El TJUE decide el jueves la amnistía de Puigdemont y Junqueras

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, prevista para el 16 de julio, es la llave que abre la puerta al regreso de Carles Puigdemont y a resolver la situación judicial de Oriol Junqueras. El fallo, que responde a una cuestión elevada por el Tribunal de Cuentas, trasciende lo contable y marcará un antes y un después en la aplicación de la ley de amnistía.

La pregunta que formuló el órgano fiscalizador español era, en apariencia, técnica: ¿contradice los intereses financieros de la UE poner fin a la responsabilidad contable derivada del 1-O? Pero la respuesta del TJUE, vinculante para todos los Estados miembros, condicionará mucho más que un expediente administrativo. El Tribunal Constitucional ha hecho saber que no resolverá los recursos de empara de Puigdemont y Junqueras hasta que Luxemburgo se pronuncie.

Una cuestión contable que desborda lo financiero

El origen del caso está en el Tribunal de Cuentas, que investiga el presunto desvío de fondos públicos para la organización del referéndum ilegal de 2017. Al plantear la cuestión prejudicial, el organismo dudaba de que una eventual amnistía contable pudiera chocar con las normas de la Unión que protegen su presupuesto. Pero el TJUE no se limitará a los números: su sentencia se pronunciará sobre el alcance de la ley aprobada por las Cortes y, por extensión, sobre la validez de la amnistía penal.

En esta redacción entendemos que el fallo tiene una doble lectura. Primero, la estrictamente jurídica: si el tribunal europeo avala que los intereses financieros de la UE no son un obstáculo, el Constitucional tendrá vía libre para aplicar su propia doctrina. Segundo, la política: con el aval europeo, la amnistía ganaría un escudo de legitimidad que hasta ahora le ha faltado.

El Constitucional tiene la última palabra, pero espera el aval europeo

Los recursos de empara de ambos líderes independentistas llevan meses en el limbo. Fuentes del tribunal consultadas por Moncloa.com confirman que los magistrados no se moverán sin conocer el criterio de Luxemburgo. «No es una cuestión de cortesía, sino de coherencia jurisprudencial», explican. De hecho, la sala ha pospuesto deliberadamente cualquier pronunciamiento para evitar un choque con la justicia europea que podría tumbar después la amnistía en el ámbito penal.

Para Carles Puigdemont, la sentencia del TJUE es el último gran obstáculo antes de plantear su vuelta a Catalunya. Si el tribunal europeo no ve contradicción con los intereses financieros de la UE, el camino para su regreso sin riesgo de detención se despejaría de forma casi definitiva. En paralelo, Oriol Junqueras, condenado por el procés y posteriormente indultado, podría ver extinguida cualquier responsabilidad contable derivada del 1-O.

La decisión de Luxemburgo es la pieza que le falta al puzle de la amnistía.

El tablero catalán y la relación con Moncloa, en juego

La sentencia del TJUE llega en un momento de máxima tensión en el Govern de Illa, donde la financiación singular y los equilibrios con ERC y Junts marcan el pulso legislativo. Una resolución favorable a la amnistía aliviaría la presión de los sectores más independentistas y permitiría al president socialista vender estabilidad ante Moncloa. Por el contrario, un fallo restrictivo volvería a colocar a ERC y Junts en la trinchera judicial, con consecuencias imprevisibles para la legislatura.

Desde el Tribunal de Justicia de la UE, la doctrina es clara: las decisiones sobre gasto público sí pueden tener dimensión europea. Sin embargo, el margen para interpretar qué constituye un ataque a los intereses financieros de la Unión es amplio. Lo que está en juego es si la amnistía, al extinguir el posible perjuicio económico, vulnera el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la UE, que exige a los Estados miembros combatir el fraude y la corrupción que afecten a los fondos europeos.

En cualquier caso, el próximo jueves 16 de julio, el TJUE marcará la hoja de ruta judicial y política de Catalunya. Su fallo será, probablemente, el acta de defunción de los procedimientos contables y la luz verde para que el Constitucional cierre el capítulo de las responsabilidades penales. A partir de ahí, la pelota volverá al Parlament y a la Moncloa, dos escenarios que necesitan certidumbre para seguir funcionando.

Este artículo se ha redactado a partir de información publicada en Ara y de fuentes judiciales consultadas por Moncloa.com.

Francia califica de ‘absolutamente inaceptables’ las palabras de Rajoy sobre la selección: las claves de la polémica diplomática

La tensión diplomática entre España y Francia se ha disparado tras las declaraciones del expresidente del Gobierno español Mariano Rajoy sobre la selección francesa de fútbol. El ministro francés del Interior, Laurent Nuñez, las ha tachado de “absolutamente inaceptables” y varios miembros del Ejecutivo galo han pedido emprender acciones legales. Te explico qué ha dicho exactamente Rajoy, cómo ha respondido Francia y qué consecuencias puede tener para las relaciones bilaterales.

Las palabras de Rajoy que encendieron la mecha

En una columna de opinión publicada en El Debate el pasado fin de semana, tras la clasificación de España para las semifinales del Mundial, Rajoy alabó el nivel de la selección francesa pero añadió un comentario que ha sido interpretado como un ataque racista. Según el texto, la plantilla tiene “un altísimo nivel, eso sí, sin franceses”, en alusión a los jugadores de origen inmigrante. La frase no pasó desapercibida en Francia, donde el debate sobre la identidad nacional y el deporte es especialmente sensible.

La reacción en cadena desde París

Este domingo, en una entrevista en BFM TV, el ministro del Interior francés fue el primero en responder. “Si esa declaración es exacta, es absolutamente inaceptable. No refleja en absoluto lo que es Francia”, afirmó Nuñez, que defendió la diversidad como seña de identidad nacional. Horas después, la ministra delegada para la Igualdad de Género y la Lucha Contra la Discriminación, Aurore Bergé, calificó las palabras de Rajoy de “resbalones racistas repetidos” y aseguró que “el equipo de Francia muestra lo mejor de nosotros mismos”.

La reacción más contundente llegó de la ministra para los Territorios de Ultramar, Naïma Moutchou, quien pidió a la Federación Francesa de Fútbol que inicie “todas las acciones legales posibles” contra el expresidente español. “No son deslizamientos. Es un odio metódico y banalizado de Francia y de lo que es”, escribió en X.

La petición de acciones legales contra Rajoy eleva la polémica a un nivel diplomático sin precedentes.

Paralelamente, la Embajada de Francia en España emitió un breve comunicado en el que recordó que de los 26 jugadores de la selección, 23 nacieron en territorio francés (puedes consultar el perfil de la selección en Wikipedia). “Todos los jugadores de la selección francesa son franceses”, subrayó la legación.

