argentino emitió bonos en pesos para frenar la presión sobre el dólar y despejar pagos antes del calendario electoral. La deuda en moneda local con privados se disparó casi un 40% en dólares en nueve meses.
  • Datos importantes: El stock pasó de 69.000 a 97.000 millones de dólares entre diciembre de 2025 y septiembre de 2026, con el 72% indexado. Cerca de la mitad vence después de octubre de 2027.
  • Resumen: La exposición del Santander y el BBVA a Argentina es limitada en proporción a sus balances, pero el riesgo país vuelve a ser un termómetro clave para la imagen y los intereses españoles en la región.

Los candidatos al Senado se dividen ante los centros de datos de IA: moratorias o topes al consumo eléctrico

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Los centros de datos de IA se han colado en la campaña al Senado y ya condicionan el voto de trece estados.

No se discute el algoritmo. Se discute quién paga la red eléctrica que lo alimenta. A menos de un mes de las elecciones del 3 de noviembre, los aspirantes al Senado de Estados Unidos deben pronunciarse sobre una industria que ya se nota en el recibo de la luz de los vecinos. La pregunta es antigua: quién gana, quién paga y quién decide.

El Congreso lo intentó. La Cámara de Representantes aprobó la Ratepayer Protection Act, la ley de protección del abonado eléctrico, que obligaría a los estados a estudiar estándares para que los nuevos centros de datos cubran los costes de generación, transmisión y refuerzo de red que provocan. Bernie Sanders y otros demócratas del Congreso reclaman ir más allá, hasta la moratoria. El bloqueo demócrata en en el Senado llegó el mes pasado: no tumbaron la ley por el fondo, sino por la forma, porque el cumplimiento era voluntario.

El mapa real: moratoria en Maine, costes al desarrollador en Georgia y decisión local en Iowa

Georgia es el termómetro. El senador demócrata Jon Ossoff no ha pedido moratoria alguna. En abril escribió a la FERC, el regulador federal de la energía, para anunciar que su oficina investigaría si los centros de datos inflaban las facturas eléctricas del estado. El dato que maneja: desde 2019 Georgia ha recibido más de 4.500 millones de dólares en capital riesgo vinculado a la IA. Y fue uno de los cuatro demócratas que votaron a favor de la ley que su partido bloqueó después.

Su rival republicano, el congresista Mike Collins, rechaza una moratoria federal y devuelve la pelota al municipio. «Al final del día, esto debería ser una decisión local», dijo en agosto. «Estamos en una carrera contra China en IA. Pero si van a perjudicar la infraestructura local, esa gente no merece que le pase eso».

Carolina del Norte ha ido más lejos. Docenas de comunidades han aprobado moratorias locales y el exgobernador Roy Cooper sostiene que la última palabra es de esos municipios. Su plan, «Make Stuff Cost Less», exige que los centros de datos paguen íntegramente su energía. Su oponente, Michael Whatley, exlobbista energético, responde: que paguen su parte, sin subsidios, y que decidan los condados.

El nuevo campo de batalla político americano no es el algoritmo: es el recibo de la luz de la red eléctrica.

Maine ofrece el contraste más nítido. El demócrata Troy Jackson sí respalda una moratoria temporal y ha presentado «Agency over AI», que obliga a las tecnológicas a costear su propia generación. La gobernadora Janet Mills vetó una prohibición temporal porque no eximía un proyecto levantado sobre una antigua fábrica de papel. La republicana Susan Collins apoyó la ley en el Senado y habla de evaluar caso por caso.

Iowa, Alaska y New Hampshire completan el patrón. Josh Turek no quiere moratoria general, pero sí regulación federal del agua. Ashley Hinson votó la ley. Mary Peltola se guía por la gente de la región. Dan Sullivan quiere centros de datos en bases militares de Alaska. Ni los demócratas más duros piden una prohibición nacional: la pelea es quién asume la factura.

Qué significa para España: la factura eléctrica como nuevo campo de batalla

consumo eléctrico IA

España mira el debate con interés propio. Es uno de los mercados europeos con más proyectos de centros de datos anunciados, con Aragón y Madrid como polos y una electricidad comparativamente barata gracias a la fotovoltaica. Iberdrola, Endesa y Naturgy compiten por contratos de suministro con los hiperescalares, Merlin Properties reconvierte oficinas en campus de datos y ACS puja por las obras.