Impacto para España y el tablero europeo

El incidente añade una nueva arista a las ya complejas relaciones bilaterales entre Madrid y París, marcadas en los últimos meses por desencuentros en materia energética y de defensa. Las palabras de un expresidente con el peso político de Rajoy —y el eco mediático que han tenido en la recta final del Mundial— pueden complicar la cooperación en asuntos clave para ambos países, como la gestión de flujos migratorios y la reforma fiscal europea. Además, el hecho de que altos cargos franceses mencionen posibles demandas judiciales introduce una variable diplomática delicada: nunca antes un expresidente español había sido objeto de una petición de acciones legales desde un Gobierno extranjero por unas declaraciones públicas.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? Mariano Rajoy dijo en una columna que la selección francesa tiene un nivel altísimo “sin franceses”, desatando la ira del Gobierno galo.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El expresidente español y varios ministros franceses, encabezados por el titular de Interior, Laurent Nuñez, y la ministra Naïma Moutchou, quien pide acciones legales.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? La diplomacia española aún no se ha pronunciado oficialmente, mientras Francia estudia posibles demandas y la polémica amenaza con enrarecer las relaciones bilaterales.

Las claves de la iniciativa de Sumar, Bildu, PNV y ERC para que el Estado asuma su responsabilidad en los crímenes de Vitoria y Pamplona

Los grupos parlamentarios de Sumar, Bildu, PNV, ERC, Compromís y BNG registraron ayer una proposición no de ley en el Congreso para que el Estado asuma su «responsabilidad principal y directa» en los sucesos de Vitoria del 3 de marzo de 1976 y en los crímenes de los Sanfermines de 1978. La iniciativa será debatida en la Comisión de Justicia y busca una declaración oficial al más alto nivel.

Qué pide exactamente la proposición

El texto, al que tuvo acceso Europa Press, incluye tres demandas concretas. En primer lugar, emplaza al Gobierno a realizar una declaración institucional que reconozca la responsabilidad del Estado en aquellos hechos. En segundo lugar, exige a los ministerios de Interior y Defensa, a las delegaciones del Gobierno en Navarra y el País Vasco y a la Fiscalía de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática que den «pasos reales y definitivos» para garantizar el derecho a la verdad de todas las víctimas de la violencia estatal. El objetivo, según reza el documento, es abrir la puerta a la justicia y la reparación.

La proposición no de ley —un instrumento parlamentario sin fuerza vinculante pero con peso político— recuerda que ayuntamientos de Vitoria, Pamplona, San Sebastián y Astigarraga aprobaron resoluciones similares impulsadas por las asociaciones Martxoak-3 y Sanfermines-78: gogoan!. Ahora se eleva al ámbito nacional.

Los firmantes sostienen que aquellas muertes no fueron casuales ni errores, sino intervenciones con premeditación y alevosía que obedecieron órdenes de mandos policiales y políticos.

El contexto: lo ocurrido en Vitoria y los Sanfermines

El 3 de marzo de 1976, durante una asamblea de huelguistas en la iglesia de San Francisco de Vitoria, la Policía disparó indiscriminadamente contra los presentes. Cinco jóvenes murieron y decenas resultaron heridos. Dos días después, en Basauri (Vizcaya) y Tarragona, fallecieron otras dos personas en protestas por la masacre. Cincuenta años después, el recuerdo sigue vivo.

El 8 de julio de 1978, en plenas fiestas de San Fermín en Pamplona, una nueva actuación policial se saldó con la muerte de un joven y once heridos de bala. Tres días más tarde, el 11 de julio, otro hombre fue abatido por un disparo policial durante una marcha en San Sebastián. Estos hechos suman victimas mortales a la violencia estatal de la Transición.

Puedes consultar más detalles sobre los sucesos de Vitoria en la entrada de Wikipedia.

De la reparación individual a la exigencia de responsabilidades políticas

La iniciativa subraya que el Gobierno ya ha aprobado declaraciones de reconocimiento y reparación para 40 víctimas o familiares directos de los dos episodios. Sin embargo, los proponentes consideran que esos reconocimientos personales son insuficientes. «Trascienden con mucho el ámbito de los meros reconocimientos individuales», señala el texto. Ahora exigen adentrarse en el «terreno de las responsabilidades políticas» que envolvieron y justificaron, según ellos, aquellas actuaciones criminales.

El documento apunta directamente a toda la cadena de mando policial y política de la época, y a los distintos gobiernos que había entonces. Además, recuerda que en los últimos años salieron a la luz grabaciones de mandos policiales que evidenciaban el carácter planificado de las operaciones, lo que, a juicio de los firmantes, refuerza la necesidad de una declaración formal de responsabilidad por parte del Estado.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? Seis partidos han registrado una proposición no de ley para que el Estado declare su responsabilidad en los crímenes de Vitoria (1976) y Pamplona (1978).
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? Sumar, Bildu, PNV, ERC, Compromís y BNG son los proponentes. El Gobierno y los ministerios de Interior y Defensa son los destinatarios de la petición.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El texto se debatirá en la Comisión de Justicia del Congreso, aunque no tiene efecto legislativo vinculante.

Protección Civil advierte: eclipse solar del 12 de agosto, reto de seguridad por movilidad, aglomeraciones e incendios

Protección Civil ha alertado, en una entrevista del 12 de julio con Europa Press, de que el eclipse solar del próximo 12 de agosto supone un "reto de seguridad logístico" debido a la movilidad masiva de personas, las posibles aglomeraciones y el elevado riesgo de incendios forestales. Así lo ha declarado su secretaria general, Virginia Barcones. Los detalles astronómicos del eclipse confirman la magnitud del atractivo del fenómeno.

La responsable de Emergencias ha subrayado que el dispositivo preparado busca anticiparse a todos los escenarios para proteger a la ciudadanía. "Llevamos muchos meses trabajando tanto en el seno del Gobierno como con las comunidades autónomas para que todo esté listo", ha señalado Barcones.

Los tres factores de riesgo que preocupan a Protección Civil

La movilidad de la población durante el eclipse es el primer gran desafío. Se esperan desplazamientos masivos hacia las zonas donde la visibilidad del fenómeno será mejor, lo que puede saturar carreteras y núcleos urbanos. Las aglomeraciones en puntos de observación suponen otro riesgo, ya que pueden derivar en problemas de orden público o en la interrupción de las comunicaciones si las redes se colapsan. El tercer factor es el riesgo de incendios forestales, que en agosto alcanza su pico habitual. La secretaria general recordó que "el 12 de agosto del año pasado fue un día muy complicado por los incendios", por lo que se han adoptado medidas específicas.

En la planificación se han tenido en cuenta esos puntos de observación proporcionados por las comunidades autónomas para que no estén situados en zonas de peligro de incendios y se garantice una visión correcta sin provocar desplazamientos imprevistos.

Preparativos y coordinación: el plan de actuación ya en marcha

Protección Civil cuenta con un plan específico aprobado a finales de junio que establece el marco para la evaluación de riesgos y la gestión de emergencias. El Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM) realizará el seguimiento de todas las incidencias antes y después del eclipse, mientras que la Unidad de Valoración de Riesgos (UVR) se activará desde el 6 de agosto, con especial foco en la predicción meteorológica y el peligro de incendios.

Además, se ha desarrollado un visor interno con los puntos de observación proporcionados por las comunidades autónomas. Junto a los operadores de telecomunicaciones, se evalúa cómo evitar la saturación de las redes en áreas de alta concentración. Las autonomías ya están preparando la activación progresiva de sus propios planes para complementar el dispositivo estatal, un engranaje que Barcones calificó de esencial para una respuesta inmediata.

El fin último es proteger a las personas, y para eso hemos diseñado un plan con todos los escenarios posibles, con una respuesta inmediata.

El verano de máxima alerta: la OPE y el precedente de 2025

A este dispositivo se suma la coincidencia con la Operación Paso del Estrecho (OPE), que este año registra un incremento del 3% en los desplazamientos previstos y se prolonga hasta el 15 de septiembre. La secretaria general ha confirmado que el Gobierno ha incrementado en un 3% los efectivos destinados a este operativo, reforzando los dispositivos de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, autoridades portuarias y servicios sanitarios y sociales. "El crecimiento está dentro de los parámetros previstos, con lo cual hemos dimensionado de manera adecuada todos los operativos", ha explicado.

El antecedente del 12 de agosto de 2025, con incendios forestales graves, ha servido de lección. Las autoridades han cruzado los puntos de observación del eclipse con los mapas de riesgo de incendio y han establecido medidas para evitar desplazamientos no planificados que pudieran agravar la situación.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? Protección Civil ha advertido de que el eclipse solar del 12 de agosto es un reto de seguridad por movilidad, aglomeraciones y riesgo de incendios.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? La secretaria general Virginia Barcones, el CENEM, la UVR y las comunidades autónomas en un plan de coordinación.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El plan de emergencias está activo y la UVR comenzará su labor el 6 de agosto; las autonomías irán activando sus respectivos planes.

La Guardia Civil alertó del socavón en la A-4: la Audiencia Nacional condena a Transportes por daños y temeridad procesal

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha ocurrido? La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Transportes por los daños causados por un socavón en la A-4, tras la alerta de la Guardia Civil.
  • ¿Dónde y cuándo? En el kilómetro 394 de la A-4, en Córdoba, el 4 de febrero de 2026.
  • ¿Qué resultado? El tribunal aprecia temeridad procesal del Ministerio y le impone las costas sin límite, además de la indemnización.

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por los daños ocasionados por un socavón en la A-4 a su paso por Córdoba, en una sentencia que considera temeraria la actuación del departamento y recoge el papel clave de la Guardia Civil al alertar de la peligrosidad del punto.

El fallo, dictado el 10 de julio de 2026 por el magistrado Luis Alfredo de Diego y Díez de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia, estima íntegramente la demanda de la mercantil Clazamar, S.L. Su vehículo, un Mercedes-Benz S 350 D 4MATIC, reventó dos neumáticos al colisionar contra un socavón que afectaba el kilómetro 394 de la autovía.

El siniestro se produjo el 4 de febrero de 2026 hacia las 18:30 horas. Ese mismo día, la sala de emergencias de la Guardia Civil de Córdoba recibió «múltiples llamadas» por socavones de grandes dimensiones que estaban dañando los neumáticos de varios vehículos en la zona, según consta en la resolución judicial.

Detalles de la condena y los hechos

El magistrado aplica el régimen de responsabilidad patrimonial del artículo 106.2 de la Constitución y de la Ley 40/2015, al considerar probado el daño efectivo, el nexo causal directo e inmediato y la antijuridicidad del perjuicio para la empresa demandante. Descartó totalmente la concurrencia de culpa del conductor y rechazó la alegación de fuerza mayor por lluvia, al tratarse de un fenómeno «ordinario y previsible».

El fallo recoge que existía una señal de peligro por «perfil irregular» instalada desde 2021, sin que se hubiera resuelto de raíz el deterioro del firme. El último paso del servicio de vigilancia había sido a las 06:50 de la mañana, mientras que el corte de carril para reparar el firme no se anotó hasta las 18:52, veintidós minutos después del accidente.

La reiteración de socavones en el mismo tramo y la inacción del Ministerio evidencian un patrón de desidia que la Guardia Civil ya había documentado con sus alertas.

El magistrado fue especialmente duro en sus valoraciones: habla de «inaceptable normalización del deterioro», de «patente desidia» y de «morosidad clamorosa» por parte del departamento dirigido por el Gobierno. Asimismo, remarca que «absolutamente nada se ha enmendado de forma estructural» en la vía, una crítica que se asienta en el hecho de que el mismo tribunal ya hubiera resuelto un caso prácticamente idéntico en mayo de 2026 (sentencia 92/2026), ocurrido apenas ocho kilómetros más adelante.

La alerta de la Guardia Civil y su valor probatorio

Las múltiples llamadas registradas por la Guardia Civil aquella tarde fueron determinantes para acreditar la peligrosidad del punto negro. El parte de la central de emergencias del Instituto Armado reflejaba que varios conductores habían sufrido reventones por el mismo socavón, lo que desacreditaba la postura de la Administración de achacar el incidente a una simple falta de pericia o a condiciones meteorológicas.

La unidad de Tráfico de la Guardia Civil en Córdoba ya había informado en ocasiones anteriores del deterioro progresivo del asfalto, comunicaciones que, según se desprende del procedimiento, no motivaron una intervención estructural. «Que el Ministerio persevere en el sistemático incumplimiento de sus deberes competenciales resulta jurídicamente censurable», señala la sentencia.

El Contexto Operativo

El fallo trasciende la mera reclamación indemnizatoria y consolida un criterio disuasorio para la Administración. Al apreciar temeridad procesal, el tribunal sortea el tope de un tercio de la cuantía que la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa impone a las condenas en costas, aplicando supletoriamente la Ley de Enjuiciamiento Civil para imponer el pago total de las mismas. La medida se fundamenta en la reincidencia del Ministerio, que repitió argumentos «estereotipados y formularios» ya desestimados en el precedente de mayo.