La normativa española de acceso y conexión ya exige avales a los grandes consumidores para reservar capacidad en la red: quien añade carga, paga. El cuello de botella español no es el permiso, es la evacuación. Si Washington acaba con cincuenta regímenes distintos, el despliegue se encarece justo en la carrera que dice querer ganar. Eso abre una ventana para España, y también puede cerrarla si Bruselas copia el localismo.

El mercado ya lo ha descontado. Nadie dijo que fuera gratis.

La Lógica de Washington

Conviene entender qué problema intenta resolver Washington antes de medir el impacto. La administración de Donald Trump y buena parte del Partido Republicano tienen un objetivo declarado: ganar la carrera de la IA frente a China. El coste lo pagan contribuyentes que no votaron por ella, y de ahí nace la Ratepayer Protection Act: proteger al abonado sin frenar la inversión. La coalición que la respalda combina el localismo —que decida el municipio, no el burócrata federal— y el rechazo a los subsidios.

El precedente americano es inequívoco. La Ley de Regulación de Servicios Públicos de 1978, firmada por Jimmy Carter, fijó que la red es un bien compartido con reglas de reparto de costes. La Ley de Política Energética de 1992, con George H. W. Bush en la Casa Blanca, abrió la generación a la competencia. Cada vez que aparece una carga nueva —las criptominerías en Texas en 2021, ahora la IA— vuelve la misma pregunta. El federalismo energético americano no es un defecto del sistema: es el sistema.

Queda la contradicción de fondo. Un país que quiere desplegar cómputo a máxima velocidad se está dando a sí mismo un mapa fragmentado, con municipios de dos mil habitantes decidiendo sobre infraestructura crítica. Washington no regala nada. Las urnas del 3 de noviembre decidirán quién se sienta a resolverlo: o un estándar federal mínimo, aunque sea voluntario, o la consolidación del parche.

Ficha del Caso

  • El caso: La expansión de los centros de datos de IA entra en la campaña al Senado: trece estados competitivos debaten moratorias, topes al consumo eléctrico o dejar la decisión a los municipios.
  • Datos clave: La Cámara aprobó la Ratepayer Protection Act y el Senado la bloqueó el mes pasado por su carácter voluntario. Georgia ha atraído más de 4.500 millones de dólares en capital riesgo de IA desde 2019. Las urnas abren el 3 de noviembre de 2026.
  • Para España: El pulso americano anticipa el debate europeo sobre quién costea la red. España compite por esos centros con electricidad barata y avales de conexión; una regulación fragmentada en EE. UU. alteraría el mapa de inversiones.

Salario mínimo: Yolanda Díaz convoca al comité de expertos y Sumar sitúa su agenda social antes del 29-N

El salario mínimo entra en fase de expertos: Yolanda Díaz convocó a la comisión asesora y preside este jueves su primera reunión.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El Ministerio de Trabajo ha convocado a la comisión asesora para preparar la subida del salario mínimo de 2027.
  • ¿Quién interviene? La vicepresidenta Yolanda Díaz preside el comité; después entran la patronal y los sindicatos, con CCOO pidiendo más de un 5 %.
  • ¿Qué importa? Sumar sitúa su agenda social antes del 29-N, y el PSOE compite por el mismo crédito dentro de la coalición.

La convocatoria salió del Ministerio de Trabajo este miércoles con un objetivo claro: preparar el incremento del salario mínimo interprofesional para 2027. La comisión asesora elaborará un informe con una horquilla de subida, la recomendación que después se traslada a la patronal y a los sindicatos.

Ese informe no es vinculante. La fijación del SMI es potestad exclusiva del Gobierno y no exige el acuerdo de los agentes sociales, aunque Trabajo suele cumplir el trámite cada otoño. La novedad de este año está en el calendario.

La subida del salario mínimo para 2027: los plazos y las cifras

El Ministerio quiere acelerar el proceso para cerrar la subida antes de las elecciones generales del 29 de noviembre. Desde el departamento de Díaz recuerdan que el Ejecutivo tiene plena potestad para elevar el salario mínimo incluso en funciones, un argumento que apunta a que la decisión puede adoptarse sin esperar a la nueva composición del Congreso.