La Guardia Civil, por su parte, ejerció su función constitucional de protección de la seguridad vial con diligencia. Las llamadas de emergencia gestionadas por sus agentes no solo permitieron acreditar la peligrosidad del socavón, sino que también sirvieron para desvirtuar las alegaciones del Estado. Los dos fallos consecutivos en el mismo tramo de la A-4 en apenas un año reflejan un déficit de mantenimiento que el Instituto Armado ya había detectado y comunicado puntualmente, según los registros de la sala de emergencias.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, reivindica el papel de los informes policiales en la defensa de los derechos de los ciudadanos frente a la inacción de las administraciones. Y deja abierta la puerta a que futuras reclamaciones por deficiencias viarias en ese mismo punto de la red estatal puedan beneficiarse de la doctrina de temeridad fijada por la Audiencia Nacional.

Adiós a las cenas complicadas: la merluza thermomix con patatas que se hace en 35 minutos

He perdido la cuenta de las veces que una merluza, tan blanca y prometedora en la pescadería, terminaba en la mesa hecha un bloque insípido o, peor aún, nadando en un caldo aguado. Hasta que entendí que el vapor en la Thermomix, con un adobo instantáneo en el Varoma, cambia las reglas del juego.

El drama no era la merluza, sino cómo la trataba: fuego directo, cocciones largas, y cero paciencia para adobos nocturnos. Con esta receta de 35 minutos, las patatas quedan tiernas, el pescado jugoso y la cocina limpia. No es magia: es termostato y vapor bien aprovechado.

El secreto del éxito

  • Papel de horno en el Varoma: evita que el pescado se pegue y permite que el vapor circule sin obstáculos.
  • Adobo al momento: las especias se infusionan durante la cocción al vapor, potenciando el sabor al instante, sin necesidad de marinados largos.
  • Cocer patatas y pescado a la vez: el cestillo y el Varoma trabajan juntos con un solo programa, ahorrando tiempo y energía.

Con estos tres sencillos trucos, el plato pasa de receta de robot a plato de diario con sabor a domingo. Y lo mejor: apenas mancha un par de utensilios.

Ingredientes

  • 500 g de agua
  • 1 cucharadita de aceite de oliva
  • 530 g de patata pelada y en cubos de unos 2-3 centímetros
  • 250 g de merluza (en 12 trozos, puede ser congelada)
  • Dos pizcas de sal
  • Dos pizcas de pimienta molida
  • 2 pizcas de pimentón (dulce o picante)
  • 2 pizcas de curry en polvo

Empieza por forrar el recipiente Varoma con papel de horno, dejando algunos huecos sin cubrir para que el vapor circule. Este detalle evita que el pescado se pegue, algo que aprendí tras rascar restos resecos más veces de las que quisiera. En el vaso de la Thermomix, vierte los 500 g de agua junto con la cucharadita de aceite de oliva — ese aceite en el vapor aporta un suave perfume al pescado. Coloca el el cestillo y dentro las patatas peladas y cortadas en cubos de 2-3 cm. Cierra y programa 8 minutos, temperatura Varoma, velocidad 1.

Mientras las patatas se cuecen, prepara el adobo. Mezcla en un plato hondo las dos pizcas de sal, las dos de pimienta, el pimentón y el curry. Pasa los 12 trozos de merluza por esta mezcla, asegurándote de que cada pieza se impregne bien. El adobo se adhiere con la humedad natural del pescado; no necesita huevo ni aceite. Este paso es el corazón del sabor: las especias se infusionan durante la cocción al vapor, liberando aromas que inundan la cocina.

Coloca el pescado sobre el papel en el Varoma, tapa y acopla el recipiente en su posición. Programa 17 minutos más, con la misma temperatura y velocidad. Al abrir, el olor a curry y pimentón es embriagador; las patatas están tiernas sin deshacerse — pínchalas con un tenedor para comprobarlo — y la merluza suelta sus lajas blancas casi sin tocarlas. Si la prefieres más hecha, dale un minuto extra.

El vapor con un adobo breve deja el pescado más jugoso que cualquier cocción en sartén, y todo en un solo robot.

Variaciones y maridaje

Para acompañar, elige un blanco con acidez justa: un albariño joven o un verdejo de Rueda levantan los matices especiados sin apagarlos. Si eres de cerveza, una de trigo alemana o belga crea un maridaje fresco y ligero.

La receta es naturalmente sin gluten, por lo que los celíacos pueden disfrutarla sin cambios. Basta con revisar las especias envasadas para asegurarse de que no contengan trazas de harinas.

¿Tienes merluza congelada? No la descongeles; pásala directamente por el adobo y alarga la cocción 2-3 minutos. El vapor trata el pescado congelado con una suavidad impresionante, aunque conviene separar los trozos para que no queden bloques.

Si te sobra, guarda en un táper hermético en la nevera hasta dos días. Recalienta en el microondas a potencia baja o, mejor, al vapor durante tres minutos. La sartén es enemiga mortal: el pescado se desmenuza y las patatas se resecan.

La creadora de la receta, Ascen Jiménez, la sirve como entrante, pero con doble ración tienes un plato principal ligero y saciante. Para darle un giro, acompáñala con salsa agridulce casera o una mayonesa de lima. Ambas resaltan el toque especiado del pescado.

El Tribunal Supremo establece que la retractación de la víctima de un delito sexual no basta para absolver al acusado

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de un hombre condenado por abusos sexuales a una menor y ha fijado que la retractación de la víctima en el juicio no anula una condena cuando las declaraciones iniciales superan el triple test de credibilidad. La sentencia 414/2026, dictada este viernes 12 de julio de 2026 por la Sala de lo Penal, refuerza la validez de los testimonios de menores en fase de instrucción y blinda la labor de investigación de las Fuerzas de Seguridad en delitos sexuales.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha fallado el Supremo? La retractación de una menor en el juicio no basta para absolver al acusado si el relato inicial cumplía los requisitos de verosimilitud, persistencia y ausencia de móviles espurios.
  • ¿En qué caso? Un hombre condenado por tocamientos a la hija de una amiga, hechos ocurridos entre 2018 y 2019 en Las Palmas de Gran Canaria.
  • ¿Qué implicación tiene? La sentencia consolida el valor de la prueba preconstituida y el triple test de credibilidad, herramienta habitual en la persecución de delitos sexuales contra menores.

El recurrente, condenado en 2023 a cuatro años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales, alegaba que la víctima, menor de edad, había cambiado su versión en el juicio oral y admitido que mintió por presiones familiares. La Audiencia Provincial de Las Palmas y el TSJ de Canarias ya habían confirmado la condena, y ahora el Supremo, con ponencia de la magistrada Carmen Lamela Díaz, cierra la vía de casación.

Los hechos probados sitúan los abusos entre enero de 2018 y julio de 2019. El acusado, amigo de la madre, frecuentaba el domicilio y, en al menos una ocasión, bajo una manta en el sofá, realizó tocamientos a la menor. Las secuelas psicológicas derivaron en sintomatología depresiva y estrés postraumático, recogidas en los informes periciales.

En el recurso, la defensa sostenía que la retractación invalidaba toda la acusación, incluidos los testimonios de los familiares y los peritajes. Sin embargo, la Sala de lo Penal aplicó el triple test de credibilidad y concluyó que la menor mantuvo un relato detallado y estable durante la instrucción, que las periciales corroboraban la verosimilitud del testimonio y que no existía razón alguna para una denuncia falsa. La sentencia rechaza de plano que la retractación posterior baste para anular la condena.

La sentencia del Supremo supone un respaldo jurídico contundente a la labor de las Fuerzas de Seguridad, que en 2025 investigaron más de 18.000 delitos sexuales, un 38 % de ellos con víctimas menores de edad, según el balance del Ministerio del Interior.

La decisión del alto tribunal recuerda que es frecuente en estos delitos que la víctima, por miedo, presión familiar o dependencia, modifique su declaración en fase de juicio. Y subraya que la justicia debe atender al momento en que la menor relató los hechos sin influencias externas, a menudo durante la exploración policial o la entrevista forense, y no solo a lo manifestado en sala.

Los tres pilares del test de credibilidad

El triple test que aplica el Supremo examina tres parámetros: la verosimilitud del relato de la víctima —coherencia interna y compatibilidad con datos periféricos—, la persistencia en la incriminación a lo largo del proceso y la ausencia de motivos espurios que pudieran mover a una denuncia falsa. En este caso, los tres se cumplían sobradamente en la fase instructora, y la retractación no pudo borrar la contundencia del relato inicial.

La sentencia 414/2026 no solo confirma la condena, sino que envía un mensaje doctrinal: la prueba preconstituida —la declaración de la menor grabada ante el juez de instrucción y asistida por psicólogo— tiene pleno valor cuando la víctima se retracta después, especialmente si hay informes periciales que avalan la credibilidad del testimonio inicial. La imposición de costas al recurrente cierra un proceso que, según fuentes judiciales, no tendrá más recorrido.

El Contexto Institucional

La decisión del Tribunal Supremo se produce en un momento en que los delitos sexuales en España siguen una tendencia al alza. El último balance del Ministerio del Interior registró en 2025 más de 18.000 denuncias por hechos de esta naturaleza, lo que supone un incremento del 15 % respecto al año anterior. De ellas, cerca de 7.000 implicaban a víctimas menores de edad. La cifra evidencia la magnitud del desafío para las Fuerzas de Seguridad del Estado y la necesidad de herramientas jurídicas que eviten que la revictimización de los menores o las presiones familiares deriven en la impunidad.

En este contexto, el fallo del Supremo refuerza el trabajo de las unidades especializadas de la Policía Nacional y la Guardia Civil, como la UFAM (Unidad de Atención a la Familia y la Mujer), que son las encargadas de conducir las primeras declaraciones de las víctimas menores. El estricto respeto al protocolo de exploración garantiza que el testimonio inicial sea lo menos contaminado posible y, por tanto, más fiable. La sentencia dota de mayor valor jurídico a ese primer escalón investigador, lo que, a juicio de los expertos, puede disuadir estrategias procesales basadas en la retractación tardía.

La directiva de transparencia salarial prohíbe el ‘salario a negociar’ en las ofertas de empleo

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? Desde el 7 de junio de 2026, todas las empresas en la UE deben publicar el salario o una horquilla concreta en sus ofertas de empleo. La expresión ‘salario a negociar’ queda prohibida.
  • ¿Quién está detrás? La Directiva Europea de Transparencia Salarial, adoptada por la UE, transpuesta ya en España y en vigor en los Veintisiete.
  • ¿Qué impacto tiene? Los trabajadores pueden conocer los sueldos de sus compañeros y exigir justificación si la brecha salarial de género supera el 5 %. Las empresas cargan con la prueba de no discriminar.

El tabú salarial entra en cuidados intensivos. Casi un mes después de la entrada en vigor de la Directiva Europea de Transparencia Salarial, el bocadillo ‘salario a negociar’ ha pasado a ser ilegal en cualquier oferta de empleo publicada dentro de la Unión. La nueva norma, vinculante desde el 7 de junio, obliga a las empresas a desvelar la cifra —en número cerrado o en una banda salarial— antes incluso de la primera entrevista. El cambio pilla a muchas compañías españolas con el paso cambiado: según el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, «la mayoría todavía no lo sabe o hace como que no lo sabe».

Del ‘según valía’ al número obligatorio

La redacción de la directiva no deja margen a los eufemismos. ‘Retribución según valía’, ‘remuneración competitiva’ o el clásico ‘a negociar’ quedan fuera de cualquier anuncio de selección. «No es una recomendación, es una obligación legal», subraya De la Calzada en declaraciones recogidas por La Razón. El abogado, muy activo en redes sociales, insiste en que la norma ataca de raíz la opacidad que históricamente ha lastrado el poder de negociación de los trabajadores, sobre todo de las mujeres.

La medida llega en un contexto en el que seis de cada diez empleados españoles se plantean cambiar de empresa y un 42 % lo haría exclusivamente por motivos salariales, según el estudio Dream Careers Index de Adobe. Al mismo tiempo, el último dato del INE muestra que el gasto medio por hogar creció un 3,1 % en 2025, hasta 35.101 euros, y la tasa de ahorro bajó un punto, hasta el 11,3 % de la renta disponible bruta en el primer trimestre de 2026. Con los bolsillos más apretados, saber cuánto pagan los demás por el mismo trabajo deja de ser un capricho y se convierte en una herramienta de supervivencia financiera.

«Ahora tienes derecho a preguntar cuánto cobran tus compañeros»

La directiva no se limita a sacar el salario del cajón en la contratación. Con la norma ya en vigor, cualquier empleado puede solicitar información sobre las retribuciones de otros compañeros que desempeñen funciones de igual valor. La empresa tiene dos meses para responder, y una negativa infundada no es una opción. «No te pueden decir que no. Es tu derecho», recalca De la Calzada.

La joya de la corona —y la que más controversia suscita en los departamentos de recursos humanos— es la cláusula sobre la brecha de género. Si la diferencia retributiva entre hombres y mujeres en puestos equiparables supera el 5 %, la compañía está obligada a justificarla de forma objetiva. Si no puede hacerlo, debe corregirla. Y, en caso de litigio, la carga de la prueba se invierte: ya no es el trabajador quien tiene que demostrar la discriminación, sino la empresa quien ha de acreditar que no la hay. Un giro copernicano en el derecho laboral comunitario.

La directiva no solo prohíbe el secretismo salarial: traslada a las empresas la carga de demostrar que no discriminan, y eso cambia las reglas de la negociación colectiva en toda la UE.