El punto de partida es el SMI vigente. El Gobierno aprobó para este año una subida del 3,1 %, hasta los 1.221 euros brutos al mes en catorce pagas, 17.094 euros brutos anuales.

Los sindicatos ya han puesto su cifra sobre la mesa. El secretario general de Comisiones Obreras, Unai Sordo, avanzó que el salario mínimo debería subir por encima del 5 % en 2027, una horquilla que marcará la negociación de las próximas semanas.

El salario mínimo es la bandera social más nítida de Sumar, y el calendario electoral la convierte en un arma de doble filo.

El porqué interno: la agenda social de Sumar en precampaña

Para Sumar, el salario mínimo no es una cifra más. Es la política que mejor define su perfil: la vicepresidenta segunda ha construido buena parte de su capital político desde el Ministerio de Trabajo, y la subida del SMI es la pieza más reconocible de esa agenda social.

El movimiento llega en plena precampaña del 29-N. La formación necesita convertir la gestión en relato electoral, y el calendario de la comisión asesora le permite reivindicar una medida con impacto directo en los salarios más bajos antes de que arranque formalmente la campaña.

En el espacio de Sumar, la bandera del salario mínimo funciona como un punto de encuentro entre la dirección y las confluentes —Izquierda Unida, Más País, Compromís o Más Madrid, entre otras—. Ninguna fuerza del espacio tiene incentivos para marcar distancia con una subida que su electorado comparte, y eso convierte el asunto en terreno de consenso más que de disputa.

La Dinámica de Coalición

El equilibrio interno juega a favor de Yolanda Díaz. La política laboral es el terreno donde la vicepresidenta mantiene una autoridad menos discutida dentro de la formación, y la subida del SMI no abre fisuras visibles entre la dirección y las confluentes. Es, hoy por hoy, una medida de consenso.

La dimensión de coalición es más delicada. El SMI es competencia del Gobierno en su conjunto, de modo que el PSOE también podrá reivindicar la subida ante el 29-N. No hay choque de fondo —ambos socios defienden la medida—, pero sí una disputa por el relato y por el momento del anuncio. En una precampaña tan ajustada, la autoría política de una subida de salarios vale votos.

La proyección inmediata la marca el calendario. La comisión asesora debe entregar su informe y su horquilla en las próximas semanas; después llegará el turno de la patronal y los sindicatos, y finalmente el Consejo de Ministros fijará la cifra. Todo apunta a que el proceso se resolverá antes del 29 de noviembre, con la subida del 3,1 % de este año como referencia y el umbral del 5 % que reclama CCOO como techo de la negociación.

Ficha del Caso

  • El caso: El Ministerio de Trabajo convoca a la comisión asesora para preparar la subida del SMI de 2027 y busca cerrarla antes de las elecciones del 29-N.
  • Datos importantes: SMI vigente de 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas (17.094 euros anuales) tras la subida del 3,1 % de este año; CCOO reclama más del 5 % para 2027; el Ejecutivo puede fijar el SMI incluso en funciones.
  • Resumen: La medida refuerza la agenda social de Sumar en precampaña, pero abre una competición por el crédito con el PSOE dentro de la coalición.

Nuevos cargos contra Maduro y Cilia Flores: EE. UU. amplía la imputación por tortura a ciudadanos estadounidenses

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EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El Departamento de Justicia ultima nuevos cargos contra Nicolás Maduro y Cilia Flores por la presunta tortura de ciudadanos estadounidenses. Se anunciarán este jueves.
  • ¿Quién está detrás? La administración de Donald Trump, que capturó a Maduro en una operación militar en enero y lo trasladó a territorio estadounidense para juzgarlo.
  • ¿Qué impacto tiene? Refuerza la causa penal en Nueva York y añade una arista de derechos humanos a un proceso que ya pesa sobre las relaciones con España y la diáspora venezolana.

El Departamento de Justicia ultima nuevos cargos contra Nicolás Maduro y Cilia Flores por la presunta tortura de ciudadanos estadounidenses retenidos en cárceles de Venezuela.