El Eje del Poder Europeo

La norma no es un capricho técnico de Bruselas. Responde a una brecha de género persistente: en la UE, las mujeres ganan de media un 13 % menos que los hombres por hora trabajada, una cifra que en España ronda el 19 %, según los últimos datos de Eurostat. La transparencia salarial es la apuesta de la Comisión Europea para desactivar esa desigualdad sin imponer topes artificiales. Pero, como toda directiva europea, aterriza de manera muy distinta en el norte que en el sur.

El impacto en España es doble. Por un lado, obliga a modernizar prácticas de contratación ancladas en la cultura del ‘ya hablaremos del sueldo cuando te conozcamos. Por otro, coloca a los departamentos de recursos humanos ante un reto mayúsculo: preparar registros retributivos auditables, porque cualquier inspección o demanda judicial les exigirá papeles contundentes. Para un tejido empresarial dominado por pymes —más del 99 % de las empresas españolas tienen menos de 50 trabajadores—, el coste administrativo puede ser significativo.

Quienes siguen de cerca la directiva recuerdan que la batalla por la transparencia no terminó con su aprobación formal. En la negociación del trílogo (la fase decisiva entre Comisión, Consejo y Parlamento Europeo), varios países nórdicos impulsaron umbrales más bajos para la notificación de brechas, mientras que estados del Este y del sur lograron suavizar algunas obligaciones. El resultado es un texto que, aun siendo el más ambicioso hasta la fecha, deja margen para que la vigilancia real dependa de los recursos que cada Estado miembro ponga en la Inspección de Trabajo.

La aplicación efectiva en España pasa por esa ventanilla. El Gobierno deberá dotar de medios a un cuerpo ya sobrecargado, si no quiere que la directiva se convierta en papel mojado. Mientras tanto, los trabajadores españoles estrenan un derecho con fecha de caducidad inmediata: el de mirar la nómina del compañero sin pedir perdón.

Empresas de servicios madrileñas implantan con éxito la semana laboral de cuatro días

Las empresas que se atrevieron a probarlo hace años ya no hablan de experimento, sino de rutina. Lo que empezó como un piloto arriesgado en un puñado de oficinas madrileñas se ha convertido en una realidad que miles de trabajadores viven cada jueves por la tarde: apagar el ordenador y no volver a encenderlo hasta el lunes. Sin recortes en la nómina, sin letra pequeña.

Detrás de este cambio hay datos, no solo buena voluntad. Consultoras, agencias de marketing y firmas de servicios de la capital llevan reportando mejoras sostenidas en productividad desde que se atrevieron a dar el salto. La pregunta ya no es si funciona, sino por qué no lo hacen todas.

Empresas madrileñas que ya trabajan cuatro días

Youtube video

Good Rebels, la consultora de marketing digital, fue de las primeras en lanzarse: arrancó con un proyecto piloto en julio de 2021 y, al ver que los números no bajaban, decidió hacerlo permanente. Otras empresas como La Francachela o Ephimera, ambas de las mismas propietarias, siguieron el mismo camino con jornadas reducidas y sin tocar el sueldo.

El patrón se repite: firmas de tamaño mediano, muy digitalizadas, con procesos que se pueden medir con facilidad. Eso les permite comprobar en semanas, no en años, si el modelo compensa. Y hasta ahora, la respuesta ha sido sí en la inmensa mayoría de los casos analizados.

El dato que respalda a las empresas pioneras

En este contexto, empresas de sectores como la tecnología y los servicios han sido las que más rápido han adoptado el modelo, dejando atrás a industrias donde el tiempo físico en planta sigue marcando el ritmo. La mejora en la conciliación familiar aparece como el argumento que más repiten los responsables de recursos humanos cuando explican por qué apostaron por el cambio.

No se trata solo de un día libre más. Según cuentan quienes ya lo viven, el verdadero giro está en la cultura de empresa: dejar de medir el rendimiento por horas de silla y empezar a medirlo por resultados. Ese cambio de mentalidad, dicen, cuesta más que reorganizar un calendario.

Cómo se organiza la jornada por dentro

Youtube video

No todas las empresas aplican la misma fórmula. Algunas concentran las 40 horas semanales en cuatro días más largos, mientras que otras optan por reducir directamente el total de horas trabajadas sin alargar las jornadas restantes. Zataca Systems, por ejemplo, mantiene 37,5 horas repartidas entre lunes y jueves, con jornadas de 9,5 horas los primeros tres días.

La clave, insisten los expertos en gestión laboral, está en negociar el modelo caso por caso. No hay una ley específica en España que obligue a nada, así que cada compañía adapta la fórmula a su actividad, su plantilla y sus clientes, siempre dentro de lo que permite el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores.

Sectores donde ya es habitual

El sector servicios se ha convertido en el terreno más fértil para este modelo, sobre todo en actividades donde el trabajo se puede organizar por proyectos y objetivos. Estos son algunos de los ámbitos donde más se ha extendido en Madrid:

  • Marketing y comunicación digital, con agencias que llevan años midiendo resultados sin perder eficacia.
  • Consultoría tecnológica, donde los equipos ya trabajaban de forma flexible antes del cambio.
  • Gestión de eventos y espacios corporativos, con picos de actividad que se adaptan bien a semanas comprimidas.
  • Restauración y hostelería de gestión propia, un terreno menos habitual pero con casos de éxito documentados.

Lo que tienen en común todas estas actividades es que dependen más del talento y la organización que de una cadena de producción fija. Eso facilita medir el impacto real sin necesidad de parar máquinas ni reorganizar turnos complejos.

Qué falta para que el modelo se generalice

Pese al avance, la realidad sigue siendo desigual. Mientras algunas empresas ya presumen de su semana de cuatro días como sello de marca empleadora, buena parte del tejido productivo madrileño —sobre todo pymes industriales y comercio con atención al público— todavía no ve cómo encajar el cambio sin reorganizar plantillas enteras.

Aquí entran en juego dos frentes distintos:

  • Ayudas públicas, como las convocatorias del Ministerio de Industria dirigidas a pymes que reduzcan jornada sin recortar salario.
  • Presión desde dentro, con plantillas que empiezan a pedir explícitamente este modelo en procesos de selección y negociación colectiva.

Estos dos empujones, combinados, son los que más están acelerando la conversación en sectores donde antes ni se planteaba.

Lo que viene: de la excepción a la norma

La tendencia apunta a que este modelo dejará de ser noticia y pasará a formar parte del paisaje laboral habitual, al menos en el sector servicios. Las empresas que ya lo probaron no hablan de volver atrás, y eso, en un mercado donde retener talento cualificado es cada vez más difícil, pesa tanto como cualquier informe de productividad.

Si trabajas en un sector donde esto empieza a sonar como posibilidad real, el consejo de quienes ya lo han vivido es sencillo: pide datos, no promesas. Antes de negociar un cambio de jornada, conviene preguntar cómo se va a medir el resultado y durante cuánto tiempo se probará. Es la única forma de convertir una buena intención en un acuerdo que realmente funcione para todos.

Adiós a los helados con lactosa: el truco para hacer helado de plátano congelado cremoso en 2 minutos sin heladera

¿Cuántas veces has sacado un ‘helado’ casero del congelador y te has encontrado con un bloque de hielo infranqueable? A mí me pasaba constantemente, hasta que descubrí que un solo ingrediente, el plátano maduro congelado, podía darme una crema helada sedosa en cuestión de dos minutos. No necesitas heladera, ni lácteos, ni estabilizantes raros: solo fruta y un poco de planificación.

La magia está en la composición del plátano. Cuando madura, sus almidones se convierten en azúcares naturales y, gracias a su alto contenido en pectina y fibra, al triturarlo congelado se obtiene una textura increíblemente untuosa, muy parecida a la de un gelato pero sin una gota de grasa añadida. Es un helado vegano, sin gluten y, de paso, una manera brillante de aprovechar esos plátanos que ya nadie quiere comer.

El secreto del éxito

  • Plátanos muy maduros: cuanto más oscura esté la piel, más dulzor y mejor textura tendrá el helado. Así no necesitas añadir azúcar.
  • Congelación completa: corta los plátanos en rodajas y déjalos al menos 4 horas en el congelador. Si los congelas en una sola capa sobre papel vegetal, se separan mejor y evitas que se apelmacen.
  • Trituración por impulsos: usa un procesador de alimentos o una batidora potente y pulsa en intervalos cortos, ayudándote con una espátula para ir moviendo las rodajas. Yo he quemado dos aparatos por no hacerlo así y dejar el motor a plena carga durante minutos enteros.

Ingredientes

  • 2 o 3 plátanos muy maduros (unos 300 g ya pelados)
  • Ingredientes extra opcionales: una cucharada de cacao puro en polvo, un puñado de fresas congeladas (unos 80 g), una cucharada de crema de cacahuete, chips de chocolate o un chorrito de extracto de vainilla.

Preparación

Pela los plátanos y córtalos en rodajas de un dedo de grosor. Extiéndelas sobre una bandeja forrada con papel vegetal sin que se toquen y llévalas al congelador durante al menos 4 horas (puedes dejarlas toda la noche).

Pasado ese tiempo, coloca las rodajas congeladas en un procesador de alimentos o en una batidora de vaso con cuchillas en forma de ‘S’. Tritura a velocidad alta durante 2 minutos, pero hazlo en intervalos de 20-30 segundos: paras, remueves con una espátula y vuelves a triturar. Esta pausa es clave para no forzar el motor y para que la mezcla se homogeneice.

Si tu batidora es justa de potencia, añade una cucharada de leche vegetal o de agua para facilitar el triturado, aunque lo normal es que la propia fruta vaya soltando líquido al calentarse ligeramente. Verás cómo las rodajas primero se convierten en migas y luego, de repente, se agrupan en una crema sedosa que brilla. Cuando puedas formar una bola con una cuchara, está listo.

El momento mágico llega cuando pruebas la textura: no cristaliza, no se separa, se funde suavemente en la boca. Sírvelo al instante, porque es cuando está perfectamente cremoso; si lo guardas en el congelador, se endurece, pero puedes volver a triturarlo unos segundos para recuperar la sedosidad.

Ningún helado comercial sin lácteos se acerca a la cremosidad de esta fruta triturada justo al sacarla del procesador.

Variaciones y maridaje

La receta base deja vía libre a la creatividad. Para un helado de chocolate, añade una cucharada de cacao puro y vuelve a triturar unos segundos; queda espectacular con chips de chocolate negro por encima. La versión frutal con fresas congeladas (unos 80 g) pide un chorrito de agua de rosas o de limón para potenciar el aroma. Y si buscas un capricho más goloso, la crema de cacahuete y los chips de chocolate crean un sabor a mantequilla de cacahuete que convierte este helado en un postre de verdad.

Si tienes una Thermomix, el proceso es aún más cómodo: tritura las rodajas congeladas 30 segundos a velocidad 5, luego ve subiendo hasta 10 progresivamente y usa la espátula por el bocal para ir moviendo la fruta. El resultado es idéntico y ensucias menos.

Este helado es naturalmente sin gluten y sin lactosa, así que sirve para invitados con intolerancias. Al no llevar azúcar añadido, también encaja en dietas de control glucémico si se consume con moderación. Si te sobra (algo difícil), guárdalo en un recipiente hermético; al día siguiente estará duro, pero basta con dejarlo 5 minutos a temperatura ambiente y triturarlo otra vez en el procesador para devolverle la vida.

El ICAM alerta: la reforma de la Ley de Justicia Gratuita cumple 30 años sin cambios de fondo

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha lanzado una advertencia contundente este viernes 10 de julio de 2026: la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita cumple 30 años sin una reforma de fondo y el Ministerio de Justicia mantiene oculto el borrador de la nueva norma a los colegios profesionales. La denuncia tuvo lugar durante la jornada del Día de la Justicia Gratuita, celebrada en la sede madrileña.

Juan Manuel Mayllo, diputado 9.º de la Junta de Gobierno del ICAM y responsable del Turno de Oficio, reprochó el “silencio administrativo” del departamento que dirige el ministro de Presidencia y Justicia. “Hemos insistido muchísimo al Ministerio para que estuviera como representante y nos ha obsequiado con el silencio”, afirmó. El malestar no es menor: la reforma de la justicia gratuita figura entre los diez proyectos de ley que el Gobierno quiere aprobar antes del final de la legislatura, pero el texto sigue sin conocerse.

Según Mayllo, la norma de 1996 funciona pero está “obsoleta”, una “vivienda con una ubicación estupenda pero con una reforma pendiente que nadie se atreve a acometer”. A su lado, Carmen Martín García-Matos, viceconsejera de Justicia y Víctimas de la Comunidad de Madrid, y Adrián Gómez Linacero, letrado de la Administración de Justicia y presidente territorial de PROLAJ, coincidieron en que la ley resiste a pesar de sí misma.

Treinta años sin cambios sustanciales y un ministerio en silencio

El ICAM reveló que en los últimos meses ha instando repetidamente al Ministerio de Justicia para que compartiera el anteproyecto. La respuesta ha sido nula. “Ya no hablamos de curiosidad, hablamos de preocupación”, subrayó Mayllo. La falta de diálogo contrasta con el dato de que el propio ministro ha incluido esta iniciativa en el paquete legislativo prioritario.