La imputación se hará pública este jueves, según funcionarios citados por el Washington Examiner. La fecha no es casual: coincide con la comparecencia de Flores ante el tribunal federal de Manhattan. Washington quiere que el anuncio llegue con las cámaras delante.

Una causa que crece: de la cocaína a la tortura

Maduro y su esposa ya están imputados por narcoterrorismo y por posesión de armas automáticas. Un gran jurado federal los acusó de urdir un plan para introducir ‘miles de toneladas’ de cocaína en Estados Unidos. Ambos se declararon no culpables.

Los nuevos cargos añaden una capa distinta: la autorización de torturas contra estadounidenses. Es un salto de calibre. Convierte una denuncia por narcotráfico en una imputación por vulnerar los derechos de ciudadanos americanos con nombre y apellido.

El fiscal federal Jamie McDonald, tiene previsto comparecer tras la audiencia, fijada para las 10:30 de la mañana. La defensa de Maduro asegura que no ha recibido aviso alguno de las nuevas acusaciones. Flores pedirá al juez Alvin Hellerstein que la deje salir de prisión antes del juicio, previsto para junio, alegando motivos de salud.

La imputación por tortura convierte una causa de narcotráfico en un juicio sobre los límites reales del poder chavista.

La pareja permanece recluida en una cárcel federal de Brooklyn desde su traslado a suelo estadounidense. Fue en enero, cuando un operativo militar estadounidense los sacó de Venezuela por sorpresa.

España mira de reojo: diáspora, energía y pulso diplomático

Ninguna capital europea sigue este proceso con más atención que Madrid. España acoge una de las comunidades venezolanas más numerosas del continente, con varios cientos de miles de residentes, y mantiene intereses energéticos relevantes en el país caribeño. Repsol lleva décadas operando allí, con una exposición que ha sobrevivido a cada crisis diplomática.

A eso se suma el factor político. El opositor Edmundo González Urrutia se exilió en Madrid en 2024, y el Congreso español lo reconoció como presidente electo de Venezuela. La presión judicial desde Washington refuerza esa posición, pero también estrecha el margen de maniobra del Gobierno de Pedro Sánchez ante cualquier futura negociación con Caracas.

La Lógica de Washington

¿Por qué la administración de Donald Trump insiste en ampliar la causa? La respuesta tiene tres capas.

La primera es jurídica. Los cargos por narcotráfico son sólidos, pero se apoyan en una trama de hechos reconstruida. La tortura, en cambio, apunta a víctimas concretas: ciudadanos estadounidenses. Eso da al proceso una cobertura política difícil de discutir y lo blinda ante cualquier recurso sobre la condición de Maduro.

La segunda es electoral. La comunidad cubana y venezolana de Florida sostiene buena parte de la coalición republicana en el estado más disputado del país. Marco Rubio, secretario de Estado y antiguo senador por Florida, convirtió la presión sobre el chavismo en bandera personal desde hace más de una década.

La tercera es histórica. Estados Unidos ya juzgó en su suelo a un dictador extranjero capturado por la fuerza: fue Manuel Noriega, arrancado de Panamá en 1989 y condenado en Miami por narcotráfico. El manual no es nuevo. Washington lo repite cuando considera que un régimen se ha convertido en una amenaza directa para sus ciudadanos.

Queda, eso sí, una incógnita. La imputación por tortura depende de testimonios y pruebas que aún no se han hecho públicas. Si el juicio de junio se complica, el relato puede desinflarse. Y Venezuela sigue sin un interlocutor claro con el que negociar el día después.

Ficha del Caso

  • El caso: El Departamento de Justicia amplía la imputación contra Nicolás Maduro y Cilia Flores con cargos por la tortura de ciudadanos estadounidenses en cárceles venezolanas.
  • Datos clave: Maduro fue capturado en enero en una operación militar. El juicio por narcoterrorismo está previsto para junio en Nueva York. Los nuevos cargos se anuncian este jueves, tras la vista de las 10:30.
  • Para España: Refuerza la presión internacional sobre el chavismo, pero complica el margen diplomático de Madrid, que acoge a la oposición y mantiene intereses energéticos en Venezuela.