La ley actual, nacida en 1996, es considerada un pilar del Estado de bienestar, pero arrastra problemas que la evolución social ha agravado. La reforma pendiente debe abordar, entre otros aspectos, la actualización de los criterios económicos de acceso y la descongestión de un sistema saturado por los llamados “querulantes”, ciudadanos que abusan del litigio.

La fuga de abogados jóvenes y la desigualdad entre territorios

Uno de los focos rojos que se puso sobre la mesa es la escasez de abogados jóvenes que eligen el turno de oficio. El ICAM propone acortar el periodo previo de ejercicio necesario para acceder, pero con una tutorización inicial, porque el conocimiento jurídico de los recién llegados es sólido, pero el funcionamiento cotidiano del sistema requiere un aprendizaje sobre el terreno.

Las cifras de la Comunidad de Madrid agravan el contraste. En 2025, invirtió 63,5 millones de euros en justicia gratuita, que subirán a 66 millones en 2026 y a 67 millones en 2027. Con un millón y medio menos de habitantes que el territorio dependiente del Ministerio (Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Murcia, Baleares, Ceuta y Melilla), Madrid gasta casi 14 millones más. Además, la retribución por guardia en Madrid es de 242 euros, frente a los 176,49 euros que abona el Ministerio.

“Invertir en el turno de oficio es invertir en democracia”, sentenció Mayllo, resumiendo el sentir de un colectivo que ve cómo se vacía la cantera de futuros letrados.

El contexto institucional: una ley desbordada y el reto digital

Según datos de la Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia citados en la jornada, España se sitúa entre los países con más actuaciones de asistencia jurídica gratuita por cada 100.000 habitantes. Sin embargo, los criterios de acceso atados al IPREM se han quedado rezagados frente a la subida del salario mínimo interprofesional, dejando fuera a ciudadanos con recursos reales limitados.

El problema de los querulantes —personas que pleitean de forma compulsiva— fue otro de los puntos más espinosos. Mayllo relató el caso extremo de un ciudadano que agotó a 35 abogados de oficio de forma sucesiva y que, tras presentar quejas y amenazas, obtuvo el respaldo del Tribunal Superior de Justicia frente al colegio. “Es que no podemos hacer nada”, reconoció la viceconsejera Martín. Solo en Cataluña existe un precedente de retirada de justicia gratuita por abuso de derecho.

La incorporación de la inteligencia artificial fue abordada con cautela. Mientras Gómez Linacero confió en que la automatización agilice trámites y proteja datos, Mayllo advirtió del riesgo de que los despachos grandes capitalicen la tecnología y ensanchen la brecha con los abogados del turno. “La calidad de la defensa no puede depender del bolsillo del cliente”, zanjó.

El aviso de la Seguridad Social: la edad legal de jubilación sube a 67 años desde 2027

La Seguridad Social ha confirmado el último escalón de una reforma que llevaba más de una década gestándose en silencio. A partir del 1 de enero de 2027, jubilarse a los 65 años dejará de ser una puerta abierta para todos los trabajadores.

Solo quienes acrediten 38 años y 6 meses de cotización podrán seguir retirándose a esa edad. El resto tendrá que esperar hasta los 67 años, dos más de los que muchos tenían anotados en su calendario mental de jubilación.

Seguridad Social: la fecha que lo cambia todo

Youtube video

El proceso arrancó en 2013 y ha ido subiendo la edad legal de retiro mes a mes, casi sin que nadie lo notara. Con la reforma que se aplica definitivamente en 2027, el calendario transitorio se cierra para siempre, y desde entonces convivirán solo dos edades posibles según la trayectoria de cada persona.

Quien llegue a los 38 años y 6 meses cotizados podrá jubilarse a los 65 «de toda la vida». Quien se quede por debajo de ese umbral, en cambio, deberá esperar hasta los 67 años para acceder a la pensión ordinaria sin penalización alguna.

El umbral que decide tu edad de retiro en la Seguridad Social

En 2026, año de transición, ya se nota el endurecimiento: la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses para quienes no lleguen a 38 años y 3 meses cotizados. El Seguridad Social recuerda que a partir de 2027 ese listón sube a 38 años y 6 meses, mientras que la Jubilación ordinaria en España queda definida legalmente en la Ley 27/2011 como el proceso que culmina precisamente ese año.

Lo importante es entender que esos 38 años y 6 meses no son un capricho administrativo. Son la frontera exacta entre retirarte con 65 años o seguir trabajando dos años más, algo que puede suponer una diferencia notable en tu planificación vital y económica.

Cómo saber si llegas al umbral exigido

Youtube video

La forma más fiable de comprobarlo es solicitar el informe de vida laboral, un documento gratuito que cualquier afiliado puede pedir a través de la sede electrónica, la app Tu Seguridad Social o por teléfono. Ahí aparecen, día a día, todos los periodos cotizados a lo largo de tu trayectoria profesional.

Muchas personas se llevan una sorpresa al revisarlo: lagunas de cotización que no recordaban, periodos de baja mal registrados o trabajos antiguos que no computan como esperaban. Detectar estos huecos con años de antelación permite corregir el rumbo antes de que sea demasiado tarde para actuar.

Qué pasa si no llegas a los 38 años y medio

Si no acreditas ese periodo mínimo en 2027, no te quedas sin pensión: simplemente tu edad ordinaria de jubilación pasa a ser 67 años en lugar de 65. Es una diferencia relevante en tiempo de espera, pero no una pérdida del derecho a cobrar la prestación que te corresponde.

Existen además varias vías intermedias para quienes no quieren o no pueden esperar hasta esa edad, aunque casi todas implican algún tipo de recorte permanente en la cuantía final de la pensión.

  • Jubilación anticipada voluntaria: desde los 63 años si se acreditan 38 años y 6 meses cotizados.
  • Jubilación anticipada involuntaria, por despido o reestructuración: posible desde los 61 años con carrera larga, o 63 sin ella.
  • Jubilación parcial con contrato de relevo: accesible hasta tres años antes de la edad ordinaria.
  • Compatibilidad con actividad laboral: se puede seguir trabajando y cobrar parte de la pensión al alcanzar la edad legal.

Lo que viene después de 2027 para la Seguridad Social

El sistema de pensiones español seguirá evolucionando más allá de 2027, y todo apunta a que las carreras de cotización largas seguirán siendo la variable más protegida por la normativa vigente. No es casualidad: el envejecimiento demográfico obliga a vincular cada vez más la pensión al esfuerzo contributivo real de cada trabajador.

La buena noticia es que, con tiempo suficiente, casi cualquier laguna de cotización se puede planificar o compensar. Revisa tu vida laboral cuanto antes, no esperes al último año, y si te faltan meses para el umbral, valora con calma si merece la pena alargar tu actividad laboral un poco más antes de fijar la fecha exacta de tu retiro